La Comunidad Valenciana aprueba la Orden por la que se declara por la que se declara la reserva de fauna silvestre Monasterio de Santa María de Benifassà, en el término municipal de La Pobla de Benifassà

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas147-148
Recopilación mensual n. 110, marzo 2021
147
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 19 de marzo de 2021
La Comunidad Valenciana aprueba la Orden por la que se declara por la que se
declara la reserva de fauna silvestre Monasterio de Santa María de Benifassà, en el
término municipal de La Pobla de Benifassà
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGV número 9016 de 9 de febrero de 2021
Palabras clave: Espacio natural protegido. Reserva Fauna Silvestre. Especies amenazadas.
Resumen:
Mediante el Decreto 32/2004, de 27 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se
crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas, y se establecen
categorías y normas para su protección, se regula, en su artículo 12 la figura de reserva de
fauna silvestre, con el fin de dotar de un régimen de protección específico a aquellos espacios
de relativamente pequeña extensión que contengan poblaciones excepcionales de especies de
fauna silvestre, alberguen temporalmente a algunas de estas en fases vitales críticas para
supervivencia o sean objeto de trabajos continuos de investigación.
La presente orden es coherente con los principios de buena regulación establecidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de
las administraciones públicas. En virtud de los principios de necesidad, eficacia y
proporcionalidad, esta orden se justifica por razones de interés general, dado que establece
mecanismos adecuados para la conservación de especies silvestres de fauna de la Comunitat
Valenciana; asimismo, se considera que las disposiciones contempladas en el texto normativo
y las actuaciones contenidas en las normas de protección que se establecen son
proporcionales a los fines perseguidos.
Por otra parte, y en virtud del principio de seguridad jurídica la presente orden es coherente
con la normativa comunitaria, constituida por la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21
de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna
silvestres; con la normativa estatal constituida por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y el Real decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el
que se regula el Catálogo Español de especies exóticas invasoras y con la normativa
autonómica, constituida básicamente por el Decreto 32/2004, de 27 de febrero, del Consell
de la Generalitat, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna
Amenazadas, y se establecen categorías y normas para su protección.
De otro lado, respecto al principio de transparencia exigido en el artículo 129.5 de la Ley
39/2015, la presente norma se sometió a los trámites previstos en la normativa de aplicación,
entre ellos la consulta pública previa, la exposición pública y la audiencia a las personas y
colectivos interesados. Por último, la presente norma no establece ninguna carga
administrativa añadida, derivada de su aplicación. Igualmente, la tramitación se ha ajustado a
lo dispuesto en el Decreto 24/2009, de 13 de febrero, del Consell, sobre la forma, la
estructura y el procedimiento de elaboración de los proyectos normativos de la Generalitat y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR