Crònica legislativa: Navarra

AutorIulen Urbiola Loiarte
CargoLicenciado en derecho
Páginas362-369

Page 362

(Primer semestre de 2009)

Parece que mientras el número nueve es un número de mal agüero para la cultura japonesa, para la china es un número de buen augurio. Por su parte, para la cultura y la lengua vasca en Navarra este primer semestre del 2009 queda más cerca de la percepción japonesa que de la china pese a que, desde un par de municipios, nos hayan llegado buenas noticias.

Entre enero y junio del presente año, la Administración regional ha aprobado las siguientes resoluciones, publicadas en el Boletín Oficial de Navarra (BON):

• Resolución 518/2008, por la que se convocan los concursos de Literatura en euskera, Etnografía “José María Satrustegi”, Declamación, Guión Radiofónico y Podcast “Pedro Díez de Ulzurrun” y Bertso Escrito (BON nº 10, de 23 de enero de 2009).

• Resolución 524/2008, de 12 de diciembre, por la que se convocan las ayudas para la organización de la campaña de escritores/as vascos/as en la Escuela, correspondiente al año 2009 en centros educativos concertados (BON nº 10, de 23 de enero de 2009).

• Resolución 1/2009, de 9 de enero, por la que se aprueba la Carta de Servicios de Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence (BON nº 19, de 13 de febrero).

• Resolución 106/2009, de 18 de marzo, por la que se aprueba la XXIX Convocatoria del Plan de Formación en Lengua Vasca del personal docente de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral de Navarra para el curso escolar 2009/2010 y se autoriza un compromiso económico para el desarrollo del mismo (BON nº 48, de 22 de abril).

• Resolución 5/2009, de 30 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la enseñanza de vascuence a adultos, impartida en entidades jurídicas radicadas en la Comunidad Foral de Navarra, correspondiente al periodo enero-diciembre de 2009 (BON nº 55, de 6 de mayo).

• Resolución 167/2009, de 21 de abril, por la que se autoriza la resolución y abono de las ayudas para el alumnado que debe desplazarse a causa de la elección de opción lingüística según la Ley Foral 18/1986, de 15 de di-Page 363ciembre, del Vascuence, para el curso 2008-2009 (BON nº 62, de 20 de mayo).

• Resolución 10/2009, de 8 de mayo, por la que se convocan las ayudas para la investigación lingüística del euskera en Navarra (BON nº 69, de 5 de junio).

Para aquellos que habitualmente siguen la crónica jurídica sobre Navarra, las citadas resoluciones son viejas conocidas, a excepción de una. Antes de centrarme en la excepción, quiero señalar la variación de carácter pecuniario que este año se ha dado en la convocatoria de ayudas a la enseñanza de vascuence para adultos con respecto a la de 2008. Si en ese año la subvención era de 1,19 euros por alumno/hora en régimen ordinario y 8 euros por alumno/día en régimen de internado, en el año 2009 se va a abonar 0,80 euros y 5,55 euros, respectivamente.

Por su parte, la novedad la tenemos en la Resolución 1/2009, de 9 de enero, por la que se aprueba la Carta de Servicios de Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence (BON nº 19, de 13 de febrero). Con carácter general, estas cartas se conciben como un instrumento para la mejora y la modernización de las administraciones, y en este caso concreto de Euskarabidea. Su creación, contenidos y funciones vienen establecidos en los artículos 18 a 21 de la Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos. El artículo 20 de la citada Ley dispone que «en el caso de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, cada Departamento y cada organismo autónomo elaborará su respectiva Carta de Servicios en el plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de esta Ley Foral».

Conforme avance el tiempo comprobaremos la eficacia, o no, de esta Carta y la mejora en la gestión y el servicio que en teoría debe suponer. De momento, y pasado el primer semestre del año 2009, Euskarabidea no ha publicado todas las convocatorias de ayudas antes del 31 de marzo, tal y como se dispone en la Carta.1

Sin embargo, lo más reseñable a nivel normativo nos ha llegado desde las administraciones locales y es aquí donde hay que destacar, por su carácter positivo, la publicación de la aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora delPage 364 uso y fomento del euskera en el ámbito municipal de Auritz/Burguete (BON nº 72, de 12 de junio de 2009).

