Conclusiones

AutorCristina Guzmán Pérez
Cargo del AutorUniversidad Pontificia Comillas
Páginas174-177

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A modo de conclusión general, señalamos, a continuación, las principales constantes que aparecen en las 140 Sentencias (inéditas)147de la Rota Romana sobre nulidad matrimonial por exclusión de la prole, aun cuando no hayan sido tratadas directamente en un apartado específico de esta investigación:

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  1. Abrumadora mayoría de causas italianas: 122 frente a 18 de otros países, entre los que figuran Brasil, Estados Unidos, Polonia, Argelia, Francia, Colombia, Irlanda, Alemania, Eslovaquia, Líbano y Malta. Esto supone el 87% de las causas. También hay muy pocos matrimonios en el que los cónyuges pertenecen a países diferentes.

  2. Notable la frecuencia de las causas en las que la sentencia de 1ª Instancia es negativa y la de 2ª Instancia es afirmativa. Si la de primera instancia es afirmativa, lo más frecuente es que los tribunales de 2ª instancia no concedan la confirmación de la Sentencia de 1ª Instancia, sino que la pasen a proceso ordinario.

  3. Ligera superioridad el número de sentencias a favor de la nulidad por exclusión del bonum prolis. El porcentaje exacto de las sentencias a favor, supera el 57%148.

  4. Larga duración de los procesos de nulidad. El más corto contabilizado es de cuatro años desde que se comienza en el Tribunal Diocesano. El más largo llega a veintiséis años.

  5. En el in iure, entre los textos legales (y doctrinales) es muy frecuente citar, además de los cánones (1055, 1056, 1057 y 1101), la Constitución Gaudium et Spes y la Exhortación Apostólica Familiaris Consortio.

  6. Constante mención en el in iure de la distinción entre el derecho y el uso o ejercicio del derecho, al examinar la exclusión de la prole por los contrayentes para determinar, posteriormente, si la exclusión fue absoluta y/o perpetua o solamente temporal.

  7. Frecuente invocación conjunta, como capítulos de nulidad, de la exclusión de la indisolubilidad y de la prole y análisis en el in iure y los in facto de la relación entre estos dos posibles capítulos de nulidad, bien porque se entienda que la razón para evitar la prole puede ser no causar a los hijos el daño de la carencia de uno de los cónyuges, o bien porque se evitan para que los hijos no sean obstáculo para recuperar

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    la libertad si las cosas van mal149. Hemos encontrado 17 sentencias afirmativas por ambos capítulos

  8. Insistente exigencia de un acto positivo de voluntad excluyente de la prole e insistencia en que no basta para probar la nulidad las meras ideas, opiniones...

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