El Crimen de Las Canicas

AutorDr. Bernat-N. Tiffon
Páginas37-52
37
OBERTURA
El crimen de Las Canicas
fIcHA DEl cAsO
Nombre y apellidos (modificados) del Victimario
Pascual Ordoñez Laguna
Edad
36 años
Nacionalidad
Española
Estado civil
Casado
Nivel académico
Formación Profesional de 1er. Grado de Administrativo
Profesión
Albañil
Fecha de perpetración
03 de Frimaire de 2004
Número de víctimas
1 mujer
Parentesco o relación
Esposa
Modus operandi
Fuerza física
Arma
Objeto contundente (Botella de cava)
y estrangulamiento
Lugar del Crimen
Domicilio particular (Conejeracans)
Antecedentes psicopatológicos
No se refieren o no constan
Trastorno mental en el momento de la
perpetración
Trastorno por estrés agudo
Petición (inicial) del Ministerio Público
“El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como
constitutivos de un delito de asesinato del art. 139.1º y y 140 CP, concurriendo la
circunstancia agravante de parentesco del art. 23 CP, solicitando le fuera impuesta al
acusado como autor del mismo la pena de 25 años de prisión, inhabilitación absoluta
por el tiempo de la condena, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria
potestad por 20 años y prohibición de acudir a la localidad de Conejera por 10 años y
costas, indemnización a los hijos menores en 180.000 euros y en 90.000 euros a cada
progenitor de la víctima.”
Archivos delictivo-criminológicos
Dr. Bernat-N. Tiffon
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cOnfUsIón En El DEsPAcHO
—Dr. no sabe Vd. lo mal que lo paso cada noche: mi esposo
ni me mira, tengo la sensación de darle asco, de sentirme «sucia»,
mi autoestima está por los suelos… –me decía desconsoladamente
Sra. Amparo.
Petición (inicial) de la Acusación Particular
“La acusación particular en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como
constitutivos de un delito de asesinato del art. 139.1º y y 140 CP, concurriendo la
circunstancia agravante de parentesco del art. 23 CP, solicitando le fuera impuesta
al acusado como autor del mismo la pena de 25 años de prisión, inhabilitación
absoluta por el tiempo de condena, inhabilitación especial para el ejercicio de la
patria potestad por 20 años y prohibición de acudir a la localidad de Conejera por 10
años y costas; indemnizando a los hijos menores en 180.000 euros y 90.000 euros a
cada progenitor de la víctima.”
Pena (según Sentencia núm. JAR/07 de fecha de 23 de Vendimiario de 2007 de la
Audiencia Provincial de Conejera)
“En virtud del veredicto de culpabilidad del Tribunal del Jurado respecto de PASCUAL
ORDOÑEZ LAGUNA como responsable en concepto de autor de un delito de asesinato
ya definido, concurriendo las circunstancias modificativas de la responsabilidad
criminal atenuante analógica de reparación parcial y agravante de parentesco, le
impongo las penas de DIECIOCHO AÑOS de prisión y pena de inhabilitación absoluta
y de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad durante el tiempo
de la condena y al pago de las costas procesales; debiendo indemnizar a los menores
Anna y Alberto en la suma de CIENTO OCHENTA MIL EUROS (€180.000) a cada uno
de ellos, deduciéndose de tales cantidades aquellas en que sea valorada la donación
de la mitad indivisa del inmueble sito en la Calle A de Conejeracans, así como a
los padres de la finada en la suma de NOVENTA MIL EUROS (€90.000), también
respectivamente; indemnizaciones todas ellas que devengarán el interés legalmente
establecido en el art. 576 L.E.C.
Establezco la prohibición consistente en que PASCUAL ORDOÑEZ LAGUNA acuda a
la localidad de Conejeracans por termino de seis años, periodo computable desde el
momento en que obtenga la libertad por cualquier causa.
Abónese para el cumplimiento de la/s pena/s privativa/s de libertad el tiempo
permanecido en prisión preventiva por esta causa si no hubiere computado en otra.”

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