Aurita, en euskara, y Burguete, en castellano, es un municipio sito en la zona vascófona de Navarra. Tal y como se señala en la exposición de motivos, «el euskera es lengua propia e históricamente ha sido la habitual para sus habitantes. Venida en desuso durante algunas décadas, la voluntad social a su favor y un nuevo estatus para la misma, han posibilitado que la mayoría de las personas de las nuevas generaciones sean euskaldunes. El sector social que estos hablantes conforman viene requiriendo y, seguramente, requerirá más en el futuro, haciendo uso de los derechos lingüísticos que por ley le asisten, la prestación cada vez mayor de servicios en euskera por parte del Ayuntamiento.

[...] Por ello, el Ayuntamiento de Auritz/Burguete considera que el euskera precisa de una especial atención con el objetivo de lograr su normalización. Así pues, el objetivo genérico de esta ordenanza es garantizar a los administrados por el Ayuntamiento dispensa de atención y servicio en euskera, así como fomentar y normalizar su utilización en los distintos ámbitos».

La Ordenanza consta de nueve capítulos que regulan: el objeto y ámbito de aplicación; las relaciones interadministrativas; las relaciones con los administrados; la imagen exterior municipal; el personal municipal; las contrataciones; la toponimia, y, por último, se establece la forma de control del cumplimiento de la misma. Con carácter general, la ordenanza establece un marco jurídico donde la presencia del euskara y el uso del mismo quedan garantizados tanto en los servicios municipales como en las contrataciones de servicios públicos que realice el Ayuntamiento de forma indirecta.

Pese a todo, hay que subrayar que en materia de personal se establece la creación de una comisión que estudie los ámbitos en los que exista mayor relación oral y escrita con la ciudadanía, a fin de establecer en la plantilla orgánica del Ayuntamiento aquellos puestos de trabajo que precisen el conocimiento del euskera. Sin embargo, no se definen la composición de tal comisión ni los plazos a los que se debe ajustar, dejándolo en manos de la mera voluntad política.

Siguiendo con las administraciones locales, durante este semestre, el Boletín Oficial de Navarra recoge la modificación de dos ordenanzas que regulan el uso del euskera, una con carácter definitivo y la otra inicial.

En primer lugar tenemos la aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza para la normalización y desarrollo del uso del euskera en Berriozar,Page 365 municipio sito en la zona mixta (BON nº 11, de 26 de enero de 2009). Mediante esta modificación, se añade un nuevo artículo al texto de la Ordenanza que posibilita la creación de un censo de euskaldunes del municipio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. La aprobación de este nuevo artículo estuvo acompañada de una fuerte polémica protagonizada por Unión del Pueblo Navarro, Partido Socialista de Navarra y Centro Democrático de Navarra. Estas tres formaciones (que suman 6 concejales de un total de 13; el resto está en manos de Nafarroa Bai, ANV e IU), repudiaron tal decisión calificándola de «una norma aberrante». El portavoz de UPN señalo que «discrimina a quienes hablan en castellano y busca un trato de favor para el que habla en euskera»; igualmente reconoció que si hubiese tenido los votos suficientes habría introducido recortes en la Ordenanza que regula la lengua vasca en el municipio. Por su parte, el PSN y el CDN, se manifestaron de igual manera. Asimismo, un grupo de vecinos acudió al ayuntamiento mostrando unas pegatinas con la imagen de la estrella de David y la inscripción «Yo hablo castellano».2

En segundo lugar, y con carácter inicial, tenemos la aprobación de la modificación de la Ordenanza reguladora del uso de euskera en el municipio de Lakuntza, situado en la zona vascófona (BON nº 72, de 12 de junio de 2009).

Por otro lado, y con carácter negativo, tenemos el municipio de Ansoáin, sito en la zona mixta. En primer lugar, el BON nº 25, de 27 de febrero de 2009, recoge la aprobación definitiva de la disolución del Patronato de euskera de Ansoáin, que llevaba funcionando desde 1983 y una semana después, con la finalidad de cubrir el hueco del anterior, se crea el servicio municipal de euskera (BON nº 27, de 4 de marzo de 2009). En el disuelto Patronato estaban representados, junto con la Administración, agentes sociales que trabajan a favor del euskera, mientras que el actual servicio municipal es un órgano dependiente del ayuntamiento en el que los organismos sociales no tienen cabida. En segundo lugar, y pasados dos meses de este cambio, se da la aprobación inicial de la modificación del anexo I de la Ordenanza de uso y fomento del euskera relativa a los perfiles lingüísticos del personal de la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Ansoáin (BON nº 57, de 11 de mayo de 2009). Tal modificación busca eliminar de la plantilla orgánica los perfiles lingüísticos de puestos clave para la atención en euskera tanto al público como para el desa-Page 366rrollo de los procedimientos administrativos, entre otros, el del secretario del Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Iruña/Pamplona, sito en la zona mixta, ha convocado las ayudas a entidades culturales y artísticas para la realización de actividades culturales en euskera en el año 2009 con una consignación presupuestaria máxima de 22.500 euros (BON nº 60, de 18 de mayo de 2009). También ha convocado, los premios XXII Concurso literario en euskera para alumnado de Educación primaria y primer ciclo de educación secundaria obligatoria de Pamplona y comarca, 2009 (BON nº 47, de 20 de abril de 2009), y los premios Concurso literario en euskera para jóvenes de Pamplona, 2009 (BON nº 56, de 8 de mayo de 2009).

