Los Consejos Sociales y la financiación de la universidad, ¿una realidad?

AutorJavier Fernández Fernández
Páginas45-60
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LOS CONSEJOS SOCIALES Y LA
FINANCIACIÓN DE LA UNIVERSIDAD,
¿UNA REALIDAD?
CAPÍTULO
1. LOS CONSEJOS SOCIALES Y SU PROMOCIÓN
DE LA COLABORACIÓN DE LA SOCIEDAD
EN LA FINANCIACIÓN DE LA UNIVERSIDAD:
UN ESTUDIO EMPÍRICO
Tomamos en consideración la figura de los Consejos Sociales, dedicando una especial atención
al análisis comparativo de dos autonomías que guardan entre sí, al mismo tiempo, similitudes y
también grandes diferencias, como son Castilla y León y Madrid. Esta fue en un principio nues-
tra intención, pues deseábamos centrarnos en estudiar la problemática de las universidades
públicas de estas dos comunidades, debido a que desde un punto de vista objetivo, algunos de
sus datos significativos son perfectamente comparables, incluso cuentan con un número seme-
jante de universidades públicas, pues Castilla y León tiene cuatro y la Comunidad de Madrid,
seis. Además, dos de las universidades históricas de España se encuentran precisamente en
esas dos comunidades: la Universidad de Salamanca y la Universidad Complutense de Madrid.
Del mismo modo, ambas comunidades autónomas cuentan en sus respectivos territorios con las
dos universidades públicas de más reciente fundación: por parte de la Comunidad de Madrid,
la Universidad Rey Juan Carlos, creada en 1996, es la más joven de España; y dos años antes,
en 1994, se había fundado en Castilla y León la Universidad de Burgos.
En cuanto a la tasa neta de escolarización en educación universitaria, ambas comunidades
autónomas aparecen en los primeros lugares, encabezados por la Comunidad de Madrid,
seguida de Castilla y León, en el porcentaje de estudiantes universitarios, según datos provisio-
nales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (2013, pág. 10), y también son similares en
ambas comunidades autónomas las tasas de variación de los estudiantes egresados de Grado,
1.er y 2.º ciclo por comunidades autónomas en los cursos 2001-2002 y 2011-2012. En el devenir
de esta investigación ampliamos el estudio a otras comunidades autónomas, con el fin de que
los resultados no solamente tuvieran carácter exploratorio. Parafraseando a Latorre (1964, pág.
9), «los problemas que el tema plantea son tan complejos y variados que sería imposible, al
menos para mí, abarcarlos en su totalidad. Me he limitado por ello a aquellos aspectos que
me han parecido de más interés general, lo que no significa que otros aquí omitidos carezcan
© 2018: Instituto Nacional de Administración Pública, Javier Fernández Fernández, McGraw-Hill Education.
Financiación de la universidad pública en tiempos de crisis. Los Consejos Sociales
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de importancia, pero toda selección supone siempre un margen de arbitrio personal que es
difícil de eludir».
No obstante, incidimos con profusión en la recopilación de datos de otros Consejos Socia-
les con el fin de constituir un abanico más amplio e interpretativo de la realidad de estos
órganos de participación de la sociedad en la universidad. Sin pretender una generalización
o extrapolación al resto, sí tener una visión profunda de una problemática que viene siendo
común a todos los Consejos Sociales desde que fueron creados por la Ley de Reforma Uni-
versitaria de 1983.
Tendríamos en primer lugar que preguntarnos si realmente los Consejos Sociales están
comprometidos con el cumplimiento de esta competencia que la legislación establece con
claridad, referente a la captación de recursos para la universidad. Tras la lectura de alguno
de los informes publicados por la propia Conferencia de Consejos Sociales, la respuesta es
claramente negativa; una prueba nítida de esta afirmación la podemos encontrar precisa-
mente en uno de estos informes (Conferencia de Consejos Sociales, 2010, págs. 23-24), en
el que se reclama un mayor protagonismo para los Consejos Sociales en las fases de apro-
bación y seguimiento de los convenios de financiación entre las distintas universidades y sus
Gobiernos autonómicos, pero en el que no mencionan su competencia en la búsqueda de
esta financiación.
Del mismo modo, parece razonable la demanda de los Consejos Sociales (Conferencia de
Consejos Sociales, 2011, pág. 19) de reclamar unos adecuados flujos de comunicación con la
estructura universitaria en el acceso a la información para que puedan tener a su disposición
los medios necesarios que garanticen el ejercicio de sus competencias de un modo efectivo y
no meramente nominal.
En este sentido, es interesante la iniciativa del Consejo Social de la Universitat Jaume I de
Castellón y del equipo de gobierno de esta universidad, quienes han mantenido una reunión
para tratar de analizar los acondicionamientos y criterios previos para la elaboración del
presupuesto de la universidad pública para el año 2015 (elperiodic.com, 2014). No obstante,
sorprende que sea noticia que el presidente de la Comisión Económica del Consejo Social de
la Universidad Complutense de Madrid haya asistido por vez primera a las reuniones delibe-
ratorias de la Junta de Gobierno de la Universidad, relativas al presupuesto de esta, pues su
presencia ha sido muy útil al Consejo Social porque ello le ha permitido disponer de una com-
pleta información de todo el proceso de elaboración y aprobación de los presupuestos de la
universidad (Consejo Social de la Universidad Complutense de Madrid, 1998a, pág. 21).
En esta misma línea, el presidente de la Comisión de Auditoría del Consejo Social de la
UCLM planteó la necesidad de mantener durante el próximo año reuniones con los respon-
sables económicos de la universidad antes de que se elaboren los presupuestos del ejercicio
siguiente para poder establecer de común acuerdo los criterios de elaboración del presupuesto
(Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, 2015, pág. 160).
Además de ello, en reuniones del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha
(2014, págs. 74-75 y 2013, págs. 58 y 83) se ha manifestado en numerosas ocasiones, que
«no puede aprobarse ningún documento de Liquidación presupuestaria de la UCLM que no
sea puesto a disposición de los consejeros en el tiempo y forma establecidos», petición
© 2018: Instituto Nacional de Administración Pública, Javier Fernández Fernández, McGraw-Hill Education.

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