Conclusiones generales

AutorIrene Belmonte Martín
Páginas221-228

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Esta investigación analiza una estrategia concreta de modernización administrativa en el ámbito de la gestión tributaria local. En particular, se ha realizado un análisis de caso del organismo autónomo de la Diputación Provincial de Alicante, Suma Gestión Tributaria. Es por ello por lo que seguidamente se exponen las principales conclusiones en estas dos direcciones.

Sobre el estudio de la modernización administrativa de la gestión tributaria local en España se formulan las siguientes conclusiones:

PRIMERA. Dado que nuestro entorno se caracteriza por estar inmerso en una "sociedad líquida" en la que las personas están mejor informadas y demandan más y mejores servicios, las Administraciones públicas, en general, y la Administración tributaria, en particular, deben ganar en eficiencia, y reformar su configuración estructural, sus políticas de personal y sus procesos de gestión. No resulta admisible una reducción a los mínimos inefectivos en aplicación de recetas doctrinarias o paradigmas modernizadores. Por tanto, una Administración pública que funcione correctamente no ha de considerarse como el resultado de algo deseable o, incluso, de un deber público, sino como un derecho de la ciudadanía.

SEGUNDA. Los municipios juegan un papel fundamental en el desarrollo y en el mantenimiento del Estado de bienestar, por la propia aplicación del principio de proximidad y de cercanía a la ciudadanía. Es por ello, que resulta de vital importancia maximizar la eficacia de los ingresos públicos locales, ante un panorama en el que las necesidades de gasto público crecen incesantemente.

TERCERA. El adecuado desarrollo de la gestión tributaria local es fundamental para los gobiernos locales, en la medida que los tributos propios constituyen, junto con la participación en los ingresos del Estado, su principal fuente de financiación.

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CUARTA. En particular y desglosando los ingresos más relevantes para los ayuntamientos, estos provienen de la recaudación por el IBI, de las transferencias corrientes de la Administración General del Estado, del resto de impuestos directos, y de las tasas por prestaciones de servicios públicos, o por la realización de actividades, o por la utilización privativa, o por el aprovechamiento del dominio público.

CUARTA. Además, debe destacarse el papel preponderante del IBI en el sistema tributario local. Por ello, se debe tomar en especial consideración todo lo referente a su gestión tributaria, en la que se encuentran involucradas varias Administraciones públicas, y las medidas para evitar el fraude o su evasión.

QUINTA. Por otro lado, la gestión tributaria local es una actividad altamente compleja dado el cambiante y variado marco legal que la sustenta, la variedad de Administraciones públicas y organizaciones implicadas, las garantías que se asocian a la delicada información personal que se maneja sobre los contribuyentes, la dificultad para encontrar y mantener un personal cualificado y actualizado en la materia, el sofisticado entramado tecnológico para optimizar el tratamiento de los datos, y las necesidades económicas y financieras de los municipios. Si a lo antedicho se añade que la gestión tributaria y la recaudación en España se realizan en un marco caracterizado por el inframunicipa-lismo, la heterogeneidad municipal y la fragmentación administrativa incrementan, aún más, las dificultades propias para su gestión.

SEXTA. Parece conveniente, y así lo contempla la legislación local, establecer unos mecanismos de coordinación intermunicipal para la generación de economías de escala y el desarrollo de las sinergias tributarias. Estos mecanismos se concretan en la delegación de las competencias tributarias locales, de reconocimiento constitucional, en organizaciones supramunicipales, a saber: a) en la propia diputación (o comunidad autónoma uniprovincial), o b) en una empresa externa colaboradora.

A su vez, la Diputación Provincial o comunidad autónoma uniprovincial pueden realizar el servicio de gestión tributaria y recaudación conforme a tres alternativas, que se pueden combinar entre ellas: a) instaurando un Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación de la propia Diputación Provincial (lo que hemos denominado, servicio público centralizado); b) mediante la creación de un organismo autónomo ad hoc, y c) mediante la externalización del servicio a través de un contrato con una empresa colaboradora.

SÉPTIMA. El diagnóstico del panorama de la gestión tributaria local ha...

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