El concejo de ciento Aragonés. Las Ordenanzas municipales o Establecimientos de Buen Gobierno de la Ciudad de Jaca de 1238

AutorRosa María Bandrés y Sánchez-Cruzat
Páginas1215-1230

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1. Preliminar

Los ciento setenta y cinco años que transcurren desde el otorgamiento de la «Carta Auctoritatis et confirmationis» a Jaca, en 1063 o 1077?, por el rey de aragoneses y pamploneses Sancho Ramírez hasta la elaboración de las Ordenanzas o «Establimentz» para el buen gobierno de la ciudad, han supuesto un período de tiempo bastante complejo y no exento de dificultades en el desarrollo de un régimen municipal autónomo.

La ciudad no deja de cumplir en todo este tiempo una auténtica misión protectora, constituyéndose en la salvaguarda de una sociedad que debe desenvol-Page 1216verse en un medio hostil; la necesidad de protección se acentúa con el paso del tiempo. Las medidas arbitradas resultan insuficientes. La comunidad aragonesa y en particular la jacetana y jaquesa estaba constituida por una sociedad violenta. Los factores que contribuyen a generar una sociedad con estos caracteres son de muy variada naturaleza.

Así, la ausencia de un poder político cohesionado da lugar, en ocasiones, a que a toda ofensa se responda por los particulares, utilizando los medios a su alcance.

El recurrir a la violencia resulta muy frecuente, sobre todo para reparar el daño recibido, y el hecho de acudir los ciudadanos para su reparación a la venganza privada, constituye la negación misma del derecho.

Los jaqueses, muy preocupados por esta situación, adoptan las medidas que creen mas ajustadas a fin de dar solución a la crisis por la que atraviesan las relaciones de los vecinos y tratan de poner remedio a la misma, intentando reducir el uso de la violencia, y asimismo garantizar a los componentes de su comunidad, la paz y la legalidad de las personas y de las cosas. Para poner remedio a esta situación de inseguridad acuden al Derecho.

A tal fin, se organizan en la comunidad de la ciudad de Jaca, grupos de ciudadanos, que, contando con el apoyo de todos los vecinos, actúan en persecución de los malhechores, es decir, de todos aquellos que han roto la paz existente, mediante robos, riñas, homicidios, banderizas y otros actos de este tipo.

La persecución de malhechores, el juicio que recaía sobre los mismos y la pena o multa impuesta suponía, qué duda cabe, un esfuerzo que se imponía a sí misma la comunidad, a fin de restaurar la paz por medio del Derecho.

Se pretendía garantizar la paz mediante normas jurídicas emanadas de las autoridades municipales o concejo, salvada siempre la fidelidad al señor rey. De aquí que adopten como medida más adecuada la necesidad de elaborar unas normas para la convivencia pacífica de los ciudadanos, que sean suficientemente eficaces.

El vocablo «paz» es de gran importancia en el mundo jurídico medieval, en contraposición a la violencia ejercida por cada individuo o grupo de individuos, por lo que el único medio capaz de impedir su desarrollo era la sujeción voluntaria, en principio, a normas jurídicas. Por ello las normas jurídicas que se orientan hacia el mantenimiento de la paz deben contemplar castigos o penas dirigidas a las personas criminalmente reponsables de los daños.

2. Los documentos

En 1979 se ha realizado una segunda edición del Libro de la Cadena del Concejo de Jaca, que fue transcrito y en parte traducido y anotado por el ilustre deán de la S. I. Catedral y cronista de la ciudad don Dámaso Sangorrín y Diest-Garcés.Page 1217

El Libro de la Cadena del Concejo de Jaca contiene documentos reales, episcopales y municipales de los siglos X al XIV ambos inclusives.

Es conocido con diversos nombres: Así en documentos del siglo XIV se le designa con el nombre del Libro de los sellos redondos de hierro, posteriormente con el nombre de Libro de las cubiertas vermellas aludiendo a su aspecto externo, y desde el siglo XVIII, pasa a ser denominado como El Libro de la Cadena, nombre con el que hoy es comúnmente designado, por aludir a la cadena de eslabones de hierro que pende de su lomo; ésta tiene una longitud aproximada de medio metro. El códice original hoy se halla perfectamente guardado y conservado en el Ayuntamiento de Jaca. El oficial mayor, que fue de dicho Ayuntamiento, don Vicente Castán Malo, tuvo la amabilidad de mostrármelo y permitirme su cotejo, para la elaboración de este estudio.

