Conclusiones

AutorNuria Rodríguez Camacho
Páginas89-92

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Primera. La adhesión al recurso de apelación civil es una institución procesal que tiene como objetivo fundamental conceder a aquel apelado que no pudo o no quiso interponer su recurso de apelación en el momento procesal oportuno.(en el trámite de interposición del recurso de apelación) una oportunidad de impugnar, de manera autónoma, aquellos pronunciamientos de la sentencia que le sean perjudiciales, aprovechando la interposición del recurso de la contraparte, esto es, del apelante inicial.

Segunda. En la redacción actual de la.LEC se prescinde de la expresión de adhesión a la apelación por considerarla generadora de equívocos, y se sustituye por el término. «impugnación a la sentencia». A pesar de este cambio terminológico, esta institución conserva su régimen jurídico, así como pleno alcance y vigencia. A nuestro juicio, expresa mejor el fundamento y el objetivo de esta institución la expresión de adhesión a la apelación, por lo que consideramos que debería mantenerse en el articulado de la.LEC. No obstante, consideramos que es indiferente la expresión emplea-

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da para definir a esta institución si resulta inequívoco que la voluntad del apelado es la impugnar unos determinados pronunciamientos de una sentencia que, en parte, le es per-judicial una vez se le dio traslado del escrito de interposición del recurso de apelación del apelante inicial.

Tercera. La adhesión al recurso de apelación civil presenta tres destacables problemas prácticos que, lejos de solucionarse por la doctrina y la jurisprudencia, se han complicado hasta límites insospechados a raíz, sobre todo, de una falta de uniformidad al respecto por parte de nuestros tribunales. Así, existen soluciones dispares sobre los problemas señalados, lo que crea una innegable inseguridad jurídica. A esta situación ha contribuido, también, la doctrina, al no manifestarse ni ahondar al respecto de estos supuestos controvertidos y, por ende, al no señalar cuál debería ser la interpretación del artículo 461 de la.LEC.

Cuarta: El primer supuesto controvertido consiste en determinar si es jurídicamente aceptable permitir que el apelante inicial, una vez ha interpuesto su recurso y no se ha personado en el plazo oportuno, pueda impugnar la resolución mediante la apelación adhesiva. Al respecto, tanto el.Tribunal.Supremo como las.Audiencias.Provinciales, de manera prácticamente unánime, concluyen la improcedencia de esta adhesión. A pesar de ello, el.Tribunal.Supremo ha...

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