Consecuencias jurídicas en el ordenamiento jurídico español de la inseminación con el esperma equivocado desde una perspectiva de género

AutorLucía Aparicio Chofré
Páginas360-360
RESÚMENES DE LAS COMUNICACIONES-BIOÉTICA Y DERECHO
CUADERNOS DE BIOÉTICA. 2019; 30(100): 331-391
360
CONSECUENCIAS JURÍDICAS EN EL
ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL DE LA
INSEMINACIÓN CON EL ESPERMA EQUIVOCADO
DESDE UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO
LUCÍA APARICIO CHOFRÉ
Lucia.Aparicio@uv.es
1. Introducción
En la presente comunicación se analizará, desde una
perspectiva de género, las consecuencias jurídicas que el
ordenamiento jurídico español ha determinado, en una
reciente sentencia de su más alto tribunal, ante una ne-
gligencia en un caso de inseminación artificial homóloga
con el esperma de un tercero.
2. Material y Métodos
Para ello se realizará un exhaustivo análisis tanto, del
caso de Tania Cristina Guiterrez Campos-Herrero contra
el Instituto Canario de Infertilidad S.L.P en sus sucesivas
instancias judiciales, (STS 67/2017, 11/01/2017, SAP de las
Palmas de Gran Canaria 951/2016, 16/05/2016, y S1I nº 11
de las Palmas de Gran Canaria 1234/2010, 27/03/13), como
de la bibliografía científica relativa a la responsabilidad
por daños que se pueden derivar en las técnica de repro-
ducción asistida tanto nacional como internacional.
3. Resultados y Discusión
De este análisis se pueden deducir las trágicas con-
secuencias familiares, sociales, morales y patrimoniales
que estas negligencias médicas pueden causar en este
tipo de técnicas en especial para las mujeres. Y como
cualquier tipo de indemnización por daños morales o
patrimoniales que se establezca no alcanza a suplir el
importante daño causado y la especial vulnerabilidad
que genera en las mujeres y los menores.
También se discutirá sobre la condición filosófica
que los bebés adquieren en este tipo de técnicas y las
trágicas consecuencias que se derivan en algunos casos
excepcionales como el presente pero que desgraciada-
mente con la generalización de estas técnicas son más
habituales de lo deseable.
4. Conclusiones
A modo de conclusión se propone una modifica-
ción tanto de los protocolos médicos, en especial del
consentimiento informado, a seguir en este tipo de
técnicas, así como una posible reforma del artículo 8,
relativo a la determinación legal de la filiación, de la
Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de repro-
ducción humana asistida.

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