La criogenización: el vencimiento de la muerte, los derechos del 'ser criónico' renacido

AutorFrancisco Lledó Yagüe/Oscar Monje Balmaseda
CargoCatedrático de Derecho Civil en la Universidad de Deusto y abogado/Profesor Titular de la Universidad de Deusto y abogado
Páginas117-159
Revista de Derecho y Genoma Humano. Genética, Biotecnología y Medicina Avanzada
Núm. 50, Enero-Junio 2019, Editorial Dykinson, ISSN 1134-7198
© G.I. Cátedra de Derecho y Genoma Humano, Universidad del País Vasco UPV/EHU
Rev Der Gen H 50/2019: 117-159 117
Doctrina / Articles
La criogenización: el vencimiento de la
muerte, los derechos del “ser criónico
renacido*
Cryogenization: the expiration of death, the rights of
the reborn "cryonic being”
Prof. Dr. Francisco Lledó Yagüe
Catedrático de Derecho Civil en la Universidad de Deusto y abogado
(Bilbao, España)
Prof. Dr. Oscar Monje Balmaseda
Profesor Titular de la Universidad de Deusto y abogado (Bilbao, España)
DOI: 10.14679/125
Sumario / Summary: 1. El envejecimiento: el coste de la vida. La crioge-
nización: la inmortalidad a debate. 2. El consentimiento en la Asociación
Americana de Criogenización. 3. La ciencia de la muerte: el proceso de
criogenización, desde la reflexión del Derecho. 4. El renacimiento del ser
criónico versus la criogenización a la luz de la Ley del Registro Civil. 5.
Los derechos derivados del reconocimiento de per sonalidad: Derecho al
nombre y/o apellido, nacionalidad en el ser criónico renacido. 6. Otros de-
rechos reconocibles al ser criónico r enacido: ¿derecho a los alimentos y
al parentesco?. 7. La necesaria institución de apoyo y protección jurídica
al ser criónico renacido. 8. Algunas reflexiones del Derecho de sucesiones
en los seres criónicos renacidos (¡Qué cosas…!). 9. Los gastos del pro-
ceso de criogenización y el parti cular seguro de deceso del sujeto
criogenizado.
* Artículo recibido el 3 de abril de 2019 y aceptado para su publicación el 27 de
mayo de 2019.
FRANCISCO LLEDÓ YAGÜE / OSCAR MONJE BALMASEDA
118 Rev Der Gen H 50/2019
Resumen / Abstract: El debate se nos manifiesta intenso, extenso y
complejo en los interrogantes jurídicos y éticos que el problema suscita y
concita a cualquier atento observador de una realidad social tan impac-
tante y sobrecogedora. En fin, un debate apasionante pero todavía teórico
entre la Bioética y la legalidad. La reflexión está abierta, y la experimen-
tación en relación con la “medicina regenerativa” irá avanzando al compás
de los logros (entendemos que, en este caso, dilatados en el tiempo) con
la investigación biotecnológica. Hoy por hoy, esta técnica es una “qui-
mera” y los expertos creen que pasarán muchos años antes de que esta
experimentación pueda vislumbrarse que obtenga una ejecución viable.
La práctica de la criogenia consiste en preservar un cuerpo mediante su
congelamiento con la finalidad de resucitarlo en el futuro. Legalmente,
debe llevarse a cabo inmediatamente después que una persona ha sido
declarada muerta para evitar así lesiones cerebrales que suceden rápida-
mente pasados los cinco a diez minutos aproximadamente luego de la
muerte. El objetivo de esto es suspender la vida amenazada por una en-
fermedad incurable hasta tanto se logre obtener la cura a la misma. La
criogenia debe ser llevada a cabo luego q ue una persona ha sido decla-
rada muerta, sin embargo, el cese de latidos y respiración no es
equivalente a muerte biológica. Legalmente una persona es declarada
muerta cuando ha ocurrido muerte cerebral diagnosticada por falta de ac-
tividad cerebral evidenciada mediante electroencefalograma.