Las características del códice original son las siguientes:

El texto aparece escrito en latín, su trazado responde a la letra francesa monacal, los párrafos empiezan siempre con la letra inicial en mayúscula y fuera de la línea del texto, en el margen izquierdo del mismo. Se utilizan dos colores de tinta: la negra para el texto y determinados dibujos de trazado muy rústico, la roja en trazados rectilíneos con el fin de no dejar espacios en blanco, y al terminar cada párrafo.

El códice del Libro de la Cadena contiene sesenta y cinco documentos.

El estudio realizado se concreta en los documentos municipales que llevan los números LV, LVI y LVII, del Libro de la Cadena los cuales contienen las Ordenanzas municipales o «Establecimentz» de Buen Gobierno de la Ciudad de Jaca.

El primero de los documentos citados es el correspondiente al número 16 del códice III de los municipales, que abarca los folios XXX al XXXIII completos, pertenecientes al año de 1238 de la era MCCLXXVI. Contiene éste documentos del «"Estatuto" o "Establiments" de buen gobierno de la ciudad de Jaca». Es la denominada «Carta Mayor»

El segundo documento corresponde al número 17 del códice IV de los municipales, que abarca los folios XXXIV al XXXV del año 1238 de la era MCCLXXVI. Su contenido hace referencia al juramento de los Estatutos por los jurados, justicia, merino, los cuatro paciarios, los prohombres y los cien hombres de Jaca, así como a la fundación del Concejo de Ciento.

El tercer documento es el número 18 del códice V de los municipales, comprende únicamente el folio XXXV vuelto, del año 1238, de fecha 5 de septiembre de la era MCCLXXVI.

Su contenido hace referencia expresa al Concilio y deliberación que tuvo lugar en la Comunidad de la ciudad de Jaca, en el primer domingo del mes de septiembre, para determinar cómo se podían librar de los daños y males que lesPage 1218 aquejaban y tener paz. Al Concilio asistieron el justicia, el merino, los jurados, los paciarios y los hombres buenos de Jaca, «reunidos todos en el cementerio bajo el olmo mayor». Dando cuenta de la fundación del Consejo de Ciento.

Estos tres documentos se completan entre sí, formando una unidad en cuanto a su contenido, ya que se refieren al mismo tema. Llevan fechas con sólo tres días de diferencia, del 5 al 8 de septiembre, día de la Natividad de la Virgen de 1238.

El aspecto externo o material que presentan estos tres documentos es diferente. El primero de los documentos referidos se corresponde con las características generales del Libro de la Cadena; su letra es de un trazado perfecto, parece realizada con sumo ciudado, la pulcritud es total y cada hoja de pergamino tiene únicamente quince líneas, con amplios márgenes a ambos lados. Los otros dos documentos, objeto de estudio, tienen unas características bien diferentes respecto del anterior: la hoja de pergamino aparece aprovechada al máximo, apenas existe margen de un centímetro a ambos lado del texto, llama la atención el hecho de que el pergamino aparezca tan aprovechado, siendo muy frecuentes los síncopes y apócopes. Hay veinticuatro líneas en cada hoja frente a las quince del documento anterior. Es, por último, digno de tener en cuenta que no existen diferencias en cuanto al tipo de pergamino, que se aprecia ser el mismo, todos ellos de color crema, y en cuanto a su textura aparece ésta muy satinada y brillante; también se observa ser de un calibre bastante grueso, aspecto éste de importancia, porque, no cabe duda, ha contribuido a que se mantenga en perfecto estado de conservación

Finalmente, indicar que, estos dos últimos documentos, parecen escritos por el mismo amanuense, de forma rápida sin raspados sobre el texto, las rayas al final de cada párrafo aparecen trazadas en tinta negra, así como el dibujo existente al final del documento número 17; las letras mayúsculas de comienzo de párrafo aparecen dentro del mismo y sin adornos.

Contiene el Libro de la Cadena un cuarto documento, referente a esta materia, que lleva por número el 33 del códice XXVIII de los reales; se halla en el folio LIV de fecha 2 de agosto de 1250. Dice este documento real, que el monarca don Jaime I «Autoriza, aplaude y confirma todos los "Establimentz" establecidos por el justicia, jurados y Concejo de Jaca» indicando expresamente que «permanezcan en vigor perpetuamente», pero no obstante dando potestad a las mismas personas, que los han establecido para que los derogen.

3 Su contenido normativo

La crisis y la inseguridad por la que está pasando la ciudad de Jaca lleva a las...

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