Las Comunidades Autónomas en el sistema interparlamentario europeo

AutorJosé Joaquín Fernández Alles
Cargo del AutorProfesor Titular de Universidad. Universidad de Cádiz
Páginas123-126

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Aunque algunos autores advierten una invisibilidad de los entes territoriales en los sistemas de participación en las instancias europeas, incluso cierta "ceguera territorial" (Landesblindheit)121, lo cierto es que el Tratado de Lisboa con sus protocolos, los Estatutos de Autonomía y las leyes 24/2009, de 22 de diciembre, y 38/2010, de 20 de diciembre, de modificación de la Ley 8/1994, de 19 de mayo, han dado un paso más en la definición territorial de la estructura del Estado y de sus niveles supraestatales y subestatales mediante el establecimiento de un sistema de cooperación intergubernamental e interparlamentaria que relaciona los tres niveles de poder legislativo que conforman nuestro sistema constitucional: europeo, estatal y autonómico, con nuevo protagonismo de este último en el sistema interparlamentario europeo. Según la Declaración de Trento de

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2010, la CALRE "se compromete a continuar su labor en la promoción y mejora del papel del gobierno regional, especialmente mediante la promoción, protección y desarrollo del modelo institucional de asambleas que es su piedra angular"122. Dos años después, en la Declaración de Mérida de 2012, la CALRE reiteró "que la participación de las asambleas legislativas regionales en el procedimiento de control del principio de subsidiariedad es indispensable para garantizar, en el proceso europeo de toma de decisiones, niveles óptimos de transparencia y eficiencia, en definitiva, de democracia", destacando que "por primera vez, la Comisión Europea ha procedido este año a retirar una propuesta legislativa, atendiendo así a las demandas de los parlamentos nacionales relativas al incumplimiento del principio de subsidiariedad comunitario". Y concluye que "ello evidencia la eficacia práctica del Mecanismo de Alerta Temprana instaurado por el Tratado de Lisboa, y anima los Parlamentos Regionales europeos a seguir controlando las propuestas legislativas europeas desde las exigencias que impone el principio de subsidiariedad"123. Por

su parte, en la Declaración de Galicia (Santiago de Compostela, 2014), la CALRE asegura que "ha dado un paso adelante en el reforzamiento del principio de subsidiariedad celebrando reuniones para la promoción de la participación de los parlamentos regionales en el proceso ascendente de formación del derecho de la UE"124.

Debemos tener en cuenta que el Estado se concibe como un sistema integrado, esto es, como un todo que relaciona a sus diversas partes...

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