Las críticas y negaciones de los derechos: tradición y contrarrevolución

AutorJavier Dorado Porras
Cargo del AutorEditor
Páginas857-883
1. INTRODUCCIÓN
Parece razonable afirmar que la historia de los derechos humanos
se encuentra indefectiblemente unida a la Ilustración. El espíritu ilus-
trado que impregnó toda Europa —bien es cierto que, con distinta in-
tensidad en cada país— significó un cambio radical de mentalidad que
afectó profundamente a los cimientos del orden jurídico y político
existente. Se ha dicho con razón que la filosofía de las Luces “en todos
los campos lucha contra el poder de la mera tradición y contra la auto-
ridad”1. La única autoridad a partir de entonces es la razón que se eri-
ge en la indiscutible protagonista de toda la vida humana. Esta razón
se utilizó para proclamar los derechos naturales del hombre cuyo sen-
tido más profundo implicaría la crítica radical al Estado absolutista.
Las Declaraciones de derechos del XVIII representan en este sentido
un nuevo paradigma que se utilizará para la configuración del Estado
liberal. A lo largo del XIX los derechos naturales se transforman en de-
rechos positivos que son reconocidos y garantizados en los nuevos
textos constitucionales2.
De cualquier modo, el proceso de positivación de los derechos
fundamentales va a encontrar fuertes resistencias en determinados
sectores del pensamiento de modo que la consolidación de los de-
rechos tuvo que librar innumerables batallas, en ocasiones doctri-
1CASSIRER, E., Filosofía de la Ilustración, trad. de E. Imaz, Fondo de Cultura Económi-
ca (3ª ed.), México, 1993, p. 261.
2En relación con los derechos fundamentales en España puede consultarse ROME-
RO MORENO, J. M., Proceso y derechos fundamentales en la España del siglo XIX, Centro de
Estudios Constitucionales, Madrid, 1983.
HISTORIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Tomo III: Siglo XIX858
nales, y otras veces con el empleo de las armas a través de la insu-
rrección.
Si es cierta la afirmación de que hay una conexión entre Ilustración y
derechos humanos parece obvio que la negación de los derechos ha de
hacerse en abierta oposición al pensamiento ilustrado. Y en efecto, en
las primeras décadas del XIX, los ataques contra los derechos humanos
van acompañados de críticas feroces a la falsa filosofía3 de la Ilustración a
la que se considera responsable de la mayoría de los males que aquejan
a la sociedad, singularmente del materialismo y del ateísmo.
Por ello no es de extrañar que religión y tradición ocupen un lugar
central en las tesis negadoras que ven en estos dos elementos la única
posibilidad de conservar el orden existente frente a las peligrosas in-
novaciones que tratan no sólo de cambiar el sistema sino, sobre todo,
de destruir la autoridad. Una de las ideas fundamentales del iusnatu-
ralismo racionalista y en general del pensamiento ilustrado fue la
creencia en la existencia de ciertos derechos que pertenecen a todos los
hombres por el mero hecho de serlo; son derechos que se derivan de la
propia naturaleza humana y que tienen un carácter previo a cualquier
tipo de organización política de modo que los Estados deben recono-
cerlos y garantizarlos y al mismo tiempo se constituyen como límites al
poder estatal. Si nos desplazamos del mundo de las ideas al de los he-
chos la existencia de tales derechos legitima la autoridad y, en sentido
contrario, su ausencia priva de sentido y justificación al poder político.
Por esta razón, la defensa de estos derechos significaba no sólo una crí-
tica a los Estados absolutistas sino, sobre todo, la más radical negación
de su propia legitimidad. En definitiva, la defensa de los derechos na-
turales tenía una clara finalidad: la creación de un nuevo tipo de orga-
nización jurídica y política basada en la libertad y la igualdad de todos.
3La falsa filosofía con la que se identifica a la Ilustración es el título de una de las
obras de Fernando Zeballos que fue una de las grandes figuras del pensamiento español
del XVIII que rechazó abiertamente las ideas de la Ilustración. Sobre el pensamiento reac-
cionario español del XVIII hay que destacar la excelente obra de HERRERO, J., Los orígenes
del pensamiento reaccionario español, Cuadernos para el Diálogo, Madrid, 1971, en la que se
analiza el pensamiento de un gran número de autores que con su intransigencia marcaron
el rumbo de una buena parte del pensamiento posterior. También vid. ELORZA, A., y LÓ-
PEZ ALONSO, C., Arcaísmo y modernidad. Pensamiento político en España, siglos XIX y XX,
Historia 16, Madrid, 1989; ABELLÁN, J. L., Historia crítica del pensamiento español, Espasa-
Calpe, tomo IV, Madrid, 1984, especialmente pp. 149-180 en las que habla de los autores
reaccionarios españoles del XVIII; LÓPEZ ALONSO, C., “El pensamiento conservador es-
pañol en el siglo XIX: de Cádiz a la Restauración”, en VV. AA., Historia de la teoría política,
vol. V, ed. a cargo de F. Vallespín, Alianza Editorial, Madrid, 1993, pp. 273-314.

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