Conclusiones

AutorJosé Joaquín Fernández Alles
Cargo del AutorProfesor Titular de Universidad. Universidad de Cádiz
Páginas183-186

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Cuando, al inicio de la Legislatura 2015-2019 del Parlamento Europeo, la Comisión de la UE publicó el Informe Anual de 2014, sobre la subsidiariedad y la proporcionalidad180, complementario del Informe Anual de 2014 de la Comisión sobre las relaciones con los Parlamentos nacionales, la UE estaba haciendo el primer balance del sistema interparlamentario europeo, que correspondía al último año de la primera legislatura europea verdaderamente interparlamentaria (2009-2014). Desde entonces, las relaciones interparlamentarias forman parte esencial del contenido constitucional de todo Estado integrado en la UE. Como conjunto de elementos que articulan las relaciones de cooperación, decisión y control entre las cámaras legislativas de los Estados miembros (Parlamento Europeo, Parlamento del Estado y Parlamento regional o autonómico), la integración constitucional de los poderes legislativos en el sistema interparlamentario europeo se concreta en la cooperación interparlamentaria, el control de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, la evaluación de la ténica legislativa o la participación en las fases descendentes y ascendentes de la toma decisiones, aunque también en actividades complementarias como la Semana Parlamentaria Europea, con

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su Conferencia Interparlamentaria sobre gobernanza econó-mica, basada en el artículo 13 del Pacto Presupuestario, o la Conferencia Interparlamentaria para la política exterior y de seguridad común y la política común de seguridad y defensa (PESC/PCSD).

En ese año de elecciones europeas (2014), cuya actividad interparlamentaria se materializó en los dos infomes publicados en 2015, se habían activado dos "tarjetas amarillas" por el sistema interparlamentario europeo, entre las que merece un especial análisis la segunda de la historia del sistema europeo de control de la subsidiariedad, de 2013, referida a la Propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la creación de la Fiscalía Europea. Destinada a garantizar que los casos de presunto fraude contra el presupuesto de la UE sean objeto de seguimiento en los Estados miembros a fin de que estos delitos sean perseguidos y llevados ante la justicia, esta Propuesta había dado lugar en 2013 a veinte dictámenes de los Parlamentos nacionales enviados a la Comisión, (trece de ellos motivados)181, y a diez dictámenes en 2014. La mayoría de ellos expresaban su descontento con la decisión de la Comisión de mantener la propuesta, expuesta en...

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