Conclusiones y propuestas

AutorMonserrate Rodríguez Egío
Páginas241-254
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CONCLUSIONES Y PROPUESTAS
Los elementos más importantes de una sociedad son las personas que
la conforman. Por ello, resulta prioritario asegurarles un ambiente la-
boral seguro y saludable desde el punto de vista físico y mental durante
toda su vida laboral, lo que, además, permitirá que alcancen un enve-
jecimiento activo y en condiciones favorables. La salud de la persona
que trabaja es un requisito previo esencial para asegurar los ingresos
familiares, pero también para lograr un adecuado nivel de producti-
vidad y, en def‌initiva, para el desarrollo económico, además de ser un
indicador del estado general de salud de la población. Ciertamente, el
déf‌icit de salud de quien trabaja por cuenta ajena o por cuenta propia
no solo tiene consecuencias negativas para quien lo sufre y su entorno,
sino también para la sociedad, que deberá hacer frente a las conse-
cuencias negativas de tener una generación enferma y con una capaci-
dad de trabajo mermada.
La LETA, como Ley ‘marco’ que regula del Estatuto Jurídico del Tra-
bajo Autónomo, aspira a ordenar los elementos conf‌iguradores del
concepto de trabajo autónomo con la f‌inalidad de incluir dentro del
mismo las diferentes modalidades de trabajo de esta naturaleza, con-
tribuyendo a una mayor seguridad jurídica y facilitando su diferencia-
ción respecto del trabajo dependiente, asalariado o por cuenta ajena.
Sin embargo, en realidad, la regulación que contiene la LETA en mate-
ria de prevención de riesgos laborales, fundamentalmente, responde a
una recopilación de derechos y obligaciones ya contemplados en otras
normas, con escasas novedades, lo que podría calif‌icarse como ‘una
operación de cierto maquillaje’, habida cuenta de los escasos avances
alcanzados. Por otro lado, la conf‌iguración del concepto de trabajo
autónomo ex art. 1.1 LETA plantea relevantes interrogantes en torno
al requisito de la edad, la habitualidad y la regulación del trabajo au-
tónomo a tiempo parcial que se suponen un obstáculo a la pretendida
seguridad jurídica.

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