Perfección de los contratos (art. 27 TRLCSP)

AutorDra. María Burzaco Samper
Cargo del AutorProfesora propia adjunta de Derecho Administrativo ICADE-Universidad Pontificia Comillas
Páginas84-84

Page 84

MOMENTO Regla general Con la formalización

Contratos subvencionados sujetos a regulación armonizada Conforme a la legislación que los rijan.

Obligación de notificar la formalización al órgano que otorgó la subvención.

LUGAR Se entenderán celebrados en el lugar donde se encuentre la sede del órgano de contratación, salvo que se indique otra cosa en su clausulado.

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