Por su parte, Burlada, sito en la zona mixta, ha convocado las subvenciones para euskaltegis en el curso 2008-2009, y las subvenciones para el aprendizaje de euskera para el curso 2008-2009. Ambas en el BON nº 46, de 17 de abril de 2009.

Fuera del ámbito del Boletín Oficial de Navarra destacamos los siguientes acontecimientos.

Con el inicio del semestre nos enteramos del cierre de Ttipi-Ttapa telebista,3 debido, por un lado, al descenso en las ayudas públicas y, por otro lado, a que el territorio donde emite esta televisión local no tiene asignada demarcación dentro del Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Local. En Navarra hay reconocidas 5 demarcaciones, todas ellas fuera de la zona vascófona, que es donde esta TV emite.

Continuando en el mundo de las televisiones y el apagón analógico, el Gobierno Foral y el Gobierno Vasco están negociando un convenio para la captación digital de la ETB en Navarra. Por lo que de momento se ha filtrado a la prensa,4 de los cuatro canales de que dispone ETB sólo se captarán dos. Quedan excluidos del acuerdo y por lo tanto no van a poder ser captados digitalmente: ETB3, canal infantil íntegramente en euskara; ETB4, futuro canal informativo y bilingüe, además de las radios del grupo. En las negociaciones previas, el Gobierno de Navarra exigió la modificación del mapa del tiempo de los informativos de la ETB, por ser este el mapa de Euskal Herria que abar-Page 367ca: Comunidad Autónoma Vasca, Comunidad Foral de Navarra y País Vasco-Francés.

Siguiendo con los medios de comunicación, en junio conocemos que el Gobierno Foral exige a cuatro radios el cese de sus emisiones antes de fin de mes, entre ellas Euskalerria Irratia, la única radio que emite en euskera desde y para Iruña-Pamplona y su comarca. El fundamento de tal requerimiento reside en un informe elaborado por AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Área) en el que se advierte de que estas emisiones «provocan interferencias de carácter muy grave en las instalaciones que en esa misma ubicación dispone Aviación Civil». Sin embargo, en enero de 2009 AENA identificó a los causantes de estas interferencias y entre los mismos no estaba Euskalerria Irratia.

También en junio se hacen públicos los resultados de la encuesta sociolingüística encargada por el Gobierno de Navarra. Por cuestiones de espacio no voy a profundizar en este estudio ni en las preguntas que en el mismo se desarrollan, algunas de ellas, cuando menos, desconcertantes. Sin embargo, quiero destacar dos datos: en primer lugar, el 66,5% de los navarros cree que la enseñanza en euskera debería extenderse a todo el territorio en función de la demanda voluntaria de padres y madres a la hora de elegir el modelo educativo de sus hijos. A día de hoy, la enseñanza en euskera en Navarra está supeditada a la zonificación lingüística que padece el territorio, y no a la simple voluntad de los padres.

En segundo lugar, la encuesta pregunta en nueve municipios de Navarra si desean pasar de zona no vascófona a zona mixta. De los nueve, ocho —Galar (83,1% frente a 16,9), Noáin (64,4 frente a 24), Mañeru (64,3 frente a 27,3), Cirauqui (67,7 frente a 21), Villatuerta (65,8 frente a 22,1), Artazu, Belascoáin y Guirguillano (64,6 frente a 33), mostraron su deseo de cambiar de zona. Sólo en Beriáin el 49,2% de los habitantes no ha considerado importante que su municipio esté incluido en la zona mixta, frente a un 42% que sí lo considera. A este respecto quiero destacar dos cosas: por un lado, la falta de base científica a la hora de limitar esta pregunta a sólo nueve municipios, obviando al resto que se cuentan por docenas; por otro lado, la rotundidad de los resultados, exceptuando Beriáin, donde el deseo de cambio pese a todo es de un 42%.

