Resolución de adjudicación en convenio regulador, como consecuencia del cumplimiento de condición resolutoria pactada en el mismo

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas141-142

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Se debate la posibilidad de inscribir la resolución de una adjudicación en convenio regulador, como consecuencia del cumplimiento de una condición resolutoria en él pactado, en virtud de un auto judicial, en ejecución de títulos judiciales, por el que se tiene por emitida la declaración de voluntad de la titular registral.

El único defecto que es objeto de recurso es que para que se pueda privar de su mitad indivisa a la titular registral, doña M. V. C. es preciso o bien su consentimiento o bien una sentencia firme obtenida en procedimiento declarativo ( art.82 LH ).

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La Dirección corrobora el defecto. Entiende que no estamos ante ninguno de los supuestos que según la LEC llevan aparejada ejecución (sentencias de condena firme - art. 517. 2.1- o resoluciones que aprueben u homologuen transacciones judiciales y acuerdos logrados en el proceso, -art. 517.2.2-, junto con otros supuestos especiales (arts. 517.2. 8 y.9); o de una sentencia declarativa o constitutiva con trascendencia inmobiliaria directamente inscribible en el Registro ( R 6/2/ 2012 ). En este supuesto el contenido del convenio regulador que se pretende ejecutar es una...

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