La creación de un pabellón comunitario: el fallido registro de buques de la Unión Europea (EUROS)

AutorAna María Maestro Cortizas
Cargo del AutorContratada FPU. Universidade da Coruña
Páginas863-887
863863
CAPÍTULO 36
La creación de un pabellón
comunitario: el fallido registro de
buques de la Unión Europea (EUROS)
Ana María MAESTRO CORTIZAS
Contratada FPU
Universidade da Coruña
Sumario: 1. Introducción. 2. Los textos jurídicos sobre la creación de un registro de
buques y un pabellón comunitarios. 2.1. La propuesta de creación de un registro co -
munitario de buques. 2.2. Vicisitudes de la propuesta en el seno de las entonces Comu-
nidades Europeas: principales puntos de desacuerdo. 3. El Derecho del Mar y la base
jurídica del registro comunitario de buques. 3.1. El derecho al registro y al pabellón de
las organizaciones internacionales en Derecho del Mar. 3.2. Análisis de la propuesta de
la Comisión (especialmente, del pabellón comunitario) a la luz del marco jurídico de la
CNUDM. 4. Consideraciones nales.
1. INTRODUCCIÓN
En el marco del proceso de integración europea, se han planteado nume-
rosos proyectos tendentes a la construcción de un espacio marítimo común. A
medida que se iban desarrollando las políticas comunitarias relacionadas con el
mar, la Comisión fue consciente de la necesidad de impulsar las actividades de
ORCID 0000-0002-5116-1758 (a.maestro@udc.es). Trabajo realizado en el marco de la beca FPU ref.
FPU15/01022 del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Rede de Excelencia de Estudos Xurídicos-
Marítimos, REDEXMAR, ED431D2017/15, y del Grupo con Potencial de Crecimiento, ED431B 2017/06,
f‌inanciados por la Xunta de Galicia; del proyecto «Proceso de negociación internacional para la conserva-
ción de la biodiversidad marina en las aguas más allá de la jurisdicción de los Estados» (COBIMAR, DER
2016-78979-R), f‌inanciado por el Ministerio de Economía y Competitividad.
864 LA CONSTRUCCIÓN JURÍDICA DE UN ESPACIO MARÍTIMO COMÚN EUROPEO
ANA MARÍA MAESTRO CORTIZAS
la ota de los Estados miembros para hacer frente a la situación de desventaja
provocada por la diferencia de costes de explotación de los buques en función
los registros en los que estuvieran matriculados. Para ello, dentro de la Políti-
ca Común de Transportes, presentó un proyecto de creación de un registro co-
munitario de buques que permitiría que los buques matriculados en el mismo
enarbolaran el pabellón comunitario conjuntamente con su pabellón nacional.
Por un lado, constituiría una señal del cumplimiento de los más altos estándares
de seguridad y calidad de la navegación por parte de los buques matriculados, y,
por otro lado, contribuiría al desarrollo de la ota comunitaria e incentivaría el
trabajo de los residentes en los Estados miembros en las actividades marítimas.
Esta propuesta no tenía precedentes en Derecho internacional público, ya que,
como se explicará en este estudio, se trataba de un proyecto más similar a la
conguración de los registros y pabellones nacionales que a los precedentes de
utilización del pabellón de las organizaciones internacionales, que inspiraron la
regulación convencional sobre esta cuestión.
Con ánimo de delimitar el objeto de estudio, en este trabajo, nos centrare-
mos en la propuesta relativa a la creación de un registro de buques en el ámbito
del transporte de mercancías y personas, por lo que omitiremos el análisis de
otras iniciativas similares de creación de registros, como la del registro comu-
nitario de la ota pesquera1, que constituye más bien un mecanismo de inter-
cambio y publicidad de determinada información obrante en los registros de los
Estados miembros y no pretende sustituirlos. Tampoco nos referiremos a la utili-
zación del pabellón comunitario en el ámbito de la Política Común de Seguridad
y Defensa2 o en las actuaciones de la Agencia Europea de Seguridad Marítima
1 Reglamento (CE) n.º. 26/2004 de la Comisión, de 30 de diciembre de 2003, relativo
al registro comunitario de la ota pesquera, DOUE L 5/25, de 9 de enero de 2004, de-
rogado y reemplazado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/218 de la Comisión,
de 6 de febrero de 2017, relativo al registro de la ota pesquera de la Unión, DOUE L
34/9, de 9 de febrero de 2017.
del Consejo, de 21 de marzo de 2003, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión
Europea y la ex República Yugoslava de Macedonia sobre el estatuto de las f uerzas diri-
gidas por la Unión Europea (FUE) en la ex República Yugoslava de Macedonia, DOUE
L 82/45, de 29 de marzo de 2003, según el cual los medios de transporte de las fuerzas

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