CUCARELLA GALIANA, Luis-Andrés: Incapacitación, tribunales y esterilización de disminuidos psíquicos,La Ley, Madrid, 2012, 424 pp.

AutorRafael Verdera Server
CargoCatedrático de Derecho civil Universitat de València
Páginas1777-1780

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  1. Hay obras que ponen a prueba y demuestran el fuste del jurista. Frente a la cómoda posibilidad de abordar cuestiones más o menos sencillas o problemas de actualidad efímera, hay otros ámbitos donde un jurista consciente de sus responsabilidades sólo puede decidirse a plasmar sus opiniones

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    tras una madura y ponderada reflexión y tras un estudio atento y delicado de cada punto. yaun ello con la duda permanente que entraña el saber que se trata de materias de enorme complejidad y de intensa controversia. Estas características confluyen sin duda en cualquier obra jurídica que se decida a analizar la esterilización de los disminuidos psíquicos. Indefectiblemente, subyace a cualquier análisis técnico sobre la bondad del mecanismo una cuestión previa, relativa a la mera admisión o al rechazo de esa posibilidad, cuestión evidentemente trufada de componentes ideológicos. Es cierto que cabe proponer un enfoque encaminado a prescindir de elementos ideológicos, partiendo de la propia existencia de la norma, pero también se constata la frecuente e inevitable reaparición de ese debate ideológico en múltiples facetas del análisis.

    Quien quiera llevar a cabo un análisis riguroso de los problemas jurídicos vinculados con la esterilización de los incapaces debe además contar con un bagaje instrumental que no puede limitarse a un único campo jurídico. En efecto, sólo pertrechado con las armas del Derecho Constitucional, del Derecho Penal, del Derecho Procesal y del Derecho Civil podrá satisfactoriamente darse una respuesta adecuada a esos problemas. En caso contrario, el análisis peca de parcial y se incurre en el muy probable riesgo de ofrecer una visión incompleta y falseada de la cuestión. En el autor concurre una trayectoria de amplio y sólido recorrido en el ámbito procesal, pero sin embargo se mueve con agilidad y solvencia en las otras materias que han sido mencionadas. Sus opiniones en el ámbito penal, civil o constitucional son absolutamente asumibles, y lo mismo debe decirse con mayor razón si cabe de sus argumentaciones en el plano procesal. Demuestra por tanto una formación jurídica casi enciclopédica, al modo clásico.

  2. La controversia que acompaña esta materia se constata al ser uno de los preceptos afectados por el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal1, recogiendo algunas de las sugerencias del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI). Se dice en la Exposición de Motivos del Anteproyecto que «[d]e igual modo, se da un mejor tratamiento a la posible esterilización de las personas con discapacidad, que se circunscribe a supuestos excepcionales en los que se produzca grave conflicto de bienes jurídicos protegidos. El nuevo artículo 156 se remite a las leyes...

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