Crònica legislativa: Navarra

AutorIñigo Lamarca Iturbe
CargoLetrado de las Juntas Generales de Gipuzkoa
Páginas326-330

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Expondremos seguidamente la normativa así como las resolucíones mas significativas que sobre el euskera han sido publicadas en el primer semestre de 1998 en el Bolettn Oficial de Navarra, Emplearemos la estructura sistemàtica de siempre.

1. Administración pública foral

Por Orden foral 39/1998 del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 25, de 27 de febrero) se regula la colaboración sobre normalizacíón del uso del euskera en el ámbito de la Administración local entre el Gobierno de Navarra y las entidades locales que se hallan vinculados por un Convenio firmado en marzo de 1994. Este Convenio tenia como fin establecer una regulación-marco de la concesión de ayudas a las entidades locales navarras para la financiación de programas de desarrollo de la Ley foral del vascuence al objeto de favorecer el cumplimiento de los objetivos fijados por la citada Ley, a saber, el derecho de los ciudadanos a conocer y usar el euskera y definir los instrumentos para hacerlo efectivo y el de pro-Page 327teger la recuperación y el desarrollo de la lengua vasca en Navarra. La Orden que estamos comentando otorga un marco jurídico sólido y adecuado al convenio referido y completa y profundiza sus términos a la luz de la experiencia de estos años. Por otra parte, aprueba un gasto de 118.500.000 ptas. para el desarrollo de los programas y actividades contempladas en el acuerdo.

Los ayuntamientos que participan en este acuerdo son todos los comprendidos en la zona vascófona y mixta del mapa sociolingüístico de Navarra (la Ley del vascuence divide la geografía navarra en tres partes; la tercera, la no vascófona, comprende el sur de la Comunidad Foral). Las áreas de colaboración que incluye el acuerdo son éstas: actividades de fomento de la lengua vasca, técnicos de los servicios municipales de euskera, formación en euskera del personal al servicio de los entes locales, medios de comunicación en euskera de titularidad municipal, campañas de fomento del uso del euskera y aquellas otras que puedan acordarse y que estén relacionadas con la normalización del uso del euskera en la Administración local.

Por Orden foral 42/1998, de 17 de febrero, del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 32, de 16 de marzo) se procede a actualizar el Reglamento de funcionamiento del centro de formación en euskera del personal al servicio de las administraciones públicas de Navarra. Este centro tiene su origen en la Orden foral 149/1991 del consejero de Presidencia que le asignó las funciones de creación de planes de formación y capacitación en euskera de los empleados públicos y la ejecución de dichos planes. El «Centro de Euskaldunización de las Administraciones Públicas de Navarra», que es la denominación oficial que recibe el centro, estará dirigido por la Jefatura de Negociado de Formación adscrita al Servicio de Programación e Investigación dependiente de la Dirección General de Política Lingüística. Además de la Dirección existirá un Consejo asesor, integrado, además de por el director o directora del centro, por la persona de coordinación didáctica, dos representantes del alumnado, un representante de los servicios de euskera municipales de la Comunidad Foral y dos representantes de la Comisión de Personal de la Administración foral navarra. Las tareas principales que se encomiendan al centro son la organización de cursos de euskera para el personal (extensivos, intensivos, de reciclaje, de verano, de preparación técnica especializada) y lo relativo a las pruebas de acreditación del perfil lingüístico.

La Orden foral 161/1998, de 21 de mayo, del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 70, del 12 de junio) determina la competencia para re-Page 328alizar la acreditación oficial de la validez y corrección de las traducciones euskara-castellano y viceversa. Se designa a la sección de traducción de la Dirección General de Política Lingüística como órgano competente para realizar las tareas señaladas.

2. Educación

Comenzaremos este apartado con la reseña de la Resolución 1259/1997, de 19 de diciembre, del director general de Educación (bon núm. 11, de 26 de enero) por la que se aprueba la realización del concurso de lectura y declamación en euskera Pedro Diez de Ultzurrun Etxarte, para el curso académico 1997/98. El objeto del concurso es ofrecer un premio dotado de 500.000 ptas. a las clases que obtengan mejores resultados en los ámbitos de la lectura y declamación en euskera. Pueden participar las clases de los alumnos de las líneas «B» (bilingüe) y «D» (monolingüe en euskera) que cursen estudios de educación primaria (segundo y tercer ciclos) y educación secundaria obligatoria (primer ciclo).

La Orden foral 77/1998, de 23 de marzo, del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 44, de 13 de abril) aprueba la convocatoria de adscripción a puestos de trabajo de maestros, en euskera, de los centros resultantes de segregación de líneas o unidades. Esta Orden establece los criterios y el procedimiento para que los maestros con destino definitivo adscritos a puestos de trabajo en castellano puedan acceder a puestos de trabajo calificados para impartir la enseñanza en euskara.

