CUCARELLA GALIANA, Luis-Andrés: Incapacitación, tribunales y esterilización de disminuidos psíquicos,La Ley, Madrid, 2012, 424 pp.
Autor | Rafael Verdera Server |
Cargo | Catedrático de Derecho civil Universitat de València |
Páginas | 1777-1780 |
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Hay obras que ponen a prueba y demuestran el fuste del jurista. Frente a la cómoda posibilidad de abordar cuestiones más o menos sencillas o problemas de actualidad efímera, hay otros ámbitos donde un jurista consciente de sus responsabilidades sólo puede decidirse a plasmar sus opiniones
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tras una madura y ponderada reflexión y tras un estudio atento y delicado de cada punto. yaun ello con la duda permanente que entraña el saber que se trata de materias de enorme complejidad y de intensa controversia. Estas características confluyen sin duda en cualquier obra jurídica que se decida a analizar la esterilización de los disminuidos psíquicos. Indefectiblemente, subyace a cualquier análisis técnico sobre la bondad del mecanismo una cuestión previa, relativa a la mera admisión o al rechazo de esa posibilidad, cuestión evidentemente trufada de componentes ideológicos. Es cierto que cabe proponer un enfoque encaminado a prescindir de elementos ideológicos, partiendo de la propia existencia de la norma, pero también se constata la frecuente e inevitable reaparición de ese debate ideológico en múltiples facetas del análisis.
Quien quiera llevar a cabo un análisis riguroso de los problemas jurídicos vinculados con la esterilización de los incapaces debe además contar con un bagaje instrumental que no puede limitarse a un único campo jurídico. En efecto, sólo pertrechado con las armas del Derecho Constitucional, del Derecho Penal, del Derecho Procesal y del Derecho Civil podrá satisfactoriamente darse una respuesta adecuada a esos problemas. En caso contrario, el análisis peca de parcial y se incurre en el muy probable riesgo de ofrecer una visión incompleta y falseada de la cuestión. En el autor concurre una trayectoria de amplio y sólido recorrido en el ámbito procesal, pero sin embargo se mueve con agilidad y solvencia en las otras materias que han sido mencionadas. Sus opiniones en el ámbito penal, civil o constitucional son absolutamente asumibles, y lo mismo debe decirse con mayor razón si cabe de sus argumentaciones en el plano procesal. Demuestra por tanto una formación jurídica casi enciclopédica, al modo clásico.
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La controversia que acompaña esta materia se constata al ser uno de los preceptos afectados por el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal1, recogiendo algunas de las sugerencias del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI). Se dice en la Exposición de Motivos del Anteproyecto que «[d]e igual modo, se da un mejor tratamiento a la posible esterilización de las personas con discapacidad, que se circunscribe a supuestos excepcionales en los que se produzca grave conflicto de bienes jurídicos protegidos. El nuevo artículo 156 se remite a las leyes...
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