La conoscenza della Legge nel Diritto e nella mótale

AutorLa Redacción
Páginas655-656

CARLO ESPOSITO: La conoscenza della Legge nel Diritto e nella mótale. (El conocimiento de la Ley en el Derecho y en la moral.)

Se trata de una comunicación leída al Congreso nacional de Filosofía, celebrado en Padua (1934), que plantea el célebre problema que nosotros llamamos de la ignorancia de la Ley, en otros tiempos discutido, sobré todo por los teólogos, después especialmente por los juristas y .últimamente en ,las monografías de Binding, Beck, Weiz, Hippel, Dohna, Weinberger, Sauer, Leví, Frosali (y los españoles Costa, Dorado Montero, etc.).

Antes se distinguía entre ignorancia del Derecho divino, natural y humano; entre principios generalísimos y menos generales de la ética: entre ignorancia vencible e invencible, supina, crasa y afectada; entre disposiciones sancionadas con pena correccional o vindicativa y sobre estas distinciones se centraba la solución.

Hoy más bien se distingue la ignorancia de las leyes que disciplinan el comportamiento, de la ignorancia de las leyes que cualifican las circunstancias, los elementos y los presupuestos de la conducta; o entre leyes ¿penales o no; o entre la ignorancia,de que el acto se halla sancionado o de que sea ilegal, inmoral, dañoso o antisocial; aunque la incógnita no se refiere al problema de la vida espiritual (el conocimiento de lo justo y de lo injusto, ¿es un presupuesto de la justicia o de la injusticia de nuestras acciones?) , sino que se busca la construcción dogmática del tratamiento en el Derecho positivo.

Con valiosos precedentes romanos, el principio de que la ignorancia no excusa ha pasado a muchos ordenamientos (v. el art. 2.° de nuestro Código civil), pero hoy no se aplica a la letra, y más bien se subordina al espíritu y motivación de la ley violada, ya para demostrar que falta alguno de los requisitos por la misma exigidos, ya para admitir los efectos de la ignorancia sobre los negocios jurídicos o sobre la existencia del delito (no hay hurto lo mismo si confundo mi sombrero con otro que si retengo como propia la cosa ajena por ignorarlas reglas del caso).

Aun en el Derecho penal, donde el principio tiene su campo propio, se duda de si el error sobre las exclusiones de la antijuridicidad es o no excusable.

En la literatura moderna se hacen valer a favor de la excusa varios argumentos: quien no conoce la Ley no puede desobedecerla; si la LeyPage 655 trata dirigir la voluntad, supone que el agente la conozca; si el entender y querer son las bases del obrar, el conocimiento...

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