Crecimiento urbanístico en municipio sin red de saneamiento a colector. Zaratán (Valladolid)

AutorJose Antonio Ramos Medrano/Francisco Javier Ramos Díez
Cargo del AutorLicenciado en Derecho/Licenciado en Ciencias Ambientales
Páginas110-111

Page 110

Sentencia: STSJ de Castilla y León de 4 de abril de 2012 (recurso 2842/2008)

Recurrente: Particular.

La Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid con fecha 30 de octubre de 2007 aprobó las Normas Urbanísticas del Municipio de Zaratán que preveían una población de 8.000 habitantes en este municipio colindante con Valladolid condicionado su publicación, y por tanto, su eficacia y vigencia, a que se subsanen una serie de deficiencias, en concreto la necesidad de definir el trazado de las redes de abastecimiento y saneamiento y las medidas de depuración que tiene previstas el Ayuntamiento, evitando los actuales vertidos al arroyo en varios puntos.

Esta aprobación condicionada exigía que previamente a la publicación y aplicación de las nuevas Normas Urbanísticas, con los nuevos desarrollos que prevé, se de solución al problema que tiene el municipio que, al carecer de red de saneamiento, seguía utilizando una antigua autorización de la Confederación Hidrográfica del Duero de los años 1987 y 1990 para verter directamente al arroyo Madre pero, a pesar del crecimiento poblacional de los últimos 20 años, seguía sin disponer de red de saneamiento, de tal forma que un informe del organismo de cuenca de 6 de julio de 2010 es sumamente ilustrativo al expresar que "en la actualidad el municipio de Zaratán vierte sus aguas residuales sin ningún tratamiento de depuración a los cauces públicos arroyo Madre y arroyo la Vega, causado la degradación del entorno y del dominio público hidráulico, así como perjuicios a terceros (malos olores, ambiente insalubre al tratarse de aguas residuales urbanas sin depurar...)". Dicho informe acompaña los resultados de la toma de muestras efectuadas en los años 2007 y 2009, de las que resulta constatada "la contaminación de las aguas residuales (altas concentraciones de materia orgánica, DBO5, DQO, Amonio, sólidos en suspensión etc.)"1.

Por ello no es de extrañar que la Comunidad Autónoma exija que antes de llevar a cabo nuevos desarrollos urbanísticos solucione primero este problema que no es solo un incumplimiento de la normativa en vigor, sino que constituye un auténtico problema medioambiental y de salud pública. Lo asombroso del caso es que el Ayuntamiento, en lugar de cumplir esta lógica condición que se le impuso, publica las Normas Urbanísticas y las aplica, autorizando nuevas construcciones que seguirán vertiendo sin depuración a los arroyos del municipio. Es cierto que Zaratán estaba haciendo...

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