Como consecuencia de estos resultados, IU ha registrado en sede parlamentaria una propuesta de modificación de la Ley Foral del Vascuence con el fin de integrar en la zona mixta a Aranguren, Artazu, Belascoain, Cirauqui, Galar,Page 368 Guirguillano, Mañeru, Noáin y Villatuerta. Por su parte, el ejecutivo foral, a través del consejero de Educación manifestó que desde el gobierno no hay intención de impulsar ningún cambio. La propuesta de modificación será debatida tras el periodo estival.

Por último, en este semestre hemos conocido la sentencia del Tribunal Supremo ante uno de los diversos recursos de casación que existen contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en la que anulaba cuatro artículos del Decreto Foral 29/03, sobre el uso del vascuence en las administraciones públicas de Navarra.5 La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 3 de junio de 2004, objeto del recurso, contiene el siguiente fallo:

1º. Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso interpuesto por la representación procesal de la parte actora, contra el Decreto Foral 29/2003, de 10 de febrero, por el que se regula el uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra, anulando dicho Decreto Foral por no ser ajustado a derecho en los siguientes preceptos: artículos 15.1, 18.3, 21.1 párrafo primero y 23.1.

2º. Desestimar el recurso en todos los demás preceptos impugnados de dicho Decreto Foral.

El TSJN declaraba nulos los citados artículos por los siguientes motivos:

Artículo 15.1. Las comunicaciones y notificaciones dirigidas desde los servicios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra con sede en la zona mixta a personas físicas y jurídicas de la zona vascófona se realizarán en castellano, salvo que los interesados soliciten expresamente la utilización del vascuence, en cuyo caso podrán realizarse en forma bilingüe.

El tribunal considera que, los ciudadanos residentes en la zona vascófona tienen el derecho a recibir las comunicaciones tanto en euskera como en castellano independientemente del lugar en el que se ubique la sede de la Administración foral.

Artículo 18.3. Quienes accedan a estas plazas (con conocimiento preceptivo de euskara) solamente podrán participar posteriormente en la provisión de las vacantes correspondientes a puestos de trabajo para los que el conocimiento del vascuence sea preceptivo para su desempeño.

El tribunal considera inadmisible que los funcionarios a los que se haya exigido como requisito el conocimiento del euskera para acceder a determinados puestos de trabajo, puedan luego ver impedido su acceso a otros puestos de trabajo por el mero hecho de no requerir esta lengua de forma perceptiva.

Artículo 21.1 párrafo primero. En los casos en los que el conocimiento del vascuence deba ser valorado como mérito cualificado entre otros en la Zona Vascófona, el porcentaje que tal valoración suponga dePage 369 incremento en relación con la puntuación que se aplique como mérito al conocimiento del francés, inglés o alemán, lenguas de trabajo en la Unión Europea, no podrá en ningún caso ser superior al 10% de la misma y se especificará la cuantificación concreta en la convocatoria correspondiente.

Artículo 23.1. La valoración del conocimiento del vascuence como mérito en la Zona Mixta, cuando así sea considerado, en ningún caso será superior en un 5% a la puntuación que se aplique en la consideración de mérito para el conocimiento del francés, inglés o alemán, lenguas de trabajo en la Unión Europea y se especificará la cuantificación concreta en la convocatoria correspondiente.

En ambos artículos el tribunal estima que la comparación del euskera, lengua propia de Navarra, con otras lenguas de la Unión Europea resulta en la práctica una deshabilitación, vía reglamento, del rango que la ley atribuye al euskera, y concluye que el decreto está introduciendo un polo de valoración que no es adecuado, pretendiendo uniformar lo que es diferente en su concepción legislativa.

El fallo del Supremo ratifica la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Y esto ha sido lo más destacable, que no lo único, con relación a la normativa lingüística y su aplicación, a nivel local y autonómico, a lo largo del primer semestre del año 2009 en la Comunidad Foral de Navarra.

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[1] Punto número dos de la Carta de Servicios de Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence: «Compromisos que se contraen en relación con los servicios que se prestan e indicadores para evaluar el cumplimiento de los compromisos».

[2] Diario de Noticias, 30.10.2008.

[3] Ttipi-Ttapa telebista es una televisión local que emite dentro de la zona vascófona íntegramente en euskera.

[4] Diario de Noticias, 20.06.2009.

[5] Recurso de casación núm. 5284/2005, Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección sexta.

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