El concepto de ciudadanía en la tradición republicana

AutorRodrigo Santiago Juárez
CargoUniversidad Nacional Autónoma de Mexico (UNAM)
Páginas279-294

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1. Introducción

El debate liberal-comunitarista acaparó durante muchos años la atención de la filosofía política, y evidenció las diferencias entre dos corrientes de pensamiento distintas. Como consecuencia surgió la imagen de un dualismo entre posiciones que poco tenían que ver entre sí, pues la elección de una de ellas significaba el abandono de los postulados de la otra1.

Esta postura maniquea impedía encontrar un camino posible entre ambas posiciones académicas, que más allá de la exaltación de las diferencias pudieran ofrecer un encuentro entre sus "propósitos cruzados"2. El resurgimiento del republicanismo en el debate filosófico tuvo una importancia fundamental al brindar puntos de vista diferentes a los señalados por liberales y comunitaristas, y ubicó al ciudadano en el centro de su doctrina.

La tradición republicana es una corriente de pensamiento que goza de mucha tradición filosófica, y cuenta con antecedentes en el pensamiento romano, principalmente en Tito Livio, Salustio y Cicerón3. El resurgimiento de este modelo filosófico en la época moderna se remonta a los Discursos4de Maquiavelo, quien tomando en cuenta las concepciones clásicas, creó un nuevo lenguaje de la filosofía cívica para adaptarla a su contexto histórico.

Su obra influyó de forma considerable en autores ingleses como James Harrington y John Milton, así como más tarde en Francia a través de El Espíritu de las Leyes, de Montesquieu y en los federalistas norteamericanos5. Sin

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embargo, en los años recientes se ha llevado a cabo una profunda revisión de las ideas republicanas, principalmente a partir de algunos de los trabajos de Philip Pettit6, Cass Sunstein7y Quentin Skinner8, entre otros, cuya influencia dentro y fuera de Estados Unidos ha servido para popularizar el republicanismo como alternativa al liberalismo.

Sin duda alguna, un repertorio tan amplio de fuentes y autores republicanos complica el análisis de las principales notas características de esta doctrina. No obstante, es posible encontrar un "mínimo común denominador" a todos ellos9. Las tesis principales del republicanismo se refieren en forma genérica a la ampliación de las potestades del ciudadano en las sociedades democráticas, en las que se requiere una mayor participación e inter-vención de los individuos con el fin de controlar en mayor medida las decisiones que son tomadas desde el poder político.

A diferencia del liberalismo, no se concibe la libertad partiendo de la diferencia entre libertad negativa y libertad positiva, puesto que tal distinción "termina por convertir la primera en algo atractivo y la segunda en algo ominoso". De acuerdo con ello, separar ambos tipos de libertades "ha hecho un mal servicio al pensamiento político. Ha alimentado la ilusión filosófica de que, detalles aparte, sólo hay dos modos de entender la libertad"10. De hecho, el republicanismo parte de la idea de que la distinción entre ambos tipos de libertad coincide con una disputa sobre la idea misma de la naturaleza humana11, lo cual no es óbice para que puedan ejercerse a un mismo tiempo12.

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El individuo deberá tener una participación más estrecha en aquellas cuestiones de interés público y con ello ejercerá también su libertad. Las consecuencias que esto conlleva para la concepción del ciudadano desde el republicanismo son evidentes, ya que la posición que el sujeto mantiene respecto de los otros individuos y con relación a la sociedad en la que participa, resulta ser más estrecha.

A diferencia del comunitarismo, el individuo no pertenece a una comunidad de origen en la que las ideas del bien ya están preconcebidas, tampoco guarda relación con el tipo de ciudadano liberal, que únicamente participa en la vida política con el objetivo último de la protección de sus intereses individuales13. El ciudadano que surge de la postura republicana está más interesado en la participación pues de ella depende su propia libertad así como la legitimidad del poder político.

Finalmente, es necesario señalar que bajo la defensa de las "virtudes" del ciudadano republicano, esta doctrina termina también por defender una visión de la comunidad con unos márgenes delimitados. Lo anterior implica consecuencias también para el mismo concepto de ciudadanía, puesto que la carga de patriotismo que impone en cada miembro implica al mismo tiempo la defensa de una ciudadanía entendida exclusivamente en relación con una sociedad, lo que termina por negar el carácter dinámico que debe de tener ese concepto.

