Concepto

AutorFrancisco Carlos López Rueda
Cargo del AutorDoctor en Derecho. Profesor Univ. Carlos III de Madrid. Abogado
Páginas87-88

Page 87

El concepto de contrato de transporte abre el listado de los términos técnicos empleados por el convenio. Realmente, constituye la «llave» para su interpretación. Es el contrato en virtud del cual un porteador se compromete, a cambio del pago de un flete, a transportar mercancías por mar o también por otros modos (art. 1.1)57. La definición sigue el esquema tradicional de la normativa del transporte, siendo muy similar a las Reglas de Hamburgo (RH).

Podemos afirmar, a título ejemplificativo, aunque el convenio no lo declare en estos mismos términos, que el contrato:

Page 88

  1. desencadena la aplicación del convenio, si el contrato es internacional y se cumplen las demás condiciones de aplicabilidad,

  2. es fuente de derechos, obligaciones y responsabilidades para terceros ajenos al contrato pero que colabora en el transporte, conocidos como «partes ejecutantes marítimas»,

  3. es presupuesto para la emisión del documento de transporte, y

  4. es una categoría general, con subtipos como el «transporte multimodal» o «por volumen».

    La prestación del transporte se consigue a partir de un único contrato celebrado entre el cargador y el porteador. El contrato comprende dos tipos de supuestos:

  5. El transporte marítimo, en virtud del cual el porteador (contractual) se compromete a transportar las mercancías por mar hasta destino, ya sea por sí mismo o recurriendo a terceros; y

  6. El transporte multimodal, cuando el porteador (actuando como OTM) se compromete a ejecutar el transporte por sí mismo o subcontratando con las «partes ejecutantes» todas o alguna fase del transporte.

    El contrato comprende tanto el transporte marítimo como el parcialmente marítimo (multimodal wet). En ambos casos la operación obedece al esquema del «transporte unitario con subtransporte», con responsabilidad integral del porteador por todo el transporte, a diferencia del «transporte segmentado» donde el porteador contractual sólo asume responsabilidad por el transporte que ejecuta.

    [57] Mantiene la definición del «Draft Outline Instrument», elaborado por el CMI y que se tomó como punto de partida de las deliberaciones del Grupo de Trabajo III...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR