Cuestiones notariales

AutorJuan Moreno
CargoNotario de Madrid
Páginas756-761

Page 756

Protestos

Especialísimas razones y circunstancias que no he de puntualizar, pero que se vislumbran más adelante, mueven me a quebrantar el voluntario apartamiento de actuaciones periodísticas, en que desenvuelvo mi vida profesional.

Con ocasión y por motivos que no he de referir, un muy competente y digno Notario y el que estas líneas escribe tuvimos la honra de ser comisionados de modo semioficial para redactar un proyecto de reforma de artículos del Código de Comercio concernientes a los protestos, con el plausible fin de armonizar el precepto legal con las manifestaciones mercantiles actuales, en forma tal que el protesto tuviere la máxima efectividad y que al propio tiempo apareciesen garantidos los derechos del tenedor de la cambial o efecto protestable, los del librado y demás personas que intervengan en aquélla y los del Notario autorizante, sepultando, como consecuencia, y para siempre, los inevitables apresuramientos de lo que pudiéramos llamar dinamismo notarial del protesto, acompañado de las muy enojosas discusiones y de las viciosas prácticas, que por fuerza, y a veces hasta con pena, tiene que soportar el representante de la fe pública.

Antes de referir el resultado de la Comisión aludida, cúmpleme hacer constar que, a mi juicio, siquiera sea muy modesto, tanto como sincero, y por ello ajeno a impertinentes adulaciones, el proyecto de reforma de los artículos del Código de Comercio concernientes a los protestos es digno de las mayores alabanzas, por elPage 757 espíritu de purificación legal que le informa, derogando preceptos que al presente imposibilitan concordar exactamente la verdad escrita bajo fe notarial con la realidad de los hechos. El Notariado ha contraído deuda de gratitud con las esferas gubernamentales, siquiera sea, no más, porque la reforma proyectada reafirma la intervención notarial, reconociendo terminantemente su importancia, tanto en el articulado como en la exposición de motivos.

Sin embargo de tales excelsitudes, la lectura del proyecto sugiere algunas dudas, que ciertamente se pondrán de relieve en las informaciones que se practiquen, y por seguro tengo que nacerán enmiendas que serán atendidas, porque bien es de notar que la reforma se ha publicado a ese fin.

Valga por lo que valiere, me permito señalar algunas de esas dudas por si, iniciando el remedio, tuviere la suerte del acierto, beneficiando, en satisfactoria conjunción, los intereses y la integridad del Cuerpo notarial, ya que es de reconocer que el protesto no debe merecer desdenes, tanto porque beneficios no despreciables reporta a los Notarios cuanto también porque puede y debe practicarse con idénticas solemnidad y pureza que...

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