Conclusiones

AutorJoan Manel Gutiérrez I Albentosa
Cargo del AutorDoctor en Derecho
Páginas89-95
89
Conclusiones
RESUMEN DE LA INVESTIGACIÓN. Hay dos sentimientos
que impregnan esta obra una vez nalizada: satisfacción y decepción. Satis-
facción, porque, hemos podido conseguir la nalidad que nos propusimos
en la introducción (dar respuesta al problema enunciado también en dicha
introducción, que es la falta de presencia activa del principio del interés del
menor en la normativa penitenciaria reguladora de las Unidades de ma-
dres); hemos dado respuesta al problema a través de describir diversas con-
clusiones en cada epígrafe y, sobre todo, mediante las diferentes propuestas
«de lege ferenda» y «de lege lata» que describimos en este apartado de «Con-
clusiones». Dichas propuestas las hemos formulado a la luz del principio del
interés del menor, según la concepción de dicho principio que se desprende
de la normativa catalana, ex Libro II CCC, y de la jurisprudencia surgida
del TSJC.
Decepción, porque, conrmando la hipótesis de trabajo, hemos cons-
tatado que la normativa penitenciaria parece desconocer los avances pro-
ducidos en el ámbito de la protección de menores, avances conseguidos a
través del principio del interés superior del menor, a partir de la CDN, en
1989, principalmente; y, desde esta perspectiva, hemos de armar que la
FGE tenía razón en el año 1990 y, por desgracia, continúa teniendo razón,
cuando expresaba que: «Con esta ley264 sin embargo, no se ha cerrado el círculo
de protección a la infancia, pues quedan partes residuales de ésta escasamente
264 Se reere a la entonces vigente Ley 21/1987,de 11 de noviembre, por la que se mo-
dicaba el CC, otorgando poderes a la administración para resolver sobre la tutela
de niños en situación de desamparo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR