Conclusión: otra vez el artículo 12 de la Convención

AutorMiguel Angel Ramiro Avilés
Cargo del AutorInstituto de Derechos Humanos 'Bartolomé de las Casas', Universidad Carlos III de Madrid
Páginas305-306

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En líneas generales puede afirmarse que el principio de radicación que se incluye en la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, es coherente con las previsiones de la Convención sobre los Derechos de las Personas

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con Discapacidad que hacen referencia a la institucionalización. No obstante, es preciso subrayar la necesidad de hacer algunos cambios en la Ley 39/2006, para que exista un mejor ajuste con la Convención. Tal y como se ha destacado, la obligación del artículo 12 de la Convención exige la modificación del artículo 4, y de la legislación civil básica, para que la persona en situación de dependencia por razón de una discapacidad pueda, entre otras cosas, (i) decidir sobre la tutela de su persona y bienes, en caso de la pérdida de su capacidad de autogobierno, (ii) el ejercicio pleno de sus derechos jurisdiccionales en el caso...

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