Concesión de licencias de obras en suelo urbano no consolidado en la Recta da Anchoa. Fisterra (La Coruña)

AutorAntonio Ramos Medrano, Jose - Ramos Díez, Francisco Javier
Cargo del AutorLicenciado en Ciencias Ambientales
Páginas207-208

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ASUNTO: Concesión de licencias de obras en suelo urbano no consolidado en la Recta da Anchoa. Fisterra (La Coruña)

SENTENCIA: STSJ de Galicia, de 18 y 25 de noviembre, 2 de diciembre de 2010, 10 de febrero y 19 de mayo de 2011.

RECURRENTE: Xunta de Galicia

La situación de ilegalidad urbanística del municipio de Fisterra en los años del boom inmobiliario es muy similar a la del municipio de Barreiros, en Lugo, ya que estos dos Ayuntamientos concedieron licencias de obras en suelo urbano no consolidado, en los terrenos colindantes con la carretera, en este caso con la carretera comarcal denominada Recta da Anchoa, que transcurre paralela a la playa de la Langosteira, de una indudable belleza paisajística. No obstante, sí existe una diferencia muy importante entre estos dos casos, y es que en Barreiros sí ha habido una actuación más decida de la propia Xunta suspendiendo la vigencia del planeamiento municipal y posteriormente firmado un acuerdo para dotar de los servicios urbanos a los edificios y retirando los recursos que todavía estaban pendientes de resolverse. Por el contrario en Fisterra no se sabe todavía cual será la respuesta de la Xunta, si bien ya ha habido alguna declaración informal que ha indicado que estas sentencias declaran la ilegalidad de las licencias concedidas pero no indican la necesidad de demoler los edificios.

Los hechos se remontan al año 2006 cuando la Xunta de Galicia se da cuenta de la realización de un numero elevado de edificios en varios Ayuntamientos de la costa da morte, entre ellos el de Fisterra, al margen de la legalidad, lo que da lugar a la resolución del Director General de Urbanismo requiriendo al Ayuntamiento para que en un plazo de tres meses revise de oficio determinadas licencias concedidas sin ajustarse a la normativa urbanística, cuya infracción principal en todas ellas era que no tenían la consideración de suelo urbano consolidado, por lo que no podían concederse licencias de obras hasta tanto no se hubiera llevado a cabo el cumplimiento de los deberes de cesión de terrenos para dotaciones, cesión del aprovechamiento que corresponde a la administración, equidistribución de beneficios y cargas y urbanización de los terrenos.

Como era previsible el Ayuntamiento desestima estos requerimientos, por lo que la Xunta interpone los correspondientes recursos administrativos por incumplimiento de estos requerimientos, recursos que no solo son aceptados

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por el Tribunal, que los ve...

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