Cuantía del recurso (arts. 40 a 42 LJCA)

AutorMaría Burzaco Samper
Páginas86-88
86
CUANTÍA DEL RECURSO (arts. 40 a 42 LJCA)
Fijación de la cuantía
por el Letrado AJ.
COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO
Demanda y contestación (opinión de las partes sobre la cuantía por otrosí).
Cuando las partes no realizan lo
anterior
.
Requerimiento del
Letrado AJ al
demandante para que fije la cuantía,
dándole
un plazo no superior a 10 días.
Disconformidad del demandado con la
cuantía fijada por el demandante: puesta
de manifiesto mediante escrito dentro del
término de 10 días.
Si no lo hace: fijación por e
l Letrado AJ
previa audiencia al demandado.
De
cide lo procedente el Letrado AJ y el
Juez o Tribunal resuelve definitivamente la
cuestión en Sentencia
.
La parte perjudicada podrá fundar el
de queja en su indebida
determinación en los siguientes
casos:
́ Si no se tuviere por preparado el
recurso de casación.
́ Si no se admitiera el recurso de
casación para la unificación de
doctrina o el recurso de apelación.

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