La concepción de ley en John Stuart Mill

AutorJosefa Dolores Ruiz Resa/Manuel Escamilla Castillo
Páginas99-109

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Ver Nota1

Introducción

Lo más llamativo de la filosofía de Mill es principalmente la ausencia de escritos dedicados a la cuestión de la ley, o por lo menos, la de un capítulo en el que Mill se hubiera ocupado de la ley. Esta ausencia parece tan extraña sobre todo porque Mill muestra un interés real en las leyes, en sus escritos sobre temas sociales, política y ética.

Nuestra tarea es, por tanto, inducir la concepción que Mill tiene de la ley a partir de dos textos básicos escritos por Mill, casi al mismo tiempo, aunque su publicación se retrasó con respecto a su escritura. El primer texto es el ensayo La Naturaleza, uno de los Tres ensayos sobre la religión2, una obra póstu-

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ma. La Naturaleza es importante porque es la prueba del naturalismo y porque defiende la ley en su relatividad, contingencia e historicidad.

La otra referencia de elección es El utilitarismo3y, básicamente, el capítulo V4. En este escrito se muestra, una vez más y definitivamente, la distancia tomada por el Mill respecto del fundador del utilitarismo, ya esbozada en su artículo Bentham, desde 18385.

En El utilitarismo, la noción de ley aparece en toda su complejidad y en su faceta legal y moral, junto con la preservación de la distinción entre moralidad y legalidad, Derecho (Ley) y derechos.

La elección de estos textos refleja los pasos que seguimos en la presentación de la concepción que tiene Mill sobre la ley.

En primer lugar, recordaremos el rechazo de Mill a la naturaleza, como base para la legislación y, al mismo tiempo, definiremos las características del Derecho y la conexión entre el Derecho en general, las leyes de la naturaleza y las leyes humanas.

En segundo lugar, presentaremos la distinción entre De -recho legal y ley moral, lo que está en los orígenes de los derechos morales, y que es la razón por la que Mill lucha por la liberación de las y los derechos de las minorías, en el ámbito político y social.

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Finalmente, se presentarán dos ejemplos que ilustran la concepción que tiene Mill de la ley, en sus Consideraciones sobre el gobierno representativo6y en La sujeción de la mujer7.

1. El derecho natural y el derecho positivo, o de la legislación y el desencanto de la naturaleza

Mill comenta que la idea de ley se asocia generalmente con la idea de necesidad, la cual pertenece a un registro naturalista. Dicha asociación es muy peligrosa porque está en los orígenes de la política conservadora y de la moral que defiende el orden existente y rechaza cualquier progreso. Podemos decir que el proyecto filosófico de Mill era presentar un empirismo radical o una filosofía de la experiencia, mediante la generalización de la lógica y las matemáticas, lo que ya había hecho Hume en la ciencia natural. Este proyecto fue presentado y analizado en el Sistema de lógica y aplicado en Sobre la libertad, Utilitarismo, y en el Examen de la filosofía de Sir Hamilton, como expresamente fue admitido por Mill en su Autobiografía8. El proyecto de Mill consiste en rechazar los principios, los métodos y los argumentos intuitivos, y en admitir la inducción como principio y método científico, y como una lógica para el

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pensamiento común, científico y filosófico, y tanto en la teoría como en la práctica9.

Sin embargo, el rechazo de la relación entre leyes y necesidad no lleva a Mill a negar la existencia de las leyes naturales; sólo significa rechazar un enfoque que santifica la naturaleza, puesto que es como un modelo ético, una expresión de la voluntad, la sabiduría y la bondad divina. La actitud de santificar la naturaleza preocupa a la filosofía y a la teología desde la antigüedad hasta la modernidad.

La concepción de la ley en Mill sólo es posible desde una perspectiva moderna, que afirma el valor de la ciencia positiva y el poder humano sobre la naturaleza, en su sentido externo, y sobre la naturaleza del hombre, en su sentido interno. Para Mill, la naturaleza es cruel con los hombres, en particular, y con la vida, en general. Ciertamente, las fuerzas humanas contra la naturaleza son limitadas, pero participan en el proyecto ético de humanización de la naturaleza y del hombre, como una fuerza de la naturaleza, por su voluntad, su inteligencia y su fuerza. De acuerdo a los dos significados de naturaleza externa, como un conjunto de cosas, e interna, como naturaleza humana, Mill distingue entre dos significados de la ley. En el primer caso, la ley define lo que «es», lo que significa la relación entre antecedentes y consecuencias. En el segundo sentido, la ley se refiere a lo que «debería ser». Para Mill, fundar la política y la moral en la naturaleza es una consecuencia de la confusión entre estos dos significados de la ley, en el registro ético y político. En el registro político, la confusión aparece a través de la expresión «ley natural», que es sólo una «supuesta ley» porque, en realidad, es la autoridad del sediento código de sangre de la naturaleza, que no puede ser aceptada por la civi-

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lización moderna. En el registro moral, el recurso a la naturaleza es un simple argumento para justificar que esa forma de pensar y de sentir es buena. Pero, según Mill, hay una contradicción básica en fundar la moral en la naturaleza, pues sí que tiene importancia afirmar...

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