Reglamento (UE) núm. 174/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de febrero de 2013 por el que se modifica el Reglamento (CE) núm. 106/2008 relativo a un programa comunitario de etiquetado de la eficiencia energética para los equipos ofimáticos. (DOUE L núm. 63, de 6 de marzo de 2013)

AutorDoctora Ana María Barrena Medina
CargoMiembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Páginas8-8

Page 8

Temas Clave: Eficiencia Energética; Etiquetado; Equipos Ofimáticos

Resumen:

El reglamento modificado, y que ahora ve su título novado, ejecuta en el ámbito comunitario el programa Enegy Star, sobre la base del Acuerdo entre el gobierno de los Estados Unidos y la Comunidad Europea sobre la coordinación de los programas de etiquetado de la eficiencia energética para los equipos ofimáticos; acuerdo que ya expiró, dando lugar a nuevas negociaciones sobre un nuevo acuerdo sobre el cual se incluyen ahora referencias. Entre aquéllas se encuentra el que se ha de partir de la base, en primer lugar, de que en el acuerdo se prevé dos sistemas de certificación de productos; a saber, la autocertificación en el caso de los productos comercializados en la Unión, y la certificación por terceros en el caso de productos comercializados en los Estados Unidos. En segundo lugar, se procede a especificar las obligaciones de los distintos Estados miembros y de la Comisión para aplicar el programa Energy Star. En tercer lugar, se incluye en el proceso de evaluación del programa un estudio sobre otras opciones políticas.

Al mismo tiempo se procede a actualizar las referencias a los sistemas de etiquetado o certificación de la calidad establecidos por la Directiva 2009/125/CE, por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía, a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR