Comunidades Autónomas y deporte universitario

AutorCarlos Hernando Domingo
Cargo del AutorUniversitat Jaume I
Páginas207-226

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Es destacable la situación de la Universidad en el encuadre social en que se desenvuelve, el interés por la capacitación profesional a través de las Universidades es incuestionable, su misión como formadora de investigadores y su papel en el desarrollo científico es cada vez más patente y se están convirtiendo en un motor social que es cada vez más necesario.

Así, vemos una tendencia alcista a la creación de Universidades, siendo cada vez mayor su número, lo que demuestra en gran medida esta importancia dentro de la sociedad del siglo XXI.

Si bien es cierto que las Universidades tienen un papel determinante en la investigación y en la formación de los futuros profesionales, no es menos cierto que son un referente para la educación de las personas. Educación que debe ser entendida como la formación integral en los valores que defiende y ampara nuestra sociedad, es por ello que entre los diferentes servicios de que disponen las Universidades españolas en todas ellas existe uno preocupado por la actividad física y deportiva, actividad que se centra en ofrecer a la Comunidad Universitaria un conjunto de programas que se orienten a los diferentes intereses de la propia Comunidad pero con el denominador común de la Educación, la formación de los Universitarios.

Es en este marco donde encontramos la existencia de un «deporte universitario» que tiene identidad propia y características que lo hacen diferente, siendo además reconocido por las diferentes leyes del deporte, tanto nacional como autonómicas.

Page 208El objeto de esta presentación no es más que ver donde se ubica ese «deporte universitario» en el marco legal, quién debe asumir sus responsabilidades y como las Comunidades Autónomas deben o pueden desarrollar en su ámbito territorial ese «deporte universitario».

Para ello se abordará el tema iniciando con la función de los poderes públicos en el desarrollo del deporte, centrándonos en la Constitución Española y, por las características de esta comunicación, en las leyes del deporte autonómicas.

En segundo lugar veremos que se entiende por «deporte universitario» y que órganos tienen competencias en él para centrarnos en la Comunidad Autónoma de la Comunidad Valenciana, para entrar en el detalle de una realidad, posteriormente y para finalizar la exposición se plantean posibles actuaciones que debieran coordinar las Comunidades Autónomas y las Universidades para el desarrollo del «deporte universitario».

1. Función de los poderes públicos
1.1. El punto de arranque lo encontramos en la Constitución española que nos refiere en los siguientes artículos

    · El 27.1 que habla del derecho a la educación de todos

    · El 27.10 en el que se explicita la Autonomía Universitaria

    · El 43 que encomienda a los poderes públicos la misión del fomento del deporte y la educación física

    · El 148.1.19 que otorga las funciones de la promoción del deporte y el adecuado uso del ocio a las CCAA.

    Así podemos ver que:

    1. La universidad tiene autonomía reconocida por la constitución y que por lo tanto tiene una responsabilidad sobre todos los programas que se realicen dentro del entorno de su Universidad.

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    2. Que como poder público que es tiene la misión, entre otras, de fomentar el deporte y la educación física en el entorno en el que se desenvuelve.

    3. Que las CCAA tienen funciones de promoción del deporte y del uso adecuado del ocio, y que como poderes públicos deben de realizar una función que encaja con la que acabamos de comentar en la Universidad. Eso va a suponer que es muy necesario que existan elementos de coordinación y colaboración entre las Universidades y las CCAA en el desarrollo y fomento del deporte y la educación física.

    4. Por último la necesidad de «educar» a las personas, es una labor imprescindible en el marco universitario y por ello hay que procurar formar al universitario en su globalidad máxima, recogiendo los frutos de los programas educativos de primaria y secundaria, para llegar a la universidad y completar la formación integral de la persona en la que no debe faltar el aspecto deportivo.
1.2

El siguiente elemento a analizar son las CCAA las cuales tiene transferidas sus competencias y en virtud a esa transferencia desarrollan todas sus correspondientes leyes del deporte. Desde Cataluña, la más antigua el 7-04-88, hasta Castilla y León, la más reciente el 28-03-03.

Fechas de las publicaciones de las Leyes del Deporte Autonómicas
Cataluña 7 de Abril de 1988
Castilla y León 22 de mayo de 1990
Aragón 16 de marzo de 1993
Comunidad Valenciana 20 de diciembre de 1993
Comunidad de Madrid 28 de diciembre de 1994
Asturias 29 de diciembre de 1994

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Fechas de las publicaciones de las Leyes del Deporte Autonómicas (cont.)
Baleares 21 de febrero de 1995
Castilla la Mancha 27 de marzo de 1995
Extremadura 6 de abril de 1995
La Rioja 2 de mayo de 1995
Canarias 9 de julio de 1997
Galicia 22 de agosto de 1997
País Vasco 11 de mayo de 1998
Andalucía 14 de diciembre de 1998
Cantabria 3 de julio del 2000
Murcia 12 de julio del 2000
Navarra 5 julio del 2001
Castilla y León (2.ª Ley) 28 de marzo del 2003

Como dato importante decir que el 15 de octubre de 1990 se publicó la ley del deporte española, y que supuso un freno en la elaboración de las leyes del deporte autonómicas, elemento que es fácil detectar en la temporalización de la publicación de las diferentes leyes del deporte. Del mismo modo es importante reseñar que Castilla y León ha publicado su segunda ley del deporte en el año 2003 con una mejora sustancial e incorporando nuevos elementos en la misma.

Del análisis de todas ellas podemos extraer como conclusiones generales:

    · Consideran el deporte un derecho del ciudadano por lo que se debe proteger, fomentar y velar por él

    · Se le considera un elemento de bienestar social y de calidad de vida

    · Se le considera un elemento esencial en la convivencia

    · Se considera la importancia de la educación física en el sistema educativo

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    · Se reconoce la importancia del deporte sus valores y la necesidad de permitir su acceso en condiciones de igualdad

    · Se preocupan por regular el entramado federado

    · Desarrollo del régimen disciplinario

    · Preocupados por la realización de un censo de instalaciones y su ordenación

    ∑Aparición con desigualdad del deporte universitario
2. Deporte universitario
2.1. ¿Qué es?

El primer paso importante es que entandamos todos lo mismo cuando hablamos de deporte universitario así podemos encontrar definiciones o concepto de deporte universitario en diferentes leyes de deporte autonómicas y que a continuación presentamos:

    · «Toda actividad deportiva, competitiva o recreativa practicada exclusivamente por la población universitaria en el seno de los programas deportivos de las Universidades» art. 57 de la ley del deporte del Pais Vasco.

    · También y en la misma línea lo determinan la ley del deporte de la Comunidad de Murcia, la de Navarra y la de Castilla y León en su última ley, nombrando en estos casos a la Comunidad Universitaria.

Del mismo...

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