Fernández Cuesta, jurista, reformista hipotecario, Ministro de Justicia y académico

AutorJesús López Medel
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas2565-2574

El Derecho como integración vital

Escribo -un poco- para la historia: don Raimundo Fernández Cuesta y Merelo falleció un 9 de julio de 1992. Después de una larga -y en buena parte penosa, pero bien llevada- enfermedad. En la esquela familiar figuran casi con exclusividad estos cuatro títulos y honores: Abogado, Ministro togado de la Armada, Notario y académico de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Esto ya nos dice algo. En las necrológicas -escasas- se ha hablado más de los aspectos públicos conocidos y, algunos de ellos, los más problemáticos: desde el nombramiento por Jóse Antonio Primo de Rivera como primer secretario general de Falange, hasta la sesión de las Cortes españolas en junio de 1976, ante la Ley de reforma del Código Penal -que despenalizaba el asociacionismo político y que fue defendida por el procurador y director general de Registros y del Notariado Escrivá de Romani-, siendo presidente del Gobierno Arias Navarro. Fernández Cuesta plasmó un discurso de gran rigor jurídico y patriótico, una pieza magistral, siempre al servicio de España.

Hay un trecho -naturalmente- muy largo y complejo. No ya desde su nacimiento, 1896, sino desde 1934 en que se le nombró para aquel cargo político hasta su muerte, 1992. ¡Noventa y cinco años de vida española! Pero el aspecto que quiero indagar o subrayar es el de jurista. Porque junto a lo humano y espiritual -de esto último he sabido testimonios edificantes-, posiblemente el Fernández Cuesta jurista impregnaba todo.

De tal manera que algunas de las circunstancias, de las posiciones o de las vicisitudes histórico-personales suya sólo tienen explicación a través de la óptica, del espejo o de la actitud-formación como letrado. (Aunque no Page 2565 sea, ahora y aquí, cuestión de valorar positiva o negativamente la incidencia externa a su personalidad de aquellos condicionamientos socio-políticos en cuanto primase la dimensión de hombre de leyes en la mayor parte de los casos.)

Formación y dimensiones profesionales

El primer dato lo tenemos en su propia trayectoria humano-profesional: estudió primero en los Escolapios de Getafe; luego, por libre, en el Instituto Cardenal Cisneros de Madrid. A los diecisiete años era oficial de Hacienda y poco después archivero de la Biblioteca Nacional, mientras cursa Derecho, en cuya Facultad se licencia en 1917. Ingresó en el Cuerpo Jurídico de la Armada en 1920 como número 1 (y así figuraba en 1992 como número 1 de los Cuerpos Jurídicos -unificados de Tierra y Aire- hasta su muerte. Y de esto se vanagloriaba). Ingresó después en el Notariado (1926-1929). Ejerció, entre otros sitios, en Cifuentes.

En 1938, es decir, en plena contienda civil, sobreviviente de la Cárcel Modelo -tras el rosario de cárceles y luego del canje que se hizo por Justino Azcárate-, es nombrado Ministro de Agricultura por poco tiempo, porque en 1939 le sustituiría Benjumea. Pudo haber sido la época de la demagogia reformista agraria. Al contrario, la apoyatoria de hombre de leyes le permitió ralentizar y preparar posiciones creadoras que anidarían en el Fuero del Trabajo, en cuya redacción de 1938 él intervino muy directamente. Más tarde, en el Fuero de los Españoles.

Un dato curioso y significativo: dentro de aquella fase -posiblemente la más politizada del Ancien Régimen-, en 1939, Fernández Cuesta es nombrado académico de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Como una meta muy propia del jurista. Tema, Consideraciones sobre la naturaleza jurídica de partido y su posición en el Estado nuevo. Ya no tenía entonces ningún puesto relevante en la política activa, pues en 1939 saldría para el Brasil como Embajador, y en 1943, para Roma. Su retorno -enero 1944- le lleva al Consejo de Estado, un puesto de raigambre, y miembro de las Cortes que se crean en 1942.

En julio de 1945 es Ministro de Justicia; se va a reestructurar especialmente la justicia municipal y se aprueban las Leyes de Arrendamientos Urbanos y de Sociedades Anónimas.

Como luego aludiremos, se pone en marcha el desarrollo efectivo de la Ley Hipotecaria de 1944 (de Reforma) y de 1946 (Texto Refundido).

En 1956 cesa'-como es conocido- de Ministro secretario general del Movimiento junto a Joaquín Ruiz Giménez. Vuelve a su profesión en la Asesoría Jurídica del Ministerio de Marina como Ministro togado. Page 2566

En toda esa fase pública se ve una clara trayectoria de jurista. Con algunos matices más que merecen ser anotados aparte. En el fondo, forman una interrelación. Quizá esa manera de estar y de ser en la política como jurista fuera una de las circunstancias de esa cordialidad distante que él mismo reconocía con respecto al general Franco.

En su papel fundacional ideológico

Fernandez Cuesta, mayor en edad que José Antonio (éste tendría ahora ochenta y nueve años), fue su amigo y su albacea -con Serrano Sú-ñer-. En la elección como primer secretario general de FE y de las JONS debió primar, sin duda, el bagaje humano y especialmente el talento como jurista. José Antonio amaba el Derecho y la Justicia de manera singular (v. El pensamiento jurídico de José Antonio, Madrid, 1970). Fue la servidumbre, pero también la grandeza de su proyecto político. Era más un filósofo-jurista. Admiraba y seguía a Kelsen -que nos habían traducido Legaz Lacambra y Recansens Siches-. La apoyatura para las otras aportaciones más utópicas -Ledesma Ramos- o espiritualistas -Onésimo Redondo- la encontraría en un pensamiento jurídico equilibrado y realista, conocedor del Derecho como...

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