El matrimonio cristiano y su aspecto económico : Conferencia del Abogado D. Pedro Ballester Pons

AutorR. I. A
Páginas545-550

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El matrimonio cristiano y su aspecto económico : Conferencia del Abogado D. Pedro Ballester Pons.-Mahón, 1944.

Se trata de un trabajo de alta moral en que su autor propone la solución de un problema económico-familiar de las Islas Báleares.

Los apañados del estudio están dedicados al Origen del Matrimonio, Patriarcado, El Matrimonio Cristiano, La mujer en la antigüedad, La mujer en la vida moderna, y como injusticia notoria, trata la situación de la mujer casada balear en los siguientes términos :

En Baleares, la mujer de la clase media, si tiene hermanos varones, sale de su casa con una dote compuesta de perifollos y de escasísima sustancia monetaria. .Eso se exornaba en las cartas dótales (aquí cada día más en desuso) con el miserable, por raquítico, escreix-compra de la virginidad de la esposa por precio igual a la mitad del valor de la dote, pero máximum 300 libras menorquinas (1.000 pesetas)-y con el acogimiento del esposo a la esposa a parte de cámara, .beneficio consistente en la mitad de las ropas de uso doméstico de lino y lana que se hilasen y tejieran durante el matrimonio.

A la muerte de sus padres, la mujer recibe las participaciones hereditarias correspondientes que, si no de derecho, de hecho administra el marido," embolsándose los frutos, en cuanto no sean necesarios para cubrir las cargas matrimoniales. Pero, poco o nada importa que la mujer haya aportado bienes productivos y se haya afanado en el buen gobierno doméstico, único medio de ahorro, por mucho que gane el marido. Si éste por testamento, o los padres, en capitulaciones matrimoniales, no han velado por la de-Page 546corosa subsistencia de la mujer, en llegando la viudez, se verá ella en el duro trance de no haber ganado más que el tálamo- el lecho nupcial -en premio de sus virtudes y sacrificios.

El autor termina este trabajo con una exposición al Caudillo, de la cual extraemos los siguientes párrafos :

Al formar el Apéndice foral comprensivo de las supuestas disposiciones vigentes, allí antes del Código civil, dividiéronse los vocales en mayoría y minoría: tres, partidarios de conservar el pretendido fuero ; dos, en pro de la renuncia, con la única salvedad del régimen matrimonial a base de la separación de bienes, exclusivo punto en que los cinco estuvieron acordes, a pesar de que años atrás, en 1S81, el Colegio de Abogados de Palma, en exposición oficial dirigida al Ministro de Gracia y Justicia, se había mostrado conforme con la sociedad de gananciales...

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