El control de los contenidos audiovisuales

AutorGuillermo Escobar Roca

7. EL CONTROL DE LOS CONTENIDOS AUDIOVISUALES

Como sabemos, todos los servicios televisivos analizados en este libro son, jurídicamente, servicio público en sentido formal103, bien en régimen de gestión dir7. EL CONTROL DE LOS CONTENIDOS AUDIOVISUALES

Como sabemos, todos los servicios televisivos analizados en este libro son, jurídicamente, servicio público en sentido formal103, bien en régimen de gestión directa (RTVM), bien en régimen de gestión indirecta o concesión administrativa (televisión local, por cable y digital terrenal). Pues bien, en principio, el modo de lograr el cumplimiento de las normas sobre los contenidos ecta (RTVM), bien en régimen de gestión indirecta o concesión administrativa (televisión local, por cable y digital terrenal). Pues bien, en principio, el modo de lograr el cumplimiento de las normas sobre los contenidos audiovisuales, debería integrarse, lógicamente, en el característico sistema de control de esta especial técnica de intervención administrativa.

Las obligaciones concretas de los concesionarios privados del seraudiovisuales, debería integrarse, lógicamente, en el característico sistema de control de esta especial técnica de intervención administrativa.

Las obligaciones concretas de los concesionarios privados del servicio se contienen en los correspondientes pliegos de condiciones104. A efectos de lo que aquí interesa, esto es, de los contenidos audiovisuales, nada se añade en estos pliegos a lo ya previsto en la normativa general1vicio se contienen en los correspondientes pliegos de condiciones104. A efectos de lo que aquí interesa, esto es, de los contenidos audiovisuales, nada se añade en estos pliegos a lo ya previsto en la normativa general105. De esta forma, en la práctica el recurso a la técnica del servicio público se comprueba innecesario106, pues el control de estas obligaciones se verifica tan sólo mediante la técnica com&uacute05. De esta forma, en la práctica el recurso a la técnica del servicio público se comprueba innecesario106, pues el control de estas obligaciones se verifica tan sólo mediante la técnica común de la policía administrativa, concretada en la aplicación de sanciones económicas para los supuestos de infracción.

En relación con las empresas que gestionan directamente el servicio, esto es, RTVM y las em;n de la policía administrativa, concretada en la aplicación de sanciones económicas para los supuestos de infracción.

En relación con las empresas que gestionan directamente el servicio, esto es, RTVM y las emisoras municipales de televisión local por ondas, no existen pliegos de condiciones y la única técnica de control (aparte del recurso a los tribunales) parece ser también el ejercicio de la potestad sancionadora107107. Como comprobaremos, no hay aquí diferencias significativas entre los medios públicos y los privados, circunstancia esta que ha sido, y es, frecuentemente criticada108.

Entendido en sentido amplio (administrativo y sup>. Como comprobaremos, no hay aquí diferencias significativas entre los medios públicos y los privados, circunstancia esta que ha sido, y es, frecuentemente criticada108.

Entendido en sentido amplio (administrativo y judicial), el régimen de control del incumplimiento de la normativa sobre contenidos audiovisuales es enormemente confuso y heterogéneo. De entrada, se impone una sistematización y clarificación de todo este conjunto de njudicial), el régimen de control del incumplimiento de la normativa sobre contenidos audiovisuales es enormemente confuso y heterogéneo. De entrada, se impone una sistematización y clarificación de todo este conjunto de normas de control, que podemos agrupar, a los efectos que aquí interesan, en cuatro bloques:

  1. Contenidos de la Ley 25/1994

    Según el artículo 20 de la Ley 25/1994, la contravención de la normativa sobre publicidadormas de control, que podemos agrupar, a los efectos que aquí interesan, en cuatro bloques:

  2. Contenidos de la Ley 25/1994

    Según el artículo 20 de la Ley 25/1994, la contravención de la normativa sobre publicidad, televenta y patrocinio y sobre cuotas europeas es considerada infracción grave, sancionada con multa de hasta 50 millones de pesetas. Por su parte, según el artículo 19.2 de la misma Ley las Comunidades Autónomas ser&aa, televenta y patrocinio y sobre cuotas europeas es considerada infracción grave, sancionada con multa de hasta 50 millones de pesetas. Por su parte, según el artículo 19.2 de la misma Ley las Comunidades Autónomas serán competentes en “el control y la inspección para garantizar el cumplimiento [de esta normativa] y, en su caso, tramitarán los correspondientes procedimientos sancionadores e impondrán las oportunas sanciones en cute;n competentes en “el control y la inspección para garantizar el cumplimiento [de esta normativa] y, en su caso, tramitarán los correspondientes procedimientos sancionadores e impondrán las oportunas sanciones en relación con los servicios de televisión cuyos ámbitos de cobertura, cualquiera que sea el medio de transmisión empleado, no sobrepasen sus respectivos límites territoriales”, así como &#x201crelación con los servicios de televisión cuyos ámbitos de cobertura, cualquiera que sea el medio de transmisión empleado, no sobrepasen sus respectivos límites territoriales”, así como “en relación con los servicios de televisión cuya prestación se realice directamente por ellas o por entidades a las que hayan conferido un título habilitante”. Es decir, que la Comunidad de Madrid impone las s;en relación con los servicios de televisión cuya prestación se realice directamente por ellas o por entidades a las que hayan conferido un título habilitante”. Es decir, que la Comunidad de Madrid impone las sanciones en materia de publicidad, televenta, patrocinio y cuotas europeas en todos los servicios televisivos aquí estudiados, a saber, RTVM y las emisoras privadas de televisión local, por cable y digital terrenal que operan exclusivaanciones en materia de publicidad, televenta, patrocinio y cuotas europeas en todos los servicios televisivos aquí estudiados, a saber, RTVM y las...

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