Respuesta criminológica al mobbing o acoso laboral

AutorGorgonio Martínez Atienza
Cargo del AutorDoctor en derecho y licenciado en criminología
Páginas235-278

Page 235

CAPÍTULO III: RESPUESTA CRIMINOLÓGICA AL MOBBING O ACOSO LABORAL.

235

Page 236

I. CONSIDERACIONES CRIMINOLÓGICAS GENERALES.
A) CONCEPTO.

El término Criminología se debe al Antropólogo francés Pablo Toppinard, y siguiendo a los partidarios de su concepto amplio571 es una ciencia empírica, interdisciplinaria, multifocal y en ocasiones experimental, que estudia el delito, el delincuente, la víctima y el control social de la conducta humana desviada572.

La principal función de la Criminología, como ciencia, es aportar un conjunto de conocimientos seguros y contrastados sobre el delito, el delincuente, la víctima y el control social; la investigación científica criminológica reduce al máximo la intuición y la subjetividad al someter los fenómenos criminales a un análisis empírico riguroso, permitiendo su metodología coordinar los conocimientos obtenidos en los distintos campos científicos mediante su elaboración e interpretación573.

La Criminología es una ciencia empírica, que se sirve del método inductivo; y una ciencia interdisciplinaria, que al analizar científicamente el delito crimonológico como comportamiento individual y como hecho social, requiere de una pluralidad coordinada de enfoques, ya que cada uno de ellos contribuye desde su particular óptica a un diagnóstico global y totalizador del fenómeno delictivo574.

La interdisciplinariedad no sólo es importante para la calidad y el valor de cada investigación en particular, sino que tiene importancia también para la praxis policial y jurídico-penal, incluida la ejecución de la pena; solo la exigencia de que la investigación y la crítica se hagan con arreglo a puntos de vista interdisciplinares puede garantizar que las cuestiones relevantes se concentren en el campo de los problemas criminológicos, que el círculo cuestionable del investigador se mantenga lo suficientemente abierto y

571 Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española la Criminología sería el Tratado del Crimen.

572Los partidarios de un concepto restrictivo proponen una acepción restrictiva de la Criminología, y la circunscriben a la investigación, estudio y análisis multicisciplinar y empírico del delito, del delincuente y de las teorías de la ejecución de la pena; dejan fuera el control social, la prevención criminal, el tratamiento resocializador y la víctima.

573 El desarrollo de las “Ciencias Informáticas” puede permitir que la Criminología llegue a operar a modo de “Central de Información” cuyos datos se pondrán al servicio de las necesidades prácticas, de las propias ciencias penales y del legislador; la Criminología como ciencia, además de un banco de datos centralizado, tiene que ser una fuente dinámica de información.

574a) A. García-Pablos de Molina: “Manual de Criminología. Introducción y Teorías de la criminalidad”. Editorial Espasa Calpe. Madrid, 1988, p. 50. b) C. Herrero Herrero: “Criminología. Parte General”. Editorial Dykinson. Madrid 1997, p. 24.

236

Page 237

aprenda a mirar más allá de su propia especialidad, trabe conocimientos con puntos de vista ajenos y se ocupe de ellos575.

La Criminología ha de ser una ciencia para la praxis576, a la que ha de informar, promover y orientar; sirviéndose como ciencia aplicada que es, de la observación, la experimentación y la estadística, sin excluir la reinterpretación y reflexión sobre los datos aportados a través de estos métodos577, dirige su investigación sobre lo que viene a ser su objeto, constituído por el delito, el delincuente, las víctimas y el control social. El acoso laboral ha sido abordado en los Capítulos anteriores como un delito, antes de su tipificación considerado por nosotros como un delito de trato degradante genérico y después de su tipificación considerado legalmente como un delito de trato degradante específico; se ha determinado que el provocador de aquél fenómeno social es el acosador o acosadores individualmente determinados, y que quien sufre las consecuencias del mismo es la víctima o víctimas individualmente determinadas; y que el control social del mismo presenta enormes dificultades, no solo porque los actos, conductas o comportamientos constitutivos del mismo con frecuencia no son exteriorizados al ser de una gran sutileza, sino también porque normalmente se da en ambientes que gozan de una determinada impunidad que trae causa fundamentalmente de una actuación aparentemente legal que goza del silencio de quien o quienes la observan. Entendemos que la explicación científica del comportamiento criminal en esta infracción social y hoy penal específica, se debe llevar a cabo a través del estudio de la persona del delincuente con base en la llamada Criminología Tradicional de raigambre positivista; y en el estudio de la misma conducta delictiva578, la víctima y el control social con base en la llamada Criminología Moderna de corte prioritariamente sociológico, estando el control social formal e informal íntimamente ligado a la finalidad de la Criminología, esto es, a la búsqueda de una Política Criminal más justa e

575 Gunter Kaiser: “Introducción a la Criminología”. Editorial Dykinson. Madrid, 1988, p. 31. (Traducción por J. M. Rodríguez Devesa).

576Praxis: Proceso por el cual una teoría o lección se convierte en parte de la experiencia vivida.

577Op. Cit. C. Herrero Herrero: “Criminología. Parte General”, p. 27.

578Diversidad de conceptos desde la vertiente sociológica y clínica: Conducta antisocial, comportamiento desviado, comportamiento conflictual, conducta disfuncional, etc.

Page 238

igualitaria que haga posible la reducción de la criminalidad a través de la prevención o la represión.
B) DELITO Y CONDUCTAS RECHAZADAS SOCIALMENTE.

El Derecho Penal se materializa a través del Código Penal y representa la última razón del Estado para conseguir el restablecimiento social que se vio vulnerado, esto es, que deberán agotarse todas las instancias civiles, administrativas y laborales hasta llegar a utilizar su fuerza represiva; erigiéndose en garante de los principios de legalidad, igualdad y seguridad jurídica, además de asegurar la legitimidad de castigar con base en los principios de seguridad penal, como son los principios de culpabilidad y proporcionalidad para imponer penas y medidas de seguridad. Por exigencias de los principios de legalidad y seguridad jurídica, el Derecho Penal se sirve de un concepto formal y normativo; para la ciencia penal -formal, deductiva y abstracta- solo es delito aquella conducta que este prevista y penada por la Ley (acciones u omisiones dolosas o imprudentes), hoy el art. 173.1 párrafo 2º CP tipifica el delito de acoso laboral como un delito de trato degradante específico. Para la Criminología el concepto jurídico-penal del delito sirve de punto de partida para sus investigaciones, pero también interesan a esta ciencia las conductas que no se encuentran en el CP pero que si son rechazadas socialmente, como sucedía con el acoso laboral antes de ser tipificado como delito y que para nosotros era considerado como un delito de trato degradante genérico en los comportamientos graves; ya que un análisis científico de una infracción penal debe perseguir, además del castigo del infractor, la búsqueda de la explicación del suceso delictivo, la reparación satisfactoria de la víctima y del daño causado, y, su eficaz prevención y control. Los conocimientos científicos aportados por la Criminología a través de sus estudios e informaciones, son elaborados o transformados en propuestas por la Política Criminal para ser ofrecidas al legislador, esto es, las opciones científicas concretas y las alternativas legales que la Política Criminal ofrece a los poderes públicos traen causa de las investigaciones criminológicas; entendemos que la Política Criminal para la consecución de su fin último de reducir el índice de delincuencia o de las conductas antisociales a un nivel que permita una seguridad pública con vida sana, cuenta con los elementos que le aporta la Criminología, y, en base a los mismos en unos casos adoptará medidas político-criminales preventivas cuando estime adecuada la prevención de aquellas y en otros adoptará medidas político-penales cuando estime adecuada su

238

Page 239

represión por la relevancia de los bienes jurídicos que pretenden tutelar, debiendo primar las medidas político-preventivas sobre las medidas político-penales.
C) CIENCIAS RELACIONADAS CON LA CRIMINOLOGÍA.

En relación con las ciencias que integran la Criminología579, sin perjuicio de que desde una concepción amplia pertenezcan a la misma todas las disciplinas que se ocupan del estudio de la realidad criminal, inciden especialmente en el estudio del acoso laboral como ciencias criminales, la Sociología Criminal (analiza el delito como hecho social, esto es, estudia las relaciones del criminal con el resto de las personas) y la Psicología Criminal (indaga las motivaciones de la determinación criminal; y es una ciencia interdisciplinaria que apoyándose, entre otras ciencias, en la Sociología Criminal y en la Victimología, trata de averiguar principalmente que induce a un sujeto a delinquir, que significa para él la conducta criminal y porque la sanción no inhibe un comportamiento antisocial)580, y, como ciencias no criminales la Sociología (persigue un tratamiento científico sistemático de las reglas que rigen la vida social y de los mecanismos de control y efectividad de dichas reglas, pues la Sociología no se agota con el estudio de los hechos punibles típicos y la totalidad de las personas que realizan esas conductas en un espacio y tiempo determinados -Sociología Criminal-, sino que esta ciencia también comprende el estudio del comportamiento desviado)581, la

579 La criminalidad como objeto de estudio de la Criminología, según un criterio jurídico está compuesta por las conductas punibles típicas y las personas que las realizan; según un criterio peligrosista o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR