¿Qué consecuencias produce la promesa de matrimonio?

AutorMª Begoña Fernández González
Cargo del AutorDoctora en Derecho. Universidad San Pablo-CEU

A esta promesa formal de futuro matrimonio se la denomina también esponsales. El problema que se plantea es que cuando dos personas deciden comprometerse y fijan una fecha para su boda, ¿qué ocurre si finalmente el matrimonio no se celebra?.

Es evidente que la promesa de matrimonio no produce la obligación de contraerlo por parte de los novios, cualquiera de ellos puede "arrepentirse" y decidir la ruptura del compromiso.

Sin embargo, cuestión diferente es si debido a los planes de ambos se hubieran realizado una serie de gastos, supuesto que es lo normal y que cualquier boda origina. Es lógico que se haya adquirido un piso destinado a servir de hogar conyugal o se haya pagado una parte del convite o las invitaciones de boda.

En estos casos, el incumplimiento de la promesa de matrimonio producirá la obligación de indemnizar a la otra parte de los gastos hechos y las deudas contraídas debido al matrimonio que se proyectaba.

Ahora bien, el incumplimiento debe ser por causa injustificada y la promesa de matrimonio tuvo que ser formulada por persona capaz mayor de edad o emancipada (a partir de los dieciséis años). No es posible reclamar gastos si el matrimonio no se celebra debido a causas ajenas a la voluntad de cualquiera de los futuros contrayentes o bien si nunca hubo una propuesta formal de matrimonio por parte de uno de ellos.

En cualquier caso, la ley lo único que admite es...

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