Las convocatorias de 1998 para la concesión del certificado de habilitación para la docencia en euskera, el iga, que habilita a su poseedor a impartir docencia en euskera, se vehicuían a través de la Orden foral 126/1998 del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 58, de 15 de mayo). El citado título es específico para el ámbito docente no universitario. El denominado ega, en cambio, posee un carácter generalista. Se estima, sin embargo, conveniente que los maestros y maestras obtengan también este título. Por ello la Orden foral 221/1998 de 17 de junio, del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 77, de 29 de junio) aprueba la realización de pruebas específicas para personal docente no universitario en ejercicio (incluidos orientadores escolares e inspectores) para la obtención del citado título y se encomienda al centro de reciclaje del profesorado las tareas técnicas relativas a la organización y preparación de dichas pruebas.

La Orden foral 136/1998 del consejero de Educación y Cultura (bonPage 329 núm. 61, de 22 de mayo) aprueba la contratación de la realización del programa de actividades formativas extraescolares del uso del euskera destinadas a centros públicos y privados concertados de enseñanza no universitaria, para el curso 1998/99. Otra Orden foral del consejero de Educación, la núm. 173/1998, de 28 de mayo (bon núm. 67, de 5 de junio), aprueba la convocatoria de subvenciones y aportaciones a líneas nuevas en centros escolares para adquisición de material en euskera del año 1998. Las ayudas van destinadas a los centros que incorporen por primera vez durante el curso 1998/99 nuevas líneas (o se encuentren en periodo de consolidación por su incorporación en el año precedente) de enseñanza «de» o «en» euskera. El material subvencionable puede ser bibliográfico, audiovisual, informático o juegos educativos.

Mediante la Resolución 579/1998, de 28 de mayo, del director general de Educación (bon núm. 70, de 12 de junio) se aprueba la convocatoria de Bertso-eskola destinada a los alumnos de los centros escolares de Navarra, que tengan líneas bilingües «B» y «D». El objetivo es incentivar el cultivo de literatura oral y específicamente la improvisación poética tradicional vasca, es decir el denominado bertsolarismo,

3. Euskaldunización y alfabetización de adultos

Por Orden foral 33/1998, de 16 de febrero, del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 23, de 23 de febrero) se aprueba la convocatoria libre del año 1998 para la obtención del título de aptitud en euskera ega, que es el acrónimo de su nombre en euskara.

4. Fomento del euskera

El director general de Política Lingüística convoca, mediante la Resolución 63/1998, de 5 de febrero (bon núm. 19, de 13 de febrero), ayudas para la realización de actividades culturales de fomento y desarrollo de la lengua vasca en Navarra, correspondiente al año 1998. La convocatoria, dotada con 13.500.000 ptas., tiene por objeto la promoción de actividades culturales tales como exposiciones, conferencias, música, teatro, cine, vídeo y otras análogas destinadas al fomento del euskera en Navarra. Quedan excluidas las actividades escolares, que cuentan con ayudas específicas, y los beneficiarios podrán ser personas físicas o jurídicas sin ánimo de lucro domiciliadas en Navarra.

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Otra Resolución, la número 83/1998, de 10 de marzo (bon núm. 34, de 20 de marzo), dictada por el mismo alto funcionario que en la resolución precedente, regula la campaña de teatro en euskera Mozorro Berri 98, cuyo objetivo es fomentar el uso del euskera en Navarra a través del teatro. Los destinatarios son grupos de teatro.

Por Orden foral 76/1998, de 16 de marzo, del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 37, de 27 de marzo) se aprueba la convocatoria de ayudas para la utilización del euskera en los medios informativos de prensa, radio y televisión de Navarra. Se destinan a tal fin 32 millones para los medios de comunicación que se editan o se emiten íntegramente en euskera y 7 millones para los medios en castellano que dentro de su programación dedican espacios suficientes y completos en euskera.

Mediante la Resolución 94/1998, de 15 de abril, del director general de Política Lingüística (bon núm. 49, de 24 de abril) se aprueba la convocatoria de cinco ayudas a la investigación relativas al área de la normalización lingüística en Navarra y a distintos proyectos promovidos por la Dirección General de Política Lingüística. Dos son las modalidades que se contemplan: a) Tres ayudas destinadas a las siguientes investigaciones: 1. Proyecto y concreción en la propia Dirección de Política Lingüística de un centro de documentación y bibliografía sobre el euskera en Navarra; 2. Investigación cuantitativa y cualitativa sobre la situación del euskera en los medios de comunicación de Navarra; 3. Elaboración de un glosario de términos en euskera y castellano extraído de diferentes leyes, ordenanzas y anuncios de Administración local publicados en el bon, mediante la técnica del vaciado terminológico. Modalidad b) Dos ayudas para los siguientes posibles temas: sociolingüística del euskera en Navarra, dialectología, lexicología, terminología, el discurso sobre el euskera en los medios de comunicación, evaluación de programas y actuaciones de las distintas unidades de normalización en nuestra comunidad, etc. Los trabajos deberán ser originales y estar desarrollados íntegramente en euskera. Dos de las ayudas de la modalidad a quedaron desiertas y mediante la Resolución 128/1998, de 17 de junio (bon núm. 77, de 29 de junio), se procede a realizar una nueva convocatoria para cubrir las mencionadas ayudas.

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