El contrato de clasificación del buque
Autor | Jaime Rodrigo de Larrucea |
Cargo del Autor | Abogado. Profesor de Derecho Marítimo (UPC, UPF) |
Páginas | 447-463 |
E L C ON T RA T O D E C LA S I F I C A C I ÓN D E L B U Q U E
Jaime Rodrigo de Larrucea
Abogado. Profesor de Derecho Marítimo (UPC, UPF)
Resumen: En el presente capitulo se analizan las actividades de las Sociedades de Cla-
sicación las especiales caractersticas de s actividad el contrato de clasicación del -
que como tipo contractual y el marco j urídico de las responsabilidades, entre las partes
armador clasicadora rente a terceros. simismo s responsailidad administrativa.
Clasicar es sinica asinar a n e na clase dentro del reistro de es
de cada sociedad de clasicación tras eectar las inspecciones reconocimientos e
les permitan asegurar que el buque está diseñado, construido, equipado y mantenido de
acuerdo con sus propias Reglas. La responsabilidad y funciones de las Sociedades de Clasi-
cación an sido eaminadas a la l de dos de los siniestros ms importantes de la isto-
ria: el caso E rik a (1999) y el caso Prestige (2002) y han sido un factor determinante en las
nevas eiencias de rior responsailidad a las empresas clasicadoras incorporadas
en el dereco comnitario aetes leales E . or ltimo se eaminan
los nevos roles atriidos a las sociedades de clasicación por la en las llamadas
Normas basadas en obj etivos (GBS).
alaras clave Contratos aveailidad ociedades de Clasicación nspecciones
Clasicación del e C ormas asadas en ojetivos Caso E Caso E-
E esponsailidad de las ociedades de Clasicación.
stract n tis capter te activities o te Classication ocieties te are eamined
te special caracteristics o its activit te contract or te classication o te vessel as
the contractual type and the legal framework of responsibilities, between the parties (ship
owner and class) and against third parties. Classifying ships means assigning a vessel a
class itin te reistr o sips o eac classication societ ater carrin ot te inspec-
tions and recognitions that allow them to assure that the vessel is designed, built, equip-
ped and maintained in accordance it its on les. e responsiilit and nctions o
te Classication ocieties ave een eamined in te lit o to o te most important
casualties in history: the Erika case (1999) and the Prestige case (2002) and have been a
determinin actor in te ne demands o rior and responsiilit to classication com-
panies, incorporated in community law (Legal packages ERIKA I, II and III). Finally, the
ne roles attrited to classication societies te are eamined in te socalled
Goal -Based Standards (GBS).
eords Contracts eaortiness Class ip rves Classication ctivit
C oal ased tandards e cases E and restie iailit o te Class.
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JAIME RODRIGO DE LARRUCEA
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1 . I N T ROD U C C I ÓN
Gran parte de los problemas prácticos del derecho marítimo se reducen a
cuestiones y aspectos ligados a la navegabilidad del buque (seaw orthisness)1.
Entendemos por navegabilidad del buque la aptitud del mismo para empren-
der la naveación con seridad en derecra. eslta na de las oliacio-
nes más importantes del armador2. a vericación de la misma el control
preventivo del buen estado técnico del buque se efectúa básicamente a través
de tres procedimientos:
1 El control del aellón Flag State Control): cada estado controla su
ota los estndares tcnicos si adems dispone de administración propia
los inspecciona spervisa en caso contrario delea ss nciones inspecto-
ras de control en las ociedades de Clasicación. Esto es atrie eectos
civiles a los certicados epedidos por las ociedades de Clasicación.
2º) El control del Estado del Puerto (Port State Control): con independen-
cia del paellón del e con apoos en el dereco internacional C-
2 el estado riereo e acoe al e etranjero se encentra lei-
timado para inspeccionar s en estado condición en la medida e si se
nde o contamina el dao lo prodce a dico estado
as ociedades de Clasicación entidades plicas o privadas e
mediante la “ clasicacin del uue de la asinación de n resltado de la
1 a naveailidad del e es n tema central clsico del dereco martimo ver
por todos en relación al concepto jrdico de aveailidad ss implicaciones avas
Garatea, M. en “ a naveailidad del uue en el dereco artio internacional Ed.
Servicio de Publicaciones Gobierno Vasco. Vitoria 2014.
2 Entre otros y con carácter meramente ilustrativo rtculo M aveaili-
dad del uue
l porteador cuidar de ue el uue se encuentre en el estado de naveailidad
adecuado para reciir el caraento a ordo y transportarlo con seuridad a destino
teniendo en cuenta las circunstancias previsiles del viaje proyectado sus ases y la na-
turalea del caraento contratado
l estado de naveailidad deer eistir en el oento de eprender el viaje o
cada uno de los viajes ue incluya el contrato n el oento de reciir el caraento a
ordo el uue deer allarse por lo enos en un estado ue lo aa capa de conser-
var las ercancas con seuridad
l porteador deer ejercer una diliencia raonale para antener el uue en el
estado de naveailidad adecuado durante el tiepo de viencia del contrato
anto en nestro dereco como en el anlosajón la prea de la deida diliencia
(due dilience) es la tenencia de los certicados en vior sin oservaciones.
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