Algunos datos previos sobre los tanatorios

AutorRosa Mª Satorras Fioretti
Cargo del AutorProfesora titular de Derecho eclesiástico del Estado. Universidad de Barcelona

II. LA ASISTENCIA RELIGIOSA EN LOS TANATORIOS

CAPÍTULO PRIMERO

ALGUNOS DATOS PREVIOS SOBRE LOS TANATORIOS

A. EL HECHO DE LA MUERTE

La muerte para el ser humano siempre ha ido rodeada de un conjunto de ritos y de parafernalia especial que, dependiendo de los momentos históricos y de la religión que se profese, serán de lo más variados; pero, lo que es perenne es el hecho de que, en todas las sociedades y culturas, el óbito se convierte en una cuestión, no sólo estrictamente familiar sino esencialmente social.

Las distintas creencias de los pueblos acerca de lo que ocurre después de la muerte quedan plasmadas en la actitud que presentan hacia el cuerpo del difunto; con relación al tratamiento del cadáver, un pueblo que cree en la inmortalidad del alma, o en el renacimiento de la misma en otro cuerpo, dispondrá de los restos mortales de maneras bien diversas a los que sostienen lo contrario. No es lo mismo quemar un cadáver, embalsamarlo o enterrarlo, que dejarlo a la intemperie para que las aves lo eliminen, o que arrojar sus cenizas al viento, al río o al mar, etc.

Aparte de esta actitud genérica, ligada a las convicciones acerca del destino del alma, nos encontramos con que, el devenir de los tiempos también provoca serias diferencias en cuanto a la actitud del hombre al enfrentarse al hecho de la muerte; de este modo, tal como nos expone SERRANO MARTÍN157, retomando y compendiando los estudios que al respecto había realizado ARIÉS158, a lo largo de la más reciente historia de la civilización occidental, se han ido sucediendo diversas formas de recibir la muerte:

  1. ) Se mantiene inalterable hasta el siglo XI la idea de que «todos morimos»; el ritual funerario se desarrolla en el lecho de muerte a través de un auténtico despliegue público de arrepentimiento y de serena aceptación del final. No se entiende la muerte como algo aterrador, sino como un hecho natural; lo que más preocupa, en todo caso es el futuro de la familia.

  2. ) La asimilación de la «muerte propia» es una idea que surge entre los siglos XI-XIII, vehiculizada a través de un ritual ostentoso y teatral. Se canaliza por medio del empleo del testamento escrito estipulando todo lo referente al funeral, al entierro y a las misas en favor del alma. La idea de fondo que late en esta visión es la importancia que cobra el individuo frente a la colectividad.

  3. ) En una tercera etapa, conocida como la de la «muerte lejana y próxima», se alude al derrumbamiento de las defensas en contra de la naturaleza (siglos XIV al XIX).

  4. ) Conforme la sociedad avanza (principios y mediados del siglo XX), se instaura la visión de la «muerte ajena», vinculada al desarrollo de la privacidad y a los estrechos nexos emocionales de la familia nuclear. Se acepta la muerte como una mera situación transitoria, como un estadio preparatorio del individuo que se reunirá con sus seres queridos en el otro mundo.

  5. ) Por último, encontramos la fase de la «muerte proscrita» o de la «muerte invertida» (desde finales del siglo XX hasta principios del XXI), en la que el hecho físico del fallecimiento no tiene ya lugar en el seno familiar, en el hogar, sino que se deja al ámbito de la medicina. El muerto ya no preside el acto, porque la muerte en sí es una amenaza cierta sobre la felicidad: no sólo se destierra la idea de la muerte, sino que se le oculta al protagonista.

Toda la evolución en la acepción de este hecho, inevitable por otra parte, provoca irremisiblemente que se modifiquen las conductas luctuosas de la sociedad; en nuestro país, en la última mitad del siglo XX, la muerte se ha convertido en un fenómeno depresivo y muy negativo, si bien es una idea que está cambiando, poco a poco, y con ella los usos funerarios: por ejemplo, observamos una fuerte evolución tanto en la ceremonia del entierro, como en todo lo que lo rodea (velatorio, vestuario del difunto y de los acompañantes, ceremonial religioso, período de luto, etc)159, lo que hace presagiar que vamos de nuevo hacia una postura mucho más serena, de aceptación de una realidad inevitable y natural; da la impresión de que, nuevamente, se está volviendo a la vieja concepción del «todos morimos».

Aparte de esta diversidad, éste es un tema para cuya regulación (además de la concreta creencia religiosa de cada cual) deben tenerse presentes diversas posturas, que no siempre van a coincidir, aunque estén destinadas a hacerlo:

a) El respeto a la voluntad del difunto

En principio, los deseos del muerto deberían ser el punto de inflexión del que partiese todo el ritual, pero, desgraciadamente, suele tratarse de una voluntad expresada, como máximo, de forma oral, lo que va a hacer depender bien que se siga o no de la fidelidad de sus familiares para con los deseos de aquél.

Hay también que decir que, en muchos casos (que, por cierto, abundarán significativamente más o menos en nuestro país según la zona geográfico-cultural en la que nos encontremos) el temor a la muerte provoca que las familias no traten este tema, con lo que, aún queriendo seguir la voluntad que sobre este particular tuvo en vida el muerto, no resulta posible porque, simplemente, se desconoce.

En algunas pocas ocasiones, aunque que cada vez abundan más, el fallecido ha dejado escrita su voluntad a partir de instrumentos como los testamentos vitales160 que, aún estando previstos para otras situaciones críticas161 también se utilizan en este campo. No está todavía claro si jurídicamente estas previsiones tienen algún poder de exigibilidad, pero parece de sentido común, que es lo primero que un jurista debería poner por encima de todo, que nadie mejor que el difunto puede decidir sobre los ritos funerarios que desea se le practiquen, siempre que estén dentro de los límites de la ley y del orden público, y que resulten posibles para la familia. Sobre este particular volveré a entrar cuando trate acerca del tema de la titularidad del derecho de asistencia religiosa.

Finalmente, también es bastante es frecuente162 que el propio difunto haya suscrito algún seguro de deceso y haya dejado escogido, más o menos, lo que quiere que se le rinda, aunque sea de forma indirecta, a través de la observancia de las prestaciones que quedan cubiertas.

b) El deseo de la familia

No obstante, con independencia de lo anterior, lo que normalmente prevalecerá es la decisión funeraria de los parientes más allegados que son los que, a la postre, suelen sufragar los gastos que ello ocasiona, con lo que harán lo que entiendan más oportuno según su propio criterio, su nivel social o económico, su ideología o religión y su relación con el muerto.

Sobre el problema de la no coincidencia entre la voluntad expresada por el difunto y la de la familia, ya tendré ocasión de tratar más adelante.

c) La sociedad

Los poderes públicos no se pueden desentender del tema y se ven obligados a regular los ritos mortuorios, entre otras cosas, porque son, por encima de todo, auténticos acontecimientos sociales, mucho más que actos integrados en la estricta intimidad familiar, salvo raras excepciones.

Así, cada sociedad, en cada momento, acepta y espera la despedida de un ser querido o conocido, de un modo determinado; si bien en la actualidad, existen diversas maneras de celebrar un funeral, porque nos hallamos en una sociedad tremendamente plural, no deja de ser cierto que rigen unos patrones generales que en la mayoría de las situaciones se suelen cumplir:

  1. ) Se practica algún tipo de ceremonia (religiosa o laica) de despedida.

  2. ) Se elimina el cadáver a través de la incineración o el enterramiento.

d) La salud pública

Aparte de lo que es la muerte como hecho emocional o espiritual, no hay que obviar la muerte como hecho físico, que desencadena toda una serie de fenómenos de putrefacción y transformación del cadáver que requieren una regulación jurídica, en aras de la evitación inmediata del contacto con el mismo, que puede provocar la transmisión de diversas enfermedades a los que lo rodean.

Esto supondrá la necesidad de fijar toda una serie de normas de policía sanitaria mortuoria, que detallarán cómo, cuándo y dónde pueden llevarse a cabo los ritos funerarios y el posterior enterramiento o incineración de los restos mortales.

B. LOS TANATORIOS EN ESPAÑA

En todas las sociedades, desde antaño ha existido la necesidad de preparar los cadáveres para las ceremonias y su posterior enterramiento, incineración, inmersión o exposición. Cuanto más evoluciona culturalmente una civilización, más se complican estos procesos y más se convierten en, como decía antes, auténticos acontecimientos sociales.

La antigüedad de los ritos funerarios en la historia de la humanidad la constatamos, precisamente, en nuestro país, pues es en Atapuerca (Burgos) en donde se halló el hacha funeraria más antigua, junto a unos restos humanos que datan de hace 400.000 años163. La Paleontología considera que la existencia de ritos funerarios va ligada a la propia evolución humana, a la constatación en el hombre de una mente simbólica que lo distingue del resto de las especies.

Sea para la realización de un cierto ceremonial, sea para desprenderse definitivamente del cadáver, se trata de unos eventos que precisan, cada vez más, de cierta infraestructura que, poco a poco se ha convertido en un floreciente negocio.

En España, hasta hace pocos años, la costumbre popular católica ante la muerte (que era la extendida a la práctica generalidad de los ciudadanos de este país) era la exposición en el domicilio familiar del cuerpo del difunto; allí acudían, en señal de duelo, el resto de parientes y de allegados para rendirle un último tributo; se trata del acto socio-religioso conocido como «velatorio», que suponía el acompañamiento, en tan críticos momentos, tanto del finado como de su familia, a través de la oración y de la...

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