2. La importancia del individuo para el republicanismo

En esta postura filosófica se pone un mayor énfasis en el carácter del individuo, ya no como agente racional aislado, visión propia del liberalismo, ni tampoco como sujeto vinculado a una comunidad de origen, defendida por el comunitarismo, sino precisamente en su faceta de ciudadano. De esta forma, el republicanismo es la concepción de la vida política que preconiza

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un orden democrático dependiente de la vigencia de la responsabilidad pública de la ciudadanía14.

Al romper con una falsa dicotomía entre el individualismo, por una parte, y una común idea del bien, por la otra15, comparte valores tanto del liberalismo como del comunitarismo, pero otorga una importancia diferente a los conceptos en los que se basan aquellas posturas, por lo que no se confunde con ninguna de las dos16.

La diferencia fundamental con el liberalismo es que mientras éste aboga por un tipo de libertad definida como la libertad de los modernos, el republicanismo apoya más el tipo de libertad de los antiguos, en la que se invoca una mayor participación en las instituciones de interés colectivo17. Esto se hace para aumentar la capacidad individual de decidir sobre la propia vida y no en función del bien de la comunidad.

Es decir, mientras que los liberales basan su idea sobre la libertad en los términos en los que Isaiah Berlin la denominó "libertad negativa"18, y, antes de él, Benjamín Constant calificó como "libertad de los modernos"19, como una no interferencia de la actividad política en el espacio privado de los individuos, el republicanismo, por el contrario, supone una libertad con base en la participación del individuo en la decisiones que le atañen.

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Este tipo de libertad es entendida como aquella que se obtiene por una actividad, y se contrapone con la libertad del individuo pasivo, que solamente ejercita su libertad como una oportunidad para afianzar sus derechos20. No obstante, el republicanismo no pretende obligar a la participación, no busca que los individuos actúen como ciudadanos virtuosos, pues entiende las consecuencias totalitarias que esto supone. Por ello confía en la capacidad de los hombres de ejercer sus virtudes en la arena pública21.

El individualismo liberal es criticado desde esta perspectiva por disminuir la capacidad del ciudadano e incrementar la apatía política del individuo. Las decisiones políticas surgidas en las democracias liberales carecerán de legitimidad, lo que supone al mismo tiempo un peligro desde el punto de vista de la protección de la libertad. De ahí que la libertad individual y la participación de los sujetos en las decisiones que les afecten tengan una importancia fundamental.

Sobre este carácter, el republicanismo define los compromisos que se tienen respecto a las instituciones y a la participación política con el objetivo de alcanzar soluciones a los problemas en los que se han visto inmersas las comunidades modernas, y sobre todo a la crisis por las que atraviesa el modelo de representación y el sistema político democrático en su conjunto. De esta forma, la ciudadanía se vería fortalecida a través de la mejora de la democracia, otorgando un papel fundamental a las características con las que fue teorizada en su origen moderno.

3. El ejercicio de la ciudadanía como fundamento de la sociedad republicana

El interés en la participación del ciudadano desde el republicanismo se deriva del déficit inmanente al liberalismo, que tiene que ver con la imposi-

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bilidad de modificar las instituciones surgidas de una teoría de la justicia cuyos fundamentos morales vienen dados de antemano, y que por ello está cerrada a cualquier tipo de modificación que las condiciones o contextos puedan merecer22. La diferencia entre los modelos de ciudadanía liberal y republicana tienen que ver por ello con la concepción que se tenga de los derechos y las libertades de los individuos.

Por una parte, y en términos de Habermas, el estatus de ciudadanía en el modelo liberal se determina fundamentalmente por sus derechos negativos. Por ello, como portadores de esos derechos, los ciudadanos gozan de la protección del gobierno siempre que persigan su interés privado dentro de los límites establecidos por la ley, lo que incluye la protección frente a la intervención gubernamental. El conjunto de tales derechos les otorga la posibilidad de hacer valer sus intereses privados por medio de elecciones, de la composición de los cuerpos parlamentarios y de la formación del gobierno.

Por otro lado, el estatus de ciudadano, según el modelo republicano, no se encuentra determinado por la fórmula de las libertades negativas, sino que los derechos políticos de participación y comunicación política se traducen en libertades positivas. Estos garantizan, no la libertad frente a presiones externas, sino la capacidad de participar en una práctica común, a través del ejercicio de aquello que convierte a los ciudadanos en autores políticamente autónomos de una comunidad de personas libres e iguales. "Así, la raison d´être del Estado no se encuentra en la protección de iguales derechos privados, sino en garantizar la formación de una opinión inclusiva, la for-

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mación de la voluntad en la cual...

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