Crédito agrícola

AutorLuis Cárdenas Miranda
CargoNotario
Páginas99-106

Page 99

Hechos y orientaciones

Como base de todo estudio, debemos señalar preliminarmente los hechos más repetidos de la vida jurídica de los labradores en su actuación crediticia y normativa de la transmisión de la propiedad y del disfrute de las fincas cultivadas.

I

En uno de mis frecuentes viajes a los pueblos del serrano distrito extremeño, donde tuve la desgracia de comenzar mi ya larga historia notarial, tropecé con un secretario de Ayuntamiento, a la vez del Juzgado municipal y simultáneamente administrador del patrimonio del caciquillo, que, muy groseramente, me dijo : «Viene usted aquí completamente equivocado; el Notario no nos es necesario para nada ; se testa por estos vecinos ante cinco testigos, por precaución de que si alguno no está conforme con la voluntad del causante, protocolizarlo en el Juzgado. La partición la hago yo en documento privado, que no se liquida en tanto los Registradores no aprietan, cosa que no suele ocurrir, y seguidamente aprovecho la facilidad de los expedientes posesorios en este Juzgado, le hago uno a cada interesado, describiendo las fincas de modo distinto a como consten, si constan, en el Registro. Igual procedimiento se sigue en caso de venta. Así, con los expedientes me arreglo y se arregla el vecindario admirablemente para adquirir cada uno su título de las fincas, renovable en cada caso,Page 100 y nos libramos de Notario y casi de derechos reales. No debe, pues, perder el tiempo y el dinero viniendo por aquí.»

Invoco este hecho en cuanto he visto y veo su repetición en muchos años, hasta el extremo de constituir la casi normalidad de la vida jurídica inmobiliaria de la población rural.

II

Donde no abundan los expedientes posesorios se emplea el procedimiento de apremio simulado contra deudores a la Hacienda pública muertos de tiempo ; con ellos cada heredero adquiere en subasta por la tercera parte de su valor determinado por la capitalización del líquido imponible las fincas de su causante, en cuanto a pesar de los gastos del procedimiento gana una considerable cantidad diferencial de la del coste de la partición y de los derechos reales.

III

Otro procedimiento existía en un partido de la Vera Placentina. Se otorgaban documentos privados con fecha anterior al 1.º de Enero de 1909 ; se liquidaban al gusto, o sea con un valor pequeñísimo, cobrándose multas e intereses de demora; se ratificaba después en escritura pública y se inscribían, resultando así acogidos al Registro innumerables fincas de menores de ausentes adquiridas por herencia.

IV

Como las particiones, por el miedo a sus gastos y a los derechos reales, no se legalizan, otro procedimiento actual es el de los expedientes de dominio, al amparo de la reforma de don Galo Ponte.

¿Qué sentido se expresa en estos hechos? Que el pueblo desea enérgicamente el instrumento de sus derechos inmobiliarios, de aparente seguridad y eficacia ; que teme el impuesto de Derechos reales y del Timbre de las herencias y lo burla en cuanto puede;Page 101que esta burla rompe el (ráelo registral y anula la institución del Registro y las normas del derecho sucesorio, y que si ha de haber normalización de la vida jurídica inmobiliaria, es precisa una nueva organización fiscal e hipotecaria para la transmisión de inmuebles.

V

El agricultor adquiere las semillas, necesarias para la siembra, de los especuladores en granos, que se las prestan, sea cualquiera el tiempo que falte para la...

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