Conclusiones

AutorGloria Marín Benítez
Páginas121-126

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  1. La doctrina del business purpose en los países anglosajones surge como una técnica para reaccionar contra la elusión fiscal. Acompaña así a otras doctrinas (substance over form, step transactions, sham transactions, economic substance) que, aunque comparten con el business purpose su finalidad anti-elusoria, pueden diferenciarse de ésta desde un punto de vista dogmático.

    El principio de la substance over form pretende que la naturaleza de las operaciones prevalezca sobre su forma jurídica. La doctrina de la step o composite transactions postula la calificación conjunta de distintos negocios formalmente independientes cuando existe un plan preconcebido de llevarlos a cabo todos y en un orden determinado para conseguir un determinado resultado. Y la expresión tax sham suele referirse a operaciones simuladas en el sentido de operaciones no reales.

    Estas tres doctrinas se enmarcan, por tanto, dentro de la actividad calificadora del aplicador del Derecho, en el sentido de que como resultado de su aplicación puede llegar a concluirse que los negocios y actos jurídicos realizados por el contribuyente no deben subsumirse en el supuesto de hecho de la norma tributaria

  2. A diferencia de las anteriores, la doctrina de la sustancia económica, elaborada por los circuitos federales en los EE.UU. a raíz de las afirmaciones del Tribunal Supremo estadounidense en Frank Lyon,

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    no se enmarca dentro de la actividad calificadora del aplicador del Derecho. En esta doctrina, los actos o negocios jurídicos realizados por el contribuyente deben subsumirse en el supuesto de hecho de la norma tributaria y si ésta no despliega los efectos que se anudan a tal presupuesto es porque las operaciones realizadas no superan determinados umbrales de legitimidad que son extraños a la propia norma aplicada: (i) existencia de un cambio sustancial en la posición del contribuyente sin tomar en consideración los efectos fiscales de las operaciones realizadas (parte objetiva o real del análisis de la sustancia económica, o economic substance test en sentido estricto), y (ii) existencia de un motivo válido no fiscal que justifique las actuaciones realizadas (parte subjetiva o intencional del análisis o business purpose test).

    En algunos casos estos dos umbrales se exigen de forma cumulativa; en otros, disyuntiva. La exigencia cumulativa de ambos umbrales de legitimidad significa que la sola motivación fiscal de la conducta lleva aparejada una tacha de antijuridicidad a efectos fiscales. Por el contrario, cuando la aplicación es disyuntiva, una vez que se ha establecido la existencia de un motivo económico (distinto del fiscal) el tratamiento fiscal aplicado no puede ser cuestionado y la ausencia de un motivo económico válido...

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