Cuestiones generales

AutorJuan de Dios Crespo Pérez - Ricardo Frega Navía
Páginas311-313

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Desde la óptica de los clubes, la etapa formativa de los jugadores se transforma en un período en el cual se produce una serie de gastos importantes, sin resultado económico como contrapartida inmediata.

Con esa premisa, nos preguntamos acerca de los motivos que los impulsa a desarrollar esa tarea. En la mayoría de los países en donde los clubes no fueron transformados en sociedades comerciales, y por ende siguen constituidas como asociaciones civiles sin fines de lucro (en general, ello lleva como contracara unos determinados beneficios fiscales que el Estado les otorga), una de las citadas causales se traduce en que con esa formación están cumpliendo ni más ni menos con el objeto social de la misma, tal y como resulta la educación deportiva de los jóvenes. Deviene en consustancial a los fundamentos para las que fueron creadas, como por ejemplo en canalizar la práctica del deporte en la etapa de la infancia y adolescencia de los integrantes de una sociedad.

Por otro lado, y tanto para los clubes constituidos como sociedades mercantiles como para los antes mencionados como asociaciones, otro motivo esencial que los conduce a montar estructuras formativas de jóvenes deportistas es la especulación de que algunos de esos futbolistas menores que se están formando, pasen a integrar en un futuro su plantel profesional, y de esta forma evitar tener que contratar, posiblemente incluso a través del pago de una transferencia onerosa, jugadores prove-

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nientes de otros clubes. Es así que se persigue también un objetivo con ribetes económicos, considerando ese ahorro.

Por último, esa formación del futuro recurso humano futbolístico puede generar otros ingresos, como podría ser los provenientes de una eventual transferencia.

A lo dicho, la FIFA en el reglamento que estamos analizando, incorpora un nuevo factor motivador para organizar ese marco formativo. Concretamente nos referimos al instituto de la indemnización por formación, en donde bajo determinados requisitos, el club que educa deportivamente resulta beneficiario de una indemnización cuando el referido jugador se incorpora al profesionalismo, o en las sucesivas transferencias hasta la edad de 23 años, que es el límite presuntivo al cual se extiende su maduración deportiva.

La formación de un joven deportista puede ser regulada desde distintos enfoques, según cual fuere el bien jurídico que busque defender la norma. Un área específica es la del establecimiento de los...

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