Comunidad de Madrid: la afectación de las disposiciones generales sobre dinamización de la economía y liberalización comercial al medio ambiente

AutorMª Consuelo Alonso García
CargoProfesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Castilla-La Mancha, sede de Toledo
Páginas759-781
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Comunidad de Madrid: la afectación de las
disposiciones generales sobre dinamización
de la economía y liberalización comercial
al medio ambiente
MªCONSUELO ALONSO GARCÍA
Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Castilla-La Mancha, sede de Toledo
Sumario.1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL.–2. NORMATIVA.–2.1. Legislacion.–2.2. Regla-
mentos.–2.3. Principio del formulario.–3. ORGANIZACIÓN.–4. EJECUCIÓN.–4.1. Planes y programas.–4.2.
Centro de Investigaciones Ambientales de la Comunidad de Madrid (CIAM).–5. JURISPRUDENCIA AMBIEN-
TAL.–5.1. Jurispr udencia relativa a los instrumentos de gestión ambiental de diversos espacios protegi-
dos.–5.2. Jurisprudencia en materia de aguas.–6. PROBLEMAS.–6.1. Proyecto de instalación de la ciudad
del juego «EUROVEGAS».–6.2. Residuos: Oposición de grupos ecologistas y vecinales a la incineración de
residuos en Morata de Tajuña y construcción de una planta de tratamiento de residuos urbanos en Rivas
Vaciamadrid.–6.3. Aguas: Paralización de la privatización del Canal de Isabel II y el lamentable estado
ambiental de la denominada «Laguna del Aceite».–6.4. Aire: La persistente contaminación atmosférica y
solicitud de la moratoria a la Comisión Europea para el cumplimiento de los valores máximos de dióxido de
nitrógeno en determinados municipios.–7. LISTA DE RESPONSABLES DE LA POLÍTICA AMBIENTAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.–8. APÉNDICE NORMATIVO, JURISPRUDENCIAL Y BIBLIOGRÁFICO.–8.1. Norma-
tiva.–8.2. Jurisprudencia.
* * *
1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL
Aunque en general la situación ambiental de la Comunidad de Madrid adolece de
los mismos problemas que se vienen advirtiendo con carácter general en todo el terri-
torio español desde el inicio de la crisis: recortes presupuestarios especialmente inci-
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Observatorio de políticas ambientales 2013
sivos en la partida destinada a la protección del medio ambiente (de hasta 60% en la
región), eliminación o reducción de programas y planes (particularmente intensos en
lo que se refiere a la educación ambiental, según denunciaron los colectivos ARBA,
AEA-Madrid, Asociación Ecologista del Jarama El Soto, Ecologistas en Acción,
GRAMA y Jarama Vivo en diciembre de 2012), desaparición de estructuras adminis-
trativas, como ciertos órganos consultivos en la materia, etc., a lo largo de 2012 se han
producido dos situaciones que por su significación queremos destacar:
La primera, la aprobación de una serie de medidas legislativas que, justificadas en
la tendencia hacia la dinamización de la economía a través de la liberalización de las
actividades comerciales y eliminación de trabas administrativas que dificulten su ejer-
cicio, así como la atracción de la inversión extranjera en el territorio, con el objetivo
último de fomentar el crecimiento económico y la creación de empleo, inciden de
manera directa en la protección ambiental de la región.
De esta manera, la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad
Comercial en la Comunidad de Madrid, en una línea continuista con la legislación
estatal plasmada en la ya Ley 311/2012, de 27 de diciembre, de Medidas urgentes de
Liberalización del Comercio y de determinados Servicios (que convalida el Real
Decreto-Ley 19/2012, de 25 de mayo), suprime, para ciertas actividades comerciales,
las autorizaciones previas urbanísticas y las licencias de apertura o funcionamiento,
también denominadas de actividades clasificadas, sustituyéndolas por una declaración
responsable o una comunicación previa.
En esta misma perspectiva se inserta la Ley autonómica 8/2012, de 28 de diciembre,
de Medidas Fiscales y Administrativas, en la que, aclarando la anterior, se establece la
regla de inexigibilidad de las licencias impuesta a las Entidades Locales, que a partir de
ahora se regulará con carácter básico en la normativa estatal en la materia, conminando
a las mismas a adaptar su ordenanzas a la nueva disposición en el plazo de tres meses.
Esta misma norma ha creado los denominados «Proyectos de Alcance Regional», entre
los que destacan los «Centros Integrados de Desarrollo», actuación que permitirá al
magnate Sheldon Andelson la construcción de un importante «megacasino» en la
región. Dicha disposición ha modificado de manera importante la Ley regional 9/1995,
de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo, a fin de deter-
minar el régimen jurídico urbanístico del suelo en el que se vaya desarrollar el proyecto,
así como la normativa relativa al juego en los referidos Centros.
Asimismo, destaca también la aprobación del polémico artículo 9 de la Ley
16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid, que
permite a las fincas situadas en suelos no urbanizables de protección y en suelos urba-
nizables no sectorizados, la celebración de actos sociales y eventos familiares, así como
los usos caninos y ecuestres.
Finalmente, en esta misma dirección se ha publicado también la Ley 5/2012, de 20
de diciembre, de Viviendas Rurales Sostenibles, que permitirá el uso urbanístico de
edificaciones unifamiliares en el entorno rural, aunque con ciertas limitaciones.

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