Las Cortes Generales en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional

AutorMercedes Iglesias Barez
CargoProfesora de Derecho Constitucional, Universidad de Salamanca
Páginas253-257

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GÓMEZ CORONA Esperanza, Las Cortes Generales en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, Colección Monografías, Congreso de los Diputados, 2008

Como bien apunta el excelente prologuista de la obra, el profesor PÉREZ ROYO, el Derecho español no disponía hasta el momento de un estudio monográfico sobre el conjunto de la jurisprudencia constitucional relativa a la actividad de las Cortes Generales. La investigación de la profesora GÓMEZ CORONA no ha venido sólo a colmar este vacío, sino que nos encontramos ante una obra de gran envergadura analítica, que aborda con destreza y rigor la labor de enjuiciamiento que lleva a cabo el Tribunal Constitucional de los actos de las Cortes Generales sometidos a su consideración. El estudio es por otra parte ambicioso en su enfoque temporal y competencial pues se extiende a toda la actividad parlamentaria, tal y como aparece delimitada en el artículo 66.2 CE (función legislativa, función presupuestaria y función de control de la acción gubernamental), a lo largo de 27 años de jurisprudencia constitucional (desde el 14 de julio de 1980 hasta el 11 de septiembre de 2007).

La obra se estructura en cinco capítulos. El primero de ellos tiene un carácter general y se destina a la “contextualización” de las relaciones de tensión que obviamente se producen entre un poder del Estado que ostenta la legitimación democrática directa y un órgano constitucional que tiene encomendada la misión de controlar y corregir la actuación de las Cortes Generales. Consciente de la “objeción contramayoritaria”, la autora apela a la legitimidad de ejercicio del Tribunal como la mejor forma de sortear la discutida legitimidad democrática de esta competencia de la justicia constitucional. Este primer capítulo general se cierra con un estudio de la justicia constitucional en la Constitución de 1978, como medio para abordar los cauces de control de la actividad de las Cortes Generales. Los tres capítulos siguientes bucean ya en el poder de revisión del Tribunal Constitucional en las funciones del Parlamento español: la potestad legislativa (Capítulo II), la de aprobación y enmienda de

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los presupuestos (Capítulo III) y la función de control de la acción de Gobierno (Capítulo
IV). La monografía concluye con una recapitulación y consideraciones finales.

El control de la constitucionalidad de la potestad legislativa constituye el capítulo más extenso de la obra (pp. 87 a 266). La autora asienta en las primeras páginas los parámetros de control de la ley: el principio democrático se configura como freno al control de constitucionalidad de la ley, principio del que se colige la presunción de constitucionalidad de la ley como refiejo de su dignidad democrática. No cabe duda que las conocidas tesis de James THAYER son recogidas por nuestro Tribunal cuando en la STC 66/1985, de 29 de julio, FJ 3 afirma que “esta presunción es tanto más enérgica cuando más directa es la conexión del órgano con la voluntad popular y llega por eso a su grado máximo en el caso del legislador, que lo es especialmente por ser el representante de tal voluntad”. Por otra parte, la profesora GÓMEZ CORONA nos advierte con maestría de las distorsiones que puede provocar en el examen de...

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