The debate presents itself as intense, extensive and c omplex in terms of
the legal and ethical questions that the problem poses to any alert ob-
server of this arresting and moving social reality. All in all, it is a fascinating
albeit still theoretical debate between bio-ethics and lawfulness. The is-
sue is open to reflection, and all the while experimentation in relation to
‘regenerative medicine’ will keep on progressing in step with the advances
in bio-technology research (which in this case we may suppose to be
drawn out over a long period of time). Currently this technique is no more
than a chimaera, and experts believe that it will be many years before this
form of experimentation will be seen to offer a viable outcome. In practical
terms, cryonics consists of preserving a body by freezing it, with the aim
of resuscitation at a later date. Legally, it must be carried out immediately
after someone is pronounced dead so as to avoid injury to the brain which
will occur rapidly after five to ten minutes following death. The aim is to
suspend life when it is threatened by an incurable disease until such time
as it becomes curable. Cryopreservation must be carried out after some-
one has been pronounced dead, although the cessation of a heartbeat
and breathing is not the same as biological death. Legally, someone is
pronounced dead when brain death has occurred, determined by a lack of
brain activity established by way of an EEG.
Palabras clave / Keywords:
Criogenización / Capacidad jurídica / Cuerpo criogenizado fallecido / So-
ciedad criogénica / Herederos / Muerte certificada / Personalidad /
Registro Civil.
Criopreservation / Legal capacity / A dead cryopreserved body / Cryonics
Society / Successors / Certified death / Personality / Civil Registry.
LA CRIOGENIZACIÓN: EL VENCIMIENTO DE LA MUERTE, LOS DERECH OS DEL SER […]
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1. El envejecimiento: el coste de la vida. La criogenización: la inmorta-
lidad a debate
En las últimas décadas, los avances científico-tecnológicos, especial-
mente en el campo de la medicina, han aumentado considerablemente la
esperanza de vida de los seres humanos, pasando a disfrutar de edades
poco comunes siglos atrás . Sin embargo, el envejecimiento conlleva una
mayor frecuencia de aparición de determinadas enfermedades asociadas al
propio deterioro físico y la edad como pueden ser el cáncer, el parkinson o
el alzheimer. La ciencia trabaja en pos de la comprensión de los mecanis-
mos moleculares subyacentes a los procesos de envejecimiento para
conocerlos y manipularlos en un intento de que no sólo se alargue la vida,
sino que se haga en las condiciones más saludables posibles1.
En la actualidad, existen dos modalidades de criopreservación: del
cuerpo entero y sólo de la cabeza para proteger el cerebro, la personalidad
y el yo; el coste es distinto ya que el volumen ocupado y la cantidad de
energía necesaria para mantener la temperatura, también es distinta: en el
primer caso, los pacientes esperan despertar algún día con su propio cuerpo
intacto, ya curados, mientras que en el segundo, confían en que su cerebro
pueda ser “unidoa un cuerpo (quizá clonado a partir de sus propios tejidos),
por medio de alguna técnica todavía desconocida, conservando intactos sus
recuerdos, experiencia y personalidad propia2.
Legalmente una persona es declarada muerta cuando ha ocurrido
muerte cerebral diagnosticada por falta de actividad cerebral evidenciada
mediante electroencefalograma3.
Efectivamente nos explica este autor en qué consiste la criogenia, pero
matizamos por nuestra parte que en todo caso debe hablarse de “cadáver”,
no de cuerpo crioconservado, pues surgiría la duda de entender si estamos
1 FERNÁNDEZ ALONSO, M.C., “Porqué envejecemos y cómo la ciencia trata de im-
pedirlo”, Inmortalidad, la última frontera, Fronteras de la Ciencia, Núm. 3, 2018, p. 19.
2 FERNÁNDEZ ALONSO, M.C., “Porqué envejecemos y cómo la ciencia trata de im-
pedirlo”, op. cit. p. 19. VIOLAT BORDONAU, F., “Criónica: Puerta a la inmortalidad en
Inmortalidad”, Fronteras de la Ciencia, Núm. 3. Universidad Metropolitana UMET,
2018, p. 34.
3 LOIÁCONO, F.L., “Criogenia. Cuerpos congelados en espera de avances tecnoló-
gicos”, disponible en: http://www.alfinal.com/monografias/criogenia.php, pp. 1-2.
También LLEDÓ YAGÜE, F. / INFANTES ESTEBAN, S., Aspectos jurídico-científicos de la
criónica en seres humanos, Ed. Dykinson, Madrid, España, 2019, p. 63. El autor dis-
tingue lo que es el daño celular de la destrucción celular que impediría la
criogenización, porque el proceso de muerte es total ya que se habría producido (en-
tendemos por nuestra parte) “una pérdida irreversible de la función del organismo
como un todo”. Y como indica el autor, que incluso admitiendo la criogenización, sería
algo utópico “revivir a la persona con su conciencia y su personalidad intactas”.

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