Conclusiones

AutorAbraham Martínez Alcañiz
Páginas283-285

Page 283

La evolución del derecho internacional ha determinado que las clásicas figuras de la injerencia o intervención humanitaria hayan caído en desuso, al suponer una intrusión en los asuntos internos del estado, por lo que han sido sustituidas por el concepto de responsabilidad de proteger, el cual pone su centro de atención en el estado y la responsabilidad que tiene de proteger a su población civil, principalmente, respecto de la comisión de crímenes internacionales, a fin de que no se lesionen sus derechos humanos. En caso de que el estado no pueda o quiera hacer frente a esta obligación de proteger, que incluye asimismo el deber de investigar y perseguir los crímenes cometidos en su territorio, la comunidad internacional podrá intervenir de diversas formas, ya sea mediante la asistencia, cooperación y ayuda al estado, o bien a través de la justicia penal internacional, herramienta que sirve para prevenir la comisión de actos inhumanos satisfaciéndose así el concepto de responsabilidad de proteger.

La justicia penal internacional en sus primeros momentos fue vista como una justicia de vencedores, a la vista de las irregularidades cometidas y del hecho de que solamente se juzgaban los crímenes cometidos por la parte vencida. Ahora bien, con el inexorable transcurso del tiempo y las modificaciones acaecidas en esta rama del derecho podemos sostener que la nueva justicia penal internacional ya no es una justicia de vencedores, aun con las grandes deficiencias que pueda contener la misma.

Page 284

Esta justicia se utiliza como ultima ratio y bajo el principio de complementariedad, es decir, el estado es el actor principal en investigar y reprimir los crímenes cometidos en su territorio y cuando éste no pueda o no quiera juzgarlos podrá actuar aquélla. Sea como fuere, tanto el concepto de responsabilidad de proteger como la justicia penal internacional sirven al mantenimiento del orden internacional, al cual pertenecen los derechos humanos, pero lo hacen de manera distinta. La justica penal internacional lo hará mediante procesos penales contra personas físicas, respetando las garantías penales esenciales del derecho internacional, y el concepto de responsabilidad de proteger lo hará mediante la prevención de crímenes internacionales por parte del estado. En definitiva, el primero se centra en el individuo y el segundo en el estado. Si bien es cierto que la creación de tribunales ad hoc y de la CPI han servido como disuasión a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR