Crédito irresponsable e insolvencia del deudor

AutorCarlos Merchán Aparicio
CargoBecario de Investigación UVa
Páginas311-370
“ CREDITO IRRESPONSABLE E INSOLVENCIA DEL DEUDOR”
Carlos Merchán Aparicio, Becario de Investigación UVa
SUMARIO
1.-Crisis financiera y crisis de crédito.
2.-La inadecuada gestión de crédito irresponsable e insostenible
3.-La evaluación de la solvencia del deudor en la UE y en España
4.-Prevención, información crediticia y soluciones para el deudor
insolvente
5.-Conclusiones
-Bibliografía
Resumen
Este artículo pretende analizar los problemas de crédito originados por la
crisis económica actual, que ha traído importantes problemas para los
consumidores y las causas de la insolvencia de la persona física, así como
posibles soluciones.
Palabras clave: crédito, préstamo, insolvencia, consumidor
Abstract
This article aims to analyze the causes of the insolvency and the possible
solutions, because the current economic situation has significant problems
for many consumers.
Keywords: credit, loan,insolvency,consumer
“ CREDITO IRRESPONSABLE E INSOLVENCIA DEL DEUDOR”
1.Crisis financiera y crisis de crédito
El impacto de la crisis económica y financiera que comienza en el verano
de 2007 ha puesto en evidencia el funcionamiento de los órganos de
supervisión y de regulación y en general todo el entramado institucional
tanto a nivel nacional como internacional, en parte por la incapacidad de
los propios legisladores nacionales o europeos para haber puesto en
funcionamiento en su momento un mejor marco regulatorio y una
adecuada intervención pública, toda vez que se puso en evidencia la falta
de previsión ante los graves desequilibrios y la crisis financiera y por
supuesto, la incapacidad que demostraron de arbitrar soluciones.(1)
(1) Ver al respecto el informe del Banco Mundial “General Principles for Credit
Reporting”septiembre2011.http//siteresources.worldbank.org/FINANCIALSECTOR/R
esources/credit.Reporting text.pdf. También ver KRUGMAN,P.,”End This Depression
Now”,Norton&Company,New York,2012 y ARMOUR,J.,&CUMMING,D.,”Bankruptcy
Law and Entrepreneurship”, en American Law & Economics
Review”,2008,vol.10,2.La crisis originó cambios en la organización internacional y
europea sobre las supervisión, que originaron a su vez cambios mundiales como la
configuración del G-20,una de cuyas primeras decisiones fue la creación del
“Financial Stability Board” a nivel mundial y el ABE (Autoridad Bancaria Europea) a
nivel de la UE, sustituyendo al CESB anterior.
Las autoridades internacionales y sobre todo las europeas eran
plenamente conscientes de la situación y ya en 2007 la Comisión Europea
había cuestionado abiertamente ciertas prácticas del sistema hipotecario
y financiero que continuaban ignorando la crisis, pensando únicamente las
entidades de crédito en sus intereses propios y olvidándose una vez más
de clientes y consumidores, cuestión especialmente alarmante como es
sabido en el caso español por las circunstancias que veremos más
adelante. Pero la reacción a la situación creada fue tardía y las medidas
legales insuficientes .
En todo caso “ se discute la creación de cargas adicionales a los bancos
que por su tamaño u otras características puedan generar riesgos para el
sistema (bancos sistémicos). También se prevé la introducción de unos
coeficientes de liquidez y de financiación estable, unas materias donde la
experiencia regulatoria internacional es escasa, lo que confiere todavía un
carácter provisional o experimental a las propuestas de Basilea…Los
refuerzos en materia de solvencia y liquidez tendrán una incidencia
desigual entre los sistemas bancarios de los grandes países y entre las
entidades, que presentan posiciones de partida claramente distintas.
Además cualquier refuerzo plantea un conflicto con otro objetivo político
inmediato ,la recuperación del crecimiento del crédito para estimular la
actividad y el empleo .Ambos problemas pueden afectar al diseño de las
medidas .En todo caso, retrasarán su puesta en aplicación, previéndose al
menos dos años de espera y luego unos calendarios de aceptación largos,
que se extienden entre 2013 y 2019.En algunos casos, (ratio de
apalancamiento, coeficientes de liquidez y financiación estables), la

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