Consideraciones previas

AutorCarmen Alba Gil
Páginas421-423

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A lo largo del presente Capítulo analizaremos un aspecto esencial dentro del tráfico inmobiliario, con unas peculiaridades propias, como es el relativo al régimen tributario al que ha de quedar sujeta aquella operación de transmisión de los inmuebles simultánea a la de una empresa. Nos estamos refiriendo concretamente a aquellas operaciones en las que es la empresa lo que se transmite, hallándose los inmuebles presentes en ella como un componente más, con mayor o menor peso específico dentro la misma según la clase de actividad desarrollada y composición de los activos y, por tanto, con diferente importancia dependiendo del papel que los inmuebles desempeñen en cada caso concreto.

Esta problemática se aborda directamente en el art.7 único artículo tanto de la normativa del ITPyAJD como del IVA (esto es, en la -regulación básica sobre la imposición indirecta del tráfico inmobiliario) en el que se hace alusión específica y expresa de los inmuebles incluidos en la transmisión del patrimonio empresarial.

Llama especialmente la atención el hecho de que no utilice la normativa del IVA ni tampoco la del ITPyAJD el término "empresa", a pesar de lo cual, el primero de los citados textos legales gira en torno a ella, mientras que el segundo ha de tenerla presente siempre, sobre todo como límite a su

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actuación. El término "empresa" es un término que diariamente está presente en nuestro entorno, ya que la empresa marca económica y socialmente la vida de cualquier país. Sin embargo, en el ámbito de los impuestos que estudiamos el legislador ha preferido utilizar otros términos dentro de los cuales queremos identificar concretamente a aquélla.

Efectivamente el art. 7.5 del TRLITPyAJD que vamos a estudiar no utiliza dicho término; sin embargo, emplea los vocablos "patrimonio empresarial". Por su parte la Ley 37/1992, a lo largo de su articulado (baste citar, como ejemplo, el art. 7.1), alude al "patrimonio empresarial o profesional". ¿Será que el "patrimonio empresarial o profesional" es un concepto diferente al término "empresa"?

En el Capítulo I del presente trabajo expusimos desde un punto de vista mercantil el concepto de empresario y como su significado usual derivado de aquel coincide con el del sujeto pasivo del IVA denominado con doble término "empresario o profesional", aunque reconocimos que presentaba peculiaridades propias que marcaban diferencias.

En el presente Capítulo queremos investigar el concepto de la empresa365a...

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