Consideraciones finales

AutorJosé Ignacio Cebreiro Núñez
Páginas197-209

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1.ª. El estudio de la evolución de la Administración periférica española de ámbito provincial pone de relieve que esta surge cuando el Estado moderno necesita disponer con fluidez de importantes recursos para atender a sus crecientes obligaciones. Nace, por tanto, como una Administración fiscal territorial que pretende incrementar la recaudación de los ingresos públicos, utilizar procedimientos eficaces para obtenerlos, distribuir la carga tributaria de forma más equitativa y llevar a cabo una eficaz gestión con los medios personales y materiales disponibles.

Esa incipiente Administración periférica fiscal aparece en la Corona de Castilla a finales del siglo XV y paulatinamente va a incrementar sus competencias. Su campo de actuación se llega a extender a otros sectores, como mantener el orden público o reclutar tropas.

Sin embargo, durante los siglos XVI y XVII se registran sustanciales cambios en la Administración provincial del Estado. Las diferentes reformas que se efectúan en la Administración central producen sus inevitables efectos en los órganos periféricos y estos no consiguen mantener una estructura estable.

2.ª. Las relevantes modificaciones que la dinastía borbónica introduce en la Administración afectan profundamente a todos sus niveles y tienen una especial incidencia en la Administración territorial. Se implanta entonces una nueva estructura orgánica periférica uniforme que llega a consolidarse en la mayor parte de las provincias españolas. Únicamente el reino de Navarra, las provincias vascas y la entonces provincia de las islas Canarias van a continuar manteniendo órganos de gobierno peculiares durante el siglo XVIII.

La Administración territorial de la nueva dinastía va a estar basada en una figura a la que se atribuye la condición de máxima autoridad civil de su demarcación y que tiene asignadas amplias competencias sobre relevantes mate-rias, como Justicia, Policía, Hacienda y Ejército. Se trata del intendente, alto

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funcionario con gran capacidad de decisión, que dirige la Administración provincial y es nombrado directamente por el rey, a propuesta de los secretarios de Estado y del Despacho.

Aunque en España se había utilizado esa misma denominación de intendente para designar algunos funcionarios, lo cierto es que sus competencias se limitaban siempre al ámbito de ciertas áreas de la Administración fiscal. Las características del intendente español del siglo XVIII tienen mayor semejanza con las del intendente francés, autoridad periférica designada por el rey que venía colaborando con éxito en la aplicación de la política centralizadora de Luis XIV.

La distribución del territorio español entre las distintas intendencias se llevó a cabo teniendo en cuenta la división provincial que existía en España durante la última época del reinado de Carlos II. Cada intendencia quedaba formada por una o varias de las provincias del último monarca austríaco.

La asunción de tan importantes atribuciones por los intendentes borbónicos despertó significativos recelos y suspicacias en las autoridades centrales y periféricas que habían controlado hasta entonces los resortes del poder en los ámbitos central y provincial. El Consejo de Castilla, máxima autoridad judicial y gubernativa con la dinastía austríaca, las Audiencias y Chancillerías, así como los corregidores, ofrecieron una fuerte resistencia a la implantación de los intendentes. Como consecuencia de ello, varias veces durante el siglo XVIII hubo que modificar su régimen jurídico, para tratar de coordinar el ejercicio de las funciones que los intendentes tenían encomendadas con las propias de otros órganos periféricos preexistentes.

Sin embargo, el sistema polisinodial o de Consejos que se había venido utilizando durante la dinastía austríaca no resultaba eficaz para atender las nuevas necesidades del Estado1. A lo largo del siglo XVIII vamos a asistir a una progresiva asunción por los secretarios de Estado y del Despacho de los asuntos gubernativos que hasta entonces habían estado encomendados a los Consejos2.

El Consejo de Castilla tuvo que ir adaptándose a esa nueva situación y centrarse en sus funciones judiciales. Los secretarios de Estado y del Despacho y sus representantes en las provincias, los intendentes, adquirieron cada vez más protagonismo y consiguieron establecer una Administración ágil y eficaz.

El intendente pasó a ser el jefe de la Administración civil de la provincia, dependía directamente del poder central, de quién recibía sus instrucciones, y mantenía una relación fluida con los secretarios de Estado y del Despacho.

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Los demás órganos gubernativos de su demarcación estaban sometidos a su autoridad.

Como señala Kamen, este nuevo órgano periférico se convirtió en el símbolo de los ideales traídos a España por la dinastía borbónica y sus consejeros3. Fue el instrumento idóneo para ejecutar con notoria eficiencia los proyectos reformistas de una Administración centralizada.

3.ª. Mientras dura la guerra de Sucesión los intendentes dedican una atención preferente a sus competencias en el área militar, con el fin de garantizar la retribución de las tropas y su adecuado aprovisionamiento.

Una vez conseguida la paz, se va a encomendar a los intendentes como tarea prioritaria mejorar la Administración fiscal. Se pretende entonces conseguir un incremento de los recursos que permitan al Estado realizar importantes inversiones y además agilizar la tramitación de los pagos que se deben llevar a cabo en las provincias.

Es en ese momento cuando el intendente José Patiño comienza a aplicar el Real Catastro en Cataluña para racionalizar la gestión tributaria. También se decide entonces que en cada intendencia haya un contador principal, configurado como el ministro más inmediato al intendente, y un pagador, tal como aparece reflejado en la Ordenanza de 1718.

Esa estructura básica de la Administración periférica fiscal se mantendrá a lo largo del siglo XVIII, aunque durante esta centuria varios titulares de la cartera de Hacienda van a ir introduciendo en ella las oportunas reformas para mejorar su eficacia. Después de diferentes intentos, cuando finaliza el siglo logrará el ministro Soler implantar la Administración única fiscal, que simplifica notoriamente la recaudación, mediante la llamada «reunión de rentas».

De entre las competencias que tenían asignadas los intendentes en el área de la Policía, eran de especial relevancia las relativas al mantenimiento de la seguridad ciudadana, al fomento de la agricultura, industria y comercio y a la promoción de obras públicas en su circunscripción.

El ejercicio de las atribuciones sobre seguridad ciudadana dio lugar a que surgieran en alguna demarcación ciertos conflictos con la máxima autoridad militar.

Las restantes funciones del ámbito de la Policía fueron desempeñadas por los intendentes con gran brillantez y eficacia, alcanzando notorios éxitos. Su colaboración fue decisiva para construir la red de «caminos reales», primeras carreteras pavimentadas desde los romanos, que comunicaban Madrid con las

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regiones periféricas4. También para realizar otras obras emblemáticas como los Canales de Castilla y de Aragón. Además contribuyeron a realizar el Catastro de Ensenada, a elaborar los censos de población y de forma muy especial a redactar durante el mandato de Floridablanca la excelente obra titulada España dividida en provincias e intendencias y subdividida en partidos, corregimientos, alcaldías mayores, gobiernos políticos y militares.

Fue en el área de la Justicia donde tuvieron que afrontar los intendentes mayores dificultades para poder desempeñar sus competencias. Los órganos judiciales periféricos preexistentes mostraron su disconformidad con la aparición de un nuevo órgano que alteraba su tradicional orden jerárquico y disminuía el protagonismo que habían tenido hasta entonces los corregidores de las ciudades.

El Consejo de...

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