Conclusiones

AutorCésar J. Viana López
Páginas170-170

Page 170

La institución de la mediación se debe configurar como un instrumento más al que las partes, sujetos de un conflicto laboral y auténticos protagonistas del proceso negocial, pueden acudir cuando en la negociación directa, sin intervención de un tercero, se encuentra dificultades que les impidan alcanzar el acuerdo.

Debe ponerse de manifiesto que la mediación no debe suplir la autocomposición de los conflictos laborales por los propios sujetos protagonistas de los mismos. En este sentido, no debe considerarse nunca como un fin en sí misma, sino como un instrumento de ayuda a las partes, y como tal debe ser percibido por éstas.

Para que la mediación tenga este carácter se precisa que las instituciones que la...

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