Curso elemental de Derecho Romano

AutorP. C.
Páginas134-136

Ursicino ALVAREZ SUÁREZ, Catedrático de Derecho Romano en la Universidad de Madrid: Curso elemental de Derecho Romano. Madrid, 1948.-Fascículo I.

En nuestra Patria siempre hubo buenos romanistas, y los actuales no desmerecen de sus antecesores. Huelgan nombres, de todos conocidos, y obras por todos manejadas. Entre estos nombres conocidos, destaca el de Ursicino Alvarez Suárez, culto catedrático, trabajador infatigable e investigador de excepcionales condiciones. En sus conferencias en las Academias de Jurisprudencia de Madrid y Matritense del Notariado, así como en su obra "Horizontes del Derecho Romano". muestra una evidente preocupación por la divulgación de este Derecho y por el destino que le tiene reservado el porvenir.

Con una sistemática original, en este Curso elemental comienza por estudiar a modo de Introducción las cuestiones preliminares, conceptos fundamentales y caracteres esenciales del Derecho Romano. Este fascículo, único publicado y muy reciente, tiene por fin una misión escolar. Se limita a bosquejar un panorama asequible a los alumnos, como base indispensable para intensificar el estudio de tal Derecho y para emprender los estudios de las demás ramas jurídicas. Estos son los propósitos, según confesión del autor, pero seguramente no opinan de igual modo sus lectores.

No soy especialista en Derecho Romano y por tanto, estoy capitis -disminuído para juzgar el resultado de la labor del autor. Pero poseo algún sentido jurídico, algún conocimiento elemental de esc Derecho, y ello es suficiente para comprender que se trata de un intento más ambicioso que el confesado, aunque sea involuntariamente. La Historia del Derecho Romano, que generalmente se corta con la exposición de la labor compiladora de Justíniano y alguna referencia posterior, es prolongada por el profesor Alvarez Suárez hasta el siglo XIX, a grandes pinceladas, pero con los rasgos precisos para dar a conocer el desenvol-Page 135vimiento y penetración del Derecho Romano en la vida jurídica de los Derechos Nacionales. Es una síntesis, desde luego, pero que facilita una visión de conjunto y los materiales necesarios para ulteriores investigaciones.

Respecto los conceptos romanos del ius, el fas y las boni mores; la mstittü, la aequitas y el tus stnctum; la turisprudentia; los tria iuris praecepta, de Ulpiano, y las diferenciaciones romanas del ius publicumms privatum, tus scriptumius non scnptum, ius commune -ius singulare y privilegium, están perfectamente...

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