El concepto de trabajador y el mantenimiento de sus derechos en los casos de remunicipalización. Comentario a la STJUE de 13 de junio de 2019, C-317/18, asunto Correia Moreira

AutorEmma Rodríguez Rodríguez
CargoProfesora Contratada Doctora (Titular Acreditada) de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Vigo
Páginas95-117
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1. APROXIMACIÓN: EL FENÓMENO DE LA EXTERNALIZACIÓN PRODUCTIVA EN
EL SECTOR PÚBLICO ESPAÑOL
La importante crisis económica mundial de la primera década de este siglo,
ha traído de la mano un retraimiento económico en la inversión en el sector
público e importantes modificaciones legislativas en el ámbito del empleo pri-
vado, como plasmó el Informe de la OIT sobre “El comercio y el empleo en la
crisis mundial”2 que, tras analizar los cambios de consumidores y empresarios
después de la quiebra de Lehman Brothers, ha recalcado la necesidad de que
los países adopten medidas sectoriales enfocadas a la creación de empleo, sin
distinción de sector público o privado.
Ante esta situación de retraimiento económico, el recurso a la técnica de la
descentralización productiva se generalizó en el ámbito público, en el que se
implantó con normalidad en las actividades auxiliares para el funcionamiento
cotidiano (vigilancia, mantenimiento, limpieza…), pero también en las relacio-
nadas con las necesarias para prestar servicios a los ciudadanos por encargo
normativo o asunción voluntaria de las administraciones correspondientes3. La
proliferación del recurso a la subcontratación por parte de la Administración
se amparó, ab initio, en las posibilidades de gestión más flexibles que ofrecía la
libertad de empresa frente a la encorsetada normativa administrativa. De hecho,
el auge de la privatización de los servicios públicos ya provenía de la corriente
1 Este trabajo se enmarca en el Proyecto de investigación del MINECO, ref. DER2017-83488-C4-2-R, “Los
derechos fundamentales ante el cambio del trabajo autónomo en la era digital”.
2 Informe nº. 87 OIT. Fecha de publicación, 10 de diciembre de 2010.
3 GÁRATE CASTRO, J., “Descentralización productiva y Derecho del Trabajo”, en AA. VV., Descentralización
productiva: nuevas formas de trabajo y organización empresarial. XXVIII Congreso de Derecho del Trabajo y de
la Seguridad Social, Cinca, Madrid, 2018, p. 32.
1. Aproximación: el fenómeno de la externalización productiva en el sector público español. 2. Planteamiento:
el litigio principal y las cuestiones prejudiciales. 3. La cuestión de fondo y sus consecuencias: la consideración
de la recuperación del servicio por la administración como una transmisión de empresa. 3.1. Aplicación de la
Directiva 2001/23/CE. 3.2. El concepto de trabajador. 3.3. El mantenimiento de los derechos de los trabajadores
frente a la modificación de sustancial de las condiciones de trabajo. 4. Reflexiones finales: la repercusión en el
ordenamiento jurídico español y el derecho a la estabilidad en el empleo de los empleados públicos.
Emma Rodríguez Rodríguez
Profesora Contratada Doctora (Titular Acreditada) de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Vigo1.
EL CONCEPTO DE TRABAJADOR Y EL MANTENIMIENTO DE
SUS DERECHOS EN LOS CASOS DE
REMUNICIPALIZACIÓN
Comentario a la STJUE de 13 de junio de 2019, C-317/18,
asunto
Correia Moreira
ANÁLISIS JURISPRUDENCIA
ANÁLISIS JURISPRUDENCIA
__El concepto de trabajador y el mantenimiento de sus derechos en los casos de
remunicipalización
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europea neoliberal que desde los años ochenta había exaltado las bondades del
libre comercio y la competencia como medidas para garantizar la eficacia y la
eficiencia en la Administración4.
En otras palabras, se ha aprovechado de forma recurrente el sistema de contrata-
ción pública, cuyos límites se perfilaban muy difusos5, para dotar de personal a la
organización administrativa, pero omitiendo los trámites obligados en ese sector
relativos a la convocatoria pública y al consiguiente sistema reglado de selección
que se regula en la normativa concreta en cada caso. En efecto, la externalización
en la gestión de los servicios públicos respondió a dos objetivos claros: la conten-
ción del déficit público y la reducción de plantillas. La Ley por la que se convalidó
el RD 3/2012, sobre la reforma laboral del año 20126, en su propio preámbulo se
refiere a la necesidad de “contener la expansión del gasto público”, lo que justifica
las medidas adoptadas en relación con la limitación en contratos mercantiles y
de alta dirección del sector público, en aras de “reducir el déficit público”.
Lo cierto es que la Reforma influyó de manera sustancial en las posibilidades la
creación e incremento de empleo en el sector público, a la vez que se paralizó la
oferta de plazas públicas. Y, por otro lado, al contrario que el sector privado, no
se fomentó la flexibilidad de las condiciones de trabajo, sino que se incentivó
directamente la reducción de las plantillas, al resultar de aplicación al empleo
público, en general, y al personal laboral, en particular, medidas como el despi-
do por causas objetivas, pero se excluye legalmente la opción de vías alternativas
como la suspensión o reducción de jornada. Junto a estas cuestiones, se regula-
ron otras más particulares que afectaban a la limitación del encadenamiento de
contratos temporales, a los topes en la retribución del personal directivo o con-
troles de faltas de asistencia y cumplimiento de una jornada laboral mínima –en
cómputo anual– para todo tipo de empleado público7.
La reacción de las Administraciones públicas recurriendo de modo generaliza-
do a la técnica de contratos con empresas, amparándose en que serán posibles
todos los que no supongan “servicios que impliquen el ejercicio de la autoridad
inherente a los servicios públicos”, ha conllevado que en muchos casos se haya
incurrido en una cesión ilegal de personas trabajadoras, prohibida por el art. 43
ET8, al traspasarse los límites dispuestos en el EBEP que impiden que se trate
4 A cerca de la evolución de este fenómeno, CASTILLO BLANCO, F. A., La reinternalización de servicios
públicos: aspectos administrativos y laborales, Estudios de Relaciones Laborales, Barcelona, 2017, pp. 17-20.
5 MONEREO PÉREZ, J.L., “Aspectos laborales de la interconexión entre Administraciones Públicas y entes
instrumentales: irregularidades en la contratación y legislación de emergencia”, Revista de Derecho Social,
nº. 67, 2015, p. 13.
6 Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. BOE de 7 de julio de
2012.
7 LÓPEZ CUMBRE, L., “Lo s efectos de la reforma laboral en el empleo público”, Revista General de Derecho
del Trabajo y de la Seguridad Social, nº. 34, 2013, pp. 130-164.
8 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores. BOE de 24 de octubre de